ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-9501
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Trabajo registra y publica la actualización de las tablas salariales para 2026 del convenio colectivo estatal de empresas de publicidad. Los salarios se incrementan un 2,9% siguiendo la variación del IPC de 2025, aplicándose retroactivamente desde el 1 de enero de 2026. Esta actualización afecta a todos los trabajadores del sector publicitario cubiertos por este convenio estatal.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Actualización salarial: Revisión de las tablas salariales del convenio colectivo estatal para empresas de publicidad (código 99004225011981)
- Incremento retributivo: Aplicación del 2,9% de subida salarial basada en el IPC 2025
A quién afecta
- Empresas: Agencias de publicidad, creatividad, consultoras de comunicación y agencias de medios
- Trabajadores: Personal empleado en empresas del sector publicitario cubiertas por el convenio estatal
- Organizaciones: FEDE, ACT, ADC, AM (parte empresarial) y FSC-CC.OO. y FeSMC-UGT (parte sindical)
Ámbito territorial
- Nacional: Aplicación en todo el territorio español para empresas del sector publicitario
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Nuevas tablas salariales 2026
Los salarios se estructuran en 11 niveles con las siguientes características:
- Nivel 1 (máximo): 1.793,53€ (15 pagas) / 2.241,91€ (12 pagas) / 26.902,96€ anuales
- Nivel 11 (mínimo): 1.186,22€ (15 pagas) / 1.482,78€ (12 pagas) / 17.793,31€ anuales
Actualización de dietas y gastos
- Dieta con pernocta nacional: 74,92€ netos/día
- Dieta sin pernocta nacional: 37,54€ netos/día
- Dieta internacional con pernocta: 127,83€ netos/día
- Dieta internacional sin pernocta: 68,08€ netos/día
- Gastos de manutención: 16,66€ netos/día
- Kilometraje: 0,262€ por km
Compromisos futuros
Las partes se comprometen a negociar nuevos modelos retributivos en el futuro convenio, considerando:
- Situación económica nacional e internacional
- Coyuntura específica del sector
- Posibles topes a las variaciones del IPC
- Modelos de retribución flexible
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia
- Fecha efectiva: 1 de enero de 2026
- Carácter retroactivo: Aplicación desde el 1 de enero de 2026
- Fecha de firma del acuerdo: 25 de marzo de 2026
- Fecha de registro: 20 de abril de 2026
Sin plazos específicos de adaptación
La disposición no establece plazos adicionales para la implementación, aplicándose de forma inmediata con efectos retroactivos.
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para las empresas del sector publicitario
- Obligación inmediata: Aplicar las nuevas tablas salariales desde enero 2026
- Ajuste retroactivo: Regularizar diferencias salariales desde enero hasta la fecha de aplicación
- Actualización de nóminas: Incorporar los nuevos importes en los sistemas de gestión
- Revisión de dietas: Aplicar los nuevos importes para desplazamientos y gastos
Para los trabajadores
- Incremento salarial: Subida del 2,9% en todos los niveles retributivos
- Cobro retroactivo: Derecho a percibir las diferencias desde enero 2026
- Mejora en dietas: Incremento en las compensaciones por desplazamientos
Para los departamentos de RRHH
- Recálculo de nóminas: Revisar y ajustar todas las nóminas desde enero 2026
- Gestión de atrasos: Calcular y abonar las diferencias acumuladas
- Actualización de políticas: Modificar las políticas internas de gastos y dietas
Consideraciones adicionales
- Esta actualización cierra el período 2022-2025 y sienta las bases para la negociación del nuevo convenio
- Las empresas deben estar preparadas para futuras negociaciones que pueden incluir nuevos modelos retributivos más flexibles