Acción Común 2005/585/PESC del Consejo, de 28 de julio de 2005, por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Afganistán.

Vigente Otros Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81429
Número oficial:
DOUE-L-2005-81429
Publicación:
29/07/2005
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14, su artículo 18, apartado 5, y su artículo 23, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El 8 de diciembre de 2003, el Consejo adoptó la Acción Común 2003/871/PESC (1) por la que se prorroga y modifica el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Afganistán.

(2) El 2 de febrero de 2005 el Consejo adoptó la Acción Común 2005/95/PESC (2) por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea hasta el 31 de agosto de 2005.

(3) El mandato del Representante Especial de la Unión Europea debe prorrogarse por otros seis meses, sobre la base de una revisión de la Acción Común 2003/871/PESC.

(4) El Representante Especial de la Unión Europea desempeñará su mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse y podría perjudicar a los objetivos de la Política Exterior y de Seguridad Común fijados en el artículo 11 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

Se prorroga hasta el 28 de febrero de 2006 el mandato del Sr. Francesc VENDRELL como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Afganistán.

Artículo 2

El artículo 5, apartado 1, de la Acción Común 2003/871/PESC se sustituye por el texto siguiente:

«1. El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE será de 620 000 EUR.».

Artículo 3

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 2005

Por el Consejo

El Presidente

J. STRAW

________________________________

(1) DO L 326 de 13.12.2003, p. 41.

(2) DO L 31 de 4.2.2005, p. 69.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €