ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-9181
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica un convenio de colaboración entre el CSIC y la Universidad Pompeu Fabra para el desarrollo conjunto de programas de máster universitario, incluyendo prácticas académicas externas y trabajos fin de máster. El acuerdo establece el marco regulatorio para que estudiantes de máster realicen prácticas formativas en institutos y centros del CSIC, mientras que investigadores del CSIC participan en la docencia universitaria. La Universidad asume las obligaciones de Seguridad Social de los estudiantes en prácticas.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Marco de colaboración entre el CSIC y la Universidad Pompeu Fabra para programas de máster
- Realización de prácticas académicas (curriculares y extracurriculares) en centros del CSIC
- Participación del personal investigador del CSIC en docencia universitaria
- Desarrollo de Trabajos Fin de Máster en instalaciones del CSIC
A quién afecta
- Estudiantes de máster de la Universidad Pompeu Fabra
- Personal investigador del CSIC que participe en docencia
- Personal docente de la Universidad Pompeu Fabra
- Institutos y centros del CSIC que acojan estudiantes
Ámbito territorial
- Nacional, con sede principal del CSIC en Madrid y de la Universidad en Barcelona
- Aplicable a todos los institutos, centros y unidades del CSIC en territorio español
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Modalidades de colaboración
- Docencia teórica: Personal investigador del CSIC imparte módulos en programas de máster
- Prácticas externas: Estudiantes realizan actividades formativas en centros del CSIC
- Trabajos Fin de Máster: Desarrollo completo de TFM bajo supervisión conjunta
Condiciones de las prácticas
- Carácter exclusivamente formativo: Sin relación laboral ni remuneración
- Cobertura de Seguridad Social: A cargo de la Universidad (Régimen General)
- Seguro obligatorio: La Universidad debe garantizar póliza de accidentes y responsabilidad civil
- Duración: Según normativa y plan de estudios correspondiente
Derechos y obligaciones
Del alumnado:
- Derecho a tutela académica y profesional
- Obligación de confidencialidad (durante prácticas + 3 años)
- Cumplimiento de horarios y normas del centro
Del CSIC:
- Designar tutores especializados
- Facilitar instalaciones y recursos formativos
- Emitir informes de aprovechamiento
De la Universidad:
- Tramitación administrativa completa
- Designación de tutores académicos
- Compensación económica por gastos específicos (si procede)
Procedimiento de solicitud
- Solicitud inicial: Universidad presenta Anexo I al centro del CSIC
- Aprobación: Dirección del centro evalúa capacidad de acogida
- Adjudicación: Universidad asigna plazas según criterios objetivos
- Formalización: Cumplimentación de Anexos II y III con detalles específicos
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia
- Duración: 4 años desde inscripción en REOICO
- Prórroga posible: Hasta 4 años adicionales por acuerdo unánime
- Entrada en vigor: Tras inscripción en Registro Electrónico e Instrumentos de Cooperación y publicación en BOE
Plazos operativos
- Solicitud de prácticas: Con 1 mes de antelación al inicio
- Reunión Comisión de Seguimiento: Último trimestre de cada año
- Compensación económica: Abono en último trimestre tras reunión de seguimiento
Régimen transitorio
- Resolución convenio anterior: El convenio de 20 de abril de 2022 queda resuelto
- Continuidad: Se mantienen compromisos de prácticas en curso hasta su finalización
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para estudiantes de máster UPF
- Nueva oportunidad formativa: Acceso a instalaciones y proyectos de investigación del CSIC
- Cobertura social garantizada: Inclusión automática en Régimen General de Seguridad Social
- Requisitos adicionales: Necesidad de seguro específico y cumplimiento de confidencialidad
Para la Universidad Pompeu Fabra
- Responsabilidades administrativas: Gestión completa de expedientes y seguros
- Obligaciones económicas: Posible compensación al CSIC por gastos específicos
- Ventajas académicas: Acceso a personal investigador de élite para docencia
Para el CSIC
- Función formativa: Contribución a la formación de futuros investigadores
- Recursos humanos: Participación de su personal en docencia universitaria (con autorización)
- Compensación: Posible ingreso por gastos específicos de infraestructura
Para empresas del sector I+D
- Referencia sectorial: Modelo de colaboración universidad-organismo público de investigación
- Talento cualificado: Futuros profesionales con experiencia en centros de investigación de excelencia
⚠️ Consideraciones importantes:
- Las prácticas son estrictamente formativas y no pueden sustituir puestos de trabajo
- El personal del CSIC debe cumplir la normativa de incompatibilidades
- La propiedad intelectual generada se rige por la legislación específica, manteniendo el CSIC sus derechos