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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de prácticas académicas entre el INAEM y SOM Escuela de Artes

BOE-A-2026-9689 — 4 de mayo de 2026

Resolución de 27 de abril de 2026, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con SOM Escuela de Artes, SL, para la realización de prácticas externas.

📅 4 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CULTURA 📄 10 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) y SOM Escuela de Artes, SL han suscrito un convenio para la realización de prácticas externas no remuneradas destinadas al alumnado de grado en enseñanzas artísticas superiores. El acuerdo establece un marco de colaboración formativa que permite a los estudiantes completar su formación académica con experiencia práctica en instituciones públicas del sector cultural. El convenio tiene una duración de cuatro años y puede prorrogarse por otros cuatro años adicionales.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece las condiciones para la realización de prácticas académicas externas curriculares no remuneradas entre ambas instituciones
  • A quién afecta:
    • Estudiantes de grado en enseñanzas artísticas superiores de SOM Escuela de Artes
    • Personal docente y administrativo de ambas instituciones
    • Tutores académicos y formativos
  • Ámbito territorial: Madrid (sede de ambas instituciones)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Modalidad de prácticas: Curriculares no remuneradas para estudiantes de grado
  • Limitaciones: Máximo 4 estudiantes por unidad del INAEM y curso académico
  • Sistema de tutorización: Doble tutela (tutor académico de SOM Academy y tutor formativo del INAEM)
  • Obligaciones del INAEM: Selección de estudiantes, asignación de tutores, elaboración de planes formativos, emisión de informes finales
  • Obligaciones de SOM Academy: Supervisión del proceso formativo, evaluación académica, cobertura de seguros
  • Protección de datos: Cumplimiento del RGPD y normativa española de protección de datos
  • Comisión de seguimiento: Órgano paritario para supervisar la ejecución del convenio

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), en un plazo de 5 días hábiles desde la formalización
  • Duración: 4 años desde la entrada en vigor
  • Prórroga: Posible extensión por otros 4 años adicionales mediante adenda
  • Publicación: En el BOE en un plazo de 10 días hábiles desde la formalización

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para los estudiantes:

  • Oportunidad de realizar prácticas formativas en una institución pública de prestigio en el sector cultural
  • Derecho a un día libre no recuperable para exámenes
  • Cobertura de seguro de accidentes durante las prácticas
  • Obligación de mantener confidencialidad sobre información accedida

Para SOM Escuela de Artes:

  • Debe garantizar la cobertura de seguros para todos los estudiantes en prácticas
  • Responsabilidad en la evaluación académica final de las prácticas
  • Obligación de informar previamente a los estudiantes sobre el tratamiento de sus datos personales

Para el INAEM:

  • Compromiso de proporcionar formación práctica de calidad
  • Limitación en el número de estudiantes que puede acoger simultáneamente
  • Reconocimiento como entidad colaboradora en la formación artística superior
Generado el 04/05/2026 07:50 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.