← Volver al listado del 4 de mayo
Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-9681 — 4 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 7 de abril de 2026, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Fundación Antoni Tàpies, para la realización de visitas guiadas en el Palau Montaner, sede de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

📅 4 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA 📄 6 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

Convenio para visitas guiadas en el Palau Montaner de Barcelona

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Administración General del Estado y la Fundación Antoni Tàpies han suscrito un convenio para organizar visitas guiadas al Palau Montaner, edificio modernista que alberga la Delegación del Gobierno en Cataluña. El acuerdo permite hasta 9 visitas anuales en sábados no festivos, con grupos de 8 a 20 personas, para difundir el patrimonio arquitectónico del edificio diseñado por Lluís Domènech i Montaner. El convenio tiene una duración de 4 años, prorrogables por otros 4, sin coste para la Administración.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece las condiciones para la realización de visitas guiadas al Palau Montaner, sede de la Delegación del Gobierno en Cataluña
  • A quién afecta:
    • Fundación Antoni Tàpies (como organizadora)
    • Ciudadanos interesados en patrimonio arquitectónico modernista
    • Delegación del Gobierno en Cataluña
  • Ámbito territorial: Barcelona, Cataluña

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Régimen de visitas

  • Espacios visitables: Planta baja (vestíbulo, sala de prensa, salas de reuniones, primer rellano), exterior y jardín
  • Horario: Sábados no festivos, de 11:00 a 13:00 horas (máximo 1 hora de duración)
  • Frecuencia: Máximo 9 visitas anuales (una por mes en enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre y noviembre)
  • Participantes: Entre 8 y 20 personas por visita, acompañadas por un guía de la Fundación

Procedimiento

  • Solicitud por correo electrónico con 7 días de antelación
  • Relación de visitantes con datos personales (nombre, apellidos, DNI/NIE)
  • Respuesta de la Delegación en 2 días hábiles

Obligaciones principales

  • Fundación: Respetar horarios, publicitar la colaboración, velar por el orden, suscribir seguro de responsabilidad civil
  • Delegación: Facilitar medios para las visitas, comunicar incidencias, proteger datos personales

Seguros obligatorios

  • Responsabilidad civil: mínimo 300.000€ por siniestro/año
  • Daños personales a visitantes: mínimo 150.000€ por víctima

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: 6 de abril de 2026 (fecha de inscripción en el REOICO)
  • Duración: 4 años con posibilidad de prórroga por otros 4 años (máximo 8 años total)
  • Plazos de solicitud: 7 días de antelación para cada visita
  • Respuesta administrativa: 2 días hábiles

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para la Fundación Antoni Tàpies

  • Debe contratar y mantener seguros de responsabilidad civil específicos
  • Obligación de gestionar las solicitudes con antelación suficiente
  • Responsabilidad sobre el comportamiento de los visitantes

Para los ciudadanos

  • Nueva oportunidad de conocer el patrimonio arquitectónico modernista barcelonés
  • Acceso limitado y regulado (máximo 180 personas/año)
  • Necesidad de inscripción previa a través de la Fundación

Para la Administración

  • No supone incremento de gasto público
  • Mejora la difusión del patrimonio cultural bajo su custodia
  • Refuerza la colaboración público-privada en la promoción cultural

Consideraciones operativas

  • Las visitas pueden suspenderse por circunstancias extraordinarias
  • Los datos personales se utilizan exclusivamente para control de acceso
  • El incumplimiento puede dar lugar a la resolución del convenio
Generado el 04/05/2026 07:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.