Incoación de expediente para declarar Bien de Interés Cultural la Casa Mudéjar
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes inicia el procedimiento para declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, a la Casa Mudéjar-Casa Árabe de Córdoba. Este edificio histórico, que data de los siglos XIV-XVI, constituye un excepcional ejemplo de arquitectura mudéjar y alberga actualmente la sede cordobesa de Casa Árabe. La declaración busca garantizar la protección legal de este patrimonio único que forma parte del Conjunto Histórico de Córdoba, Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Inicia el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) para la Casa Mudéjar-Casa Árabe de Córdoba
- A quién afecta:
- Casa Árabe (consorcio gestor del inmueble)
- Ayuntamiento de Córdoba
- Junta de Andalucía
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
- Ciudadanos y entidades interesadas
- Ámbito territorial: Inmueble ubicado en la calle Samuel de los Santos y Gener nº 9, Córdoba
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características del bien protegido
- Edificio histórico: Conjunto formado por cinco casas unidas, cuatro patios y un torreón (siglos XIV-XVI)
- Valor arquitectónico: Excepcional ejemplo de arte mudéjar con arcos polilobulados, capiteles califales, yeserías y pinturas murales del siglo XV
- Superficie: 967,78 m² de solar con 1.339,82 m² construidos
- Uso actual: Sede cordobesa de Casa Árabe, institución de diplomacia pública con el mundo árabe
Elementos destacados
- Cuatro patios con diferentes funciones (entrada, principal, posterior y medianero)
- Pinturas murales del siglo XV representando virtudes cristianas
- Alfarjes de madera policromada con escudos heráldicos
- Galerías con yeserías geométricas de tradición andalusí
Procedimiento administrativo
- Información pública: 20 días hábiles desde la publicación en el BOE
- Trámite de audiencia: A las administraciones competentes
- Anotación preventiva: En el Registro General de Bienes de Interés Cultural
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: Inmediata desde la publicación en el BOE (día siguiente a la publicación)
- Plazo de alegaciones: 20 días hábiles para presentar alegaciones
- Consulta del expediente: Disponible en la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales (Plaza del Rey 1, Madrid) y online
- Presentación de alegaciones: En cualquier registro administrativo, dirigidas al Ministerio de Cultura
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para Casa Árabe y gestores del inmueble
- Protección reforzada: El bien queda bajo la máxima protección patrimonial durante la tramitación
- Restricciones de intervención: Cualquier obra o modificación requerirá autorización específica
- Criterios de conservación: Las intervenciones deberán seguir los principios de la Ley de Patrimonio Histórico Español
Para la ciudadanía
- Participación ciudadana: Posibilidad de presentar alegaciones durante 20 días
- Acceso a la información: Expediente consultable presencialmente y online
- Preservación patrimonial: Garantía de conservación de un bien cultural excepcional
Para las administraciones
- Coordinación institucional: Colaboración entre Estado, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Córdoba
- Competencia estatal: El Ministerio de Cultura asume la competencia por tratarse de un bien adscrito a la Administración General del Estado
La declaración como BIC supondrá el reconocimiento oficial del excepcional valor histórico y artístico de este conjunto mudéjar, garantizando su preservación para futuras generaciones dentro del marco de protección del patrimonio cultural español.