ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-5516
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica el convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) y la Universidad del País Vasco para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas y el desarrollo de trabajos de fin de grado y máster en materia de prevención de riesgos laborales. El convenio establece un marco de colaboración académica que permite a estudiantes universitarios aplicar conocimientos teóricos en el ámbito profesional de la seguridad laboral, fortaleciendo su formación práctica y empleabilidad.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Marco de colaboración entre el INSST y la UPV/EHU para prácticas académicas externas
- Tres modalidades de actividades formativas:
- Prácticas externas curriculares
- Prácticas externas no curriculares
- Desarrollo y dirección de TFG/TFM
A quién afecta
- Estudiantes matriculados en la Universidad del País Vasco
- Personal académico de la UPV/EHU (tutores académicos)
- Profesionales del INSST (instructores y codirectores)
- Centros universitarios adscritos a titulaciones relacionadas con prevención de riesgos laborales
Ámbito territorial
- Nacional, con sede principal del INSST en Madrid
- Comunidad Autónoma del País Vasco para la universidad colaboradora
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características de las actividades
- Carácter no laboral y no remunerado - sin vinculación contractual
- Naturaleza académica exclusivamente formativa
- Cobertura de seguros garantizada por la UPV/EHU
Estructura organizativa
- Comisión de Seguimiento paritaria para supervisión y resolución de controversias
- Tutorización dual: instructor del INSST + tutor académico de la UPV/EHU
- Proyectos formativos específicos para cada modalidad (Anexos II, III y IV)
Derechos y obligaciones
Del INSST:
- Designar instructores cualificados
- Proporcionar medios materiales necesarios
- Cumplir normativa de prevención de riesgos laborales
- Emitir informes de evaluación
De la UPV/EHU:
- Seleccionar estudiantes y designar tutores académicos
- Garantizar cobertura de seguros
- Supervisar el desarrollo de las actividades
Del alumnado:
- Cumplir horarios y normativa interna
- Mantener confidencialidad
- Elaborar memorias e informes requeridos
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia
- Duración inicial: 4 años desde la inscripción en el Registro Electrónico Estatal
- Prórroga posible: hasta 4 años adicionales por acuerdo unánime
- Entrada en vigor: tras inscripción en registro oficial (5 días hábiles) y publicación en BOE (10 días hábiles)
Plazos operativos
- Comunicación de estudiantes: 1 mes de antelación al inicio de prácticas
- Denuncia del convenio: antes del mes de marzo del curso académico anterior
- Resolución de incidencias: máximo 10 días por la Comisión de Seguimiento
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para estudiantes universitarios
- Oportunidad formativa en prevención de riesgos laborales con organismo público especializado
- Aplicación práctica de conocimientos teóricos en entorno profesional real
- Mejora de empleabilidad sin compromiso laboral posterior
- Acceso a recursos y documentación especializada del INSST
Para la Universidad del País Vasco
- Fortalecimiento de la formación práctica en sus titulaciones
- Colaboración institucional con organismo público de referencia
- Diversificación de opciones para TFG/TFM de sus estudiantes
Para el INSST
- Proyección de conocimientos especializados hacia formación universitaria
- Colaboración en formación de futuros profesionales del sector
- Transferencia de conocimiento sin coste económico
Consideraciones operativas
- Las actividades no generan derechos laborales ni computarán para antigüedad
- Confidencialidad obligatoria respecto a información interna del INSST
- Flexibilidad en horarios para compatibilizar con actividad académica
- Posible cesión de derechos de propiedad intelectual en TFG/TFM mediante acuerdos específicos