← Volver al listado del 27 de abril
Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9163 — 27 de abril de 2026

Resolución de 10 de abril de 2026, de la Dirección General de Alimentación, por la que se disuelve la Sociedad Agraria de Transformación n.º 10017 «Segria Levante».

📅 27 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 📄 1 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen generado con IA

ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-9163

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación resuelve la disolución de la Sociedad Agraria de Transformación n.º 10017 «Segria Levante» e inicia su proceso de liquidación. Esta decisión se basa en el acuerdo de disolución adoptado por la propia entidad en Asamblea General y debidamente inscrito en el Registro correspondiente. La resolución formaliza administrativamente la extinción de esta sociedad cooperativa del sector agrario.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Disolución administrativa de una Sociedad Agraria de Transformación específica
  • Inicio del procedimiento de liquidación de la entidad

A quién afecta:

  • Directamente: Socios y trabajadores de la SAT n.º 10017 «Segria Levante»
  • Indirectamente: Acreedores, proveedores y clientes de la sociedad
  • Sector: Cooperativas y entidades del sector agrario

Ámbito territorial:

  • Nacional (registro estatal de SAT)
  • Impacto local en la zona de actividad de la sociedad disuelta

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Cronología del procedimiento:

  • 8 de septiembre de 2025: Asamblea General aprueba la disolución
  • 13 de marzo de 2026: El Registro recibe el acuerdo de disolución
  • 8 de abril de 2026: Inscripción en el Registro General de SAT
  • 10 de abril de 2026: Resolución administrativa de disolución

Marco normativo aplicado:

  • Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto (Estatuto de las SAT)
  • Artículos 13.1, 13.3, 14.1, 14.2 y 14.3.a) sobre disolución y liquidación

Procedimiento seguido:

  1. Decisión voluntaria de los socios en Asamblea General
  2. Inscripción registral del acuerdo
  3. Resolución administrativa formalizando la disolución
  4. Inicio del proceso de liquidación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Entrada en vigor:

  • La resolución produce efectos desde su publicación en el BOE (10 de abril de 2026)

Plazos relevantes:

  • Proceso de liquidación: Se inicia con esta resolución, sin plazo específico determinado
  • Efectos registrales: La disolución ya está inscrita desde el 8 de abril de 2026

Régimen transitorio:

  • No se establece régimen transitorio específico
  • Aplicación del procedimiento ordinario de liquidación de SAT

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para los socios de la SAT:

  • Pérdida de la personalidad jurídica de la sociedad
  • Inicio del reparto del patrimonio social según los estatutos y la normativa aplicable
  • Necesidad de formalizar la liquidación de sus participaciones

Para terceros (acreedores, proveedores, clientes):

  • Ejercicio de derechos de crédito durante el proceso de liquidación
  • Imposibilidad de nuevas operaciones con la entidad disuelta
  • Seguimiento del proceso para cobro de deudas pendientes

Para el sector agrario:

  • Reducción del número de SAT activas en el registro
  • Posible redistribución de la actividad económica entre otras entidades del sector

Obligaciones administrativas:

  • Liquidadores: Deben cumplir con las obligaciones del proceso de liquidación
  • Registro: Actualización de la situación registral de la entidad
  • Hacienda Pública: Liquidación de obligaciones tributarias pendientes

⚠️ Nota importante: Los interesados deben consultar el estado del proceso de liquidación y ejercer sus derechos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Generado el 27/04/2026 05:59 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.