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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-7687 – 4 de abril de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se reconoce al centro docente Centro Integrado de Formación Profesional Puerto de Laredo para impartir la formación conducente a la obtención de los títulos y las tarjetas profesionales de la Marina Mercante y los certificados de suficiencia conformes al Convenio STCW.

📅 4 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 📄 2 páginas

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Resumen

ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-7687

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de la Marina Mercante reconoce oficialmente al Centro Integrado de Formación Profesional Puerto de Laredo para impartir tres ciclos formativos de la familia marítimo-pesquera y diversos certificados de suficiencia conforme al Convenio STCW. Este reconocimiento permite al centro expedir títulos profesionales válidos para el ejercicio profesional en el sector marítimo-pesquero, cumpliendo con los estándares internacionales de formación para la gente de mar.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Reconocimiento administrativo de un centro de formación marítima para impartir titulaciones oficiales de Marina Mercante
  • Habilitación para expedir títulos profesionales y certificados de suficiencia según normativa nacional e internacional

A quién afecta

  • Centro educativo: Centro Integrado de FP Puerto de Laredo (Cantabria)
  • Estudiantes: Futuros profesionales del sector marítimo-pesquero
  • Sector marítimo: Empresas navieras, pesqueras y de transporte marítimo
  • Profesionales: Técnicos en navegación, mantenimiento naval y transporte marítimo

Ámbito territorial

  • Nacional: Títulos válidos en todo el territorio español
  • Internacional: Certificados reconocidos según Convenio STCW (ámbito mundial)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Ciclos formativos reconocidos

  1. Grado Medio - Técnico en Mantenimiento y Control de Maquinaria de Buques y Embarcaciones
  2. Grado Medio - Técnico en Navegación y Pesca de Litoral
  3. Grado Superior - Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura

Certificados de suficiencia STCW autorizados

  • Operador General y Restringido del SMSSM (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima)
  • Formación Básica en Seguridad
  • Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate
  • Formación Avanzada Contra Incendios
  • Cursos de actualización de tarjetas profesionales

Requisitos de calidad

  • Sistema de calidad evaluado favorablemente por Bureau Veritas Iberia
  • Integración de formación teórica y práctica (taller)
  • Cumplimiento de estándares del Convenio STCW internacional

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Entrada en vigor: Desde la publicación en el BOE (18 de marzo de 2026)
  • Duración: 5 años desde la fecha de publicación

Plazos críticos

  • Renovación obligatoria: Cada 5 años (próxima en marzo de 2031)
  • Mantenimiento continuo de requisitos técnicos y de calidad
  • Recurso de alzada: 1 mes desde la publicación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el centro educativo

  • Autorización oficial para expedir títulos profesionales de Marina Mercante
  • Obligación de mantener estándares de calidad y requisitos técnicos
  • Responsabilidad de solicitar renovación cada 5 años

Para estudiantes y profesionales

  • Acceso a formación oficial reconocida internacionalmente
  • Títulos válidos para ejercer profesionalmente en el sector marítimo
  • Certificaciones STCW reconocidas mundialmente para embarque

Para el sector marítimo-pesquero

  • Ampliación de la oferta formativa en Cantabria
  • Disponibilidad de profesionales cualificados según estándares internacionales
  • Fortalecimiento del tejido formativo del sector en el norte de España

Consideraciones importantes

  • El reconocimiento está condicionado al mantenimiento continuo de requisitos
  • Los títulos expedidos tendrán validez nacional e internacional
  • La resolución no agota la vía administrativa (posible recurso de alzada)
Generado el 04/04/2026 07:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.