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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-9683 — 4 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Molinos del Ebro, SA, autorización administrativa previa para el módulo fotovoltaico Valdejalón, de 45 MW de potencia instalada, el módulo de almacenamiento con baterías Valdejalón, de 5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, para hibridación con el parque eólico existente Valdejalón, de 50 MW, en Rueda de Jalón (Zaragoza).

📅 4 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 9 páginas

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Resumen

Autorización de planta solar fotovoltaica híbrida de 45 MW en Zaragoza

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Política Energética y Minas autoriza a Molinos del Ebro, SA la construcción de una planta solar fotovoltaica de 45 MW con sistema de almacenamiento de 5 MW en Rueda de Jalón (Zaragoza), que se hibridará con un parque eólico existente de 50 MW. El proyecto cuenta con declaración de impacto ambiental favorable y representa una inversión significativa en energías renovables con tecnología de hibridación que optimiza el uso de infraestructuras eléctricas existentes.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Otorga autorización administrativa previa para la construcción de un complejo energético renovable híbrido (solar fotovoltaico + almacenamiento + eólico existente)
  • A quién afecta:
    • Molinos del Ebro, SA (promotor)
    • Sector energético renovable
    • Administraciones locales y autonómicas de Aragón
    • Red Eléctrica de España (operador del sistema)
  • Ámbito territorial: Término municipal de Rueda de Jalón, provincia de Zaragoza, Comunidad Autónoma de Aragón

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Características técnicas autorizadas:

  • Módulo fotovoltaico: 45 MW de potencia instalada con 103.680 paneles solares
  • Sistema de almacenamiento: 5 MW de potencia con baterías de fosfato de hierro-litio (10 MWh de capacidad)
  • Hibridación: Conexión con parque eólico Valdejalón existente de 50 MW
  • Evacuación: Infraestructuras subterráneas a 20 kV conectadas a la red de transporte

Condiciones ambientales obligatorias:

  • Cumplimiento estricto de la Declaración de Impacto Ambiental
  • Medidas específicas para protección de fauna (especialmente avifauna esteparia)
  • Prospecciones previas de flora y fauna protegida
  • Instalación de sistemas anti-colisión para aves
  • Medidas compensatorias incluyendo posaderos, balsas para avifauna y colaboración en proyectos de conservación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Inmediata desde la publicación (10 de marzo de 2026)
  • Plazo crítico: 3 meses para solicitar autorización administrativa de construcción
  • Consecuencias del incumplimiento: Caducidad automática de la autorización si no se solicita la autorización de construcción en plazo
  • Régimen transitorio: Aplicación del Real Decreto 997/2025 sobre definición de potencia instalada

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el promotor (Molinos del Ebro, SA):

  • Debe presentar proyecto de ejecución en 3 meses máximo
  • Obligatorio cumplir todas las condiciones ambientales antes del inicio de obras
  • Necesario justificar mantenimiento de potencia autorizada tras aplicar medidas ambientales
  • Prohibido iniciar obras hasta obtener autorización de construcción

Para el sector energético:

  • Precedente importante en proyectos de hibridación renovable
  • Modelo de optimización de infraestructuras eléctricas existentes
  • Referencia para futuros proyectos con almacenamiento integrado

Para administraciones:

  • Coordinación necesaria entre organismos estatales y autonómicos
  • Seguimiento del cumplimiento de condiciones ambientales
  • Control de plazos y procedimientos administrativos

Para el territorio:

  • Impacto socioeconómico positivo en Rueda de Jalón
  • Medidas compensatorias ambientales que benefician la biodiversidad local
  • Contribución a objetivos de transición energética de Aragón
Generado el 04/05/2026 07:48 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.