← Volver al listado del 23 de abril
Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-8930 — 23 de abril de 2026

Resolución de 17 de abril de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publican Convenios para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.

📅 23 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 📄 84 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen generado con IA

RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

BOE-A-2026-8930 | Resolución de 17 de abril de 2026 sobre convenios de estancias formativas

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica diez convenios suscritos entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y diversas empresas para facilitar estancias formativas del alumnado del Centro Integrado de Formación Profesional nº 1 de Ceuta. Los convenios establecen el marco jurídico para que estudiantes de FP realicen prácticas formativas en empresas locales, garantizando su cobertura de Seguridad Social y definiendo las obligaciones de todas las partes involucradas.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Objeto principal: Formalización de convenios de colaboración para estancias formativas de FP dual
  • Marco normativo: Desarrollo de la Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional y RD 659/2023

A quién afecta

  • Estudiantes: Alumnado de ciclos formativos de grado básico, medio y superior del CIFP nº 1 de Ceuta
  • Empresas colaboradoras: 10 entidades locales (Tendam Retail, Ceutí de Mantenimiento, Rapidogrupo, etc.)
  • Centro educativo: CIFP nº 1 de Ceuta y su personal docente
  • Administración: Ministerio de Educación, FP y Deportes

Ámbito territorial

  • Específico: Ciudad Autónoma de Ceuta
  • Gestión: Dirección Provincial de Educación de Ceuta

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura de los convenios

  • Duración: Hasta el 31 de agosto siguiente a su inscripción en el REOICO
  • Naturaleza: Administrativa, sin relación laboral para el alumnado
  • Cobertura: Seguridad Social a cargo del Ministerio

Obligaciones principales

Para las empresas:

  • Designar tutores duales cualificados
  • Garantizar acceso a instalaciones para supervisión
  • Cumplir normativa de prevención de riesgos laborales
  • Proporcionar equipos de protección necesarios
  • Respetar confidencialidad y protección de datos

Para el alumnado:

  • Cumplir horarios y normas de la empresa
  • Respetar confidencialidad y secreto profesional
  • Seguir las indicaciones del plan formativo
  • Autorización parental si es menor de edad

Para el centro educativo:

  • Nombrar tutores duales
  • Coordinar planes formativos
  • Realizar seguimiento y evaluación
  • Gestionar la documentación

Aspectos económicos

  • Sin coste para empresas: No hay obligaciones económicas entre partes
  • Seguridad Social: Asumida por el Ministerio (máximo 150.000€ por Dirección Provincial)
  • Partida presupuestaria: 18.05.322B.482.04

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Eficacia: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal (REOICO)
  • Duración: Hasta 31 de agosto siguiente a la inscripción
  • Fechas de suscripción: Entre enero y abril de 2026

Plazos relevantes

  • Comunicación previa: El centro debe informar a la empresa del listado de alumnado antes del inicio
  • Modificaciones: Posibles mediante adenda antes del fin de vigencia
  • Resolución: Requerimiento previo con plazo determinado en caso de incumplimiento

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para centros de FP

  • Facilita: Cumplimiento de la formación dual obligatoria
  • Requiere: Coordinación estrecha con empresas y gestión administrativa
  • Beneficio: Mejora de la empleabilidad del alumnado

Para empresas colaboradoras

  • Ventajas: Acceso a talento joven sin coste de Seguridad Social
  • Obligaciones: Designación de tutores y cumplimiento normativo
  • Responsabilidades: Formación práctica y evaluación del alumnado

Para estudiantes

  • Oportunidad: Experiencia profesional real en empresas locales
  • Protección: Cobertura de Seguridad Social garantizada
  • Requisitos: Cumplimiento estricto de normas y confidencialidad

Consideraciones clave

  • Comisión de Seguimiento: Órgano de control y resolución de incidencias
  • Causas de rescisión: Incumplimiento, faltas de asistencia, actitudes incorrectas
  • Protección de datos: Cumplimiento estricto del RGPD y normativa nacional

Esta disposición refuerza el modelo de FP dual en Ceuta, estableciendo un marco jurídico sólido que protege a todas las partes y garantiza la calidad formativa del alumnado.

Generado el 23/04/2026 05:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.