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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-4596 – 27 de febrero de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Intervención General de la Administración del Estado, para la adhesión a los sistemas departamentales de la Intervención General de la Administración del Estado.

📅 27 de febrero de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 11 páginas

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Resumen

ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-4596

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta disposición publica el convenio suscrito entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para que la universidad se adhiera a los sistemas informáticos departamentales SOROLLA2 y CANOA. El convenio establece las condiciones técnicas, económicas y de funcionamiento para que la IGAE proporcione servicios de gestión económico-presupuestaria e inventario de bienes a la universidad mediante plataformas tecnológicas centralizadas.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Adhesión de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo a los sistemas departamentales de la IGAE
  • Condiciones de prestación de servicios informáticos de gestión económica y contable
  • Marco de colaboración interadministrativa para modernización de sistemas de gestión

A quién afecta:

  • Universidad Internacional Menéndez Pelayo como entidad usuaria
  • Intervención General de la Administración del Estado como prestadora del servicio
  • Empleados y gestores de ambas instituciones que utilizarán los sistemas

Ámbito territorial:

  • Nacional, con efectos específicos para la Universidad Internacional Menéndez Pelayo

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Sistemas incluidos:

  • SOROLLA2: Sistema de gestión económico-presupuestaria e inventario de bienes
    • Módulo de gestión presupuestaria: ✅ Incluido
    • Módulo de inventario: ✅ Incluido
  • CANOA: Sistema de contabilidad analítica: ❌ No incluido

Obligaciones de la IGAE:

  • Proporcionar hospedaje y mantenimiento de las plataformas informáticas
  • Facilitar asistencia técnica y funcional continua
  • Garantizar conectividad y acceso mediante navegador web
  • Realizar mantenimiento evolutivo y correctivo
  • Proporcionar formación a través del Instituto de Estudios Fiscales

Obligaciones de la Universidad:

  • Designar interlocutores responsables para cada sistema
  • Instalar puestos informáticos según especificaciones técnicas
  • Formar a su personal en el uso de los sistemas
  • Pagar cuotas anuales de mantenimiento
  • Cumplir protocolos de seguridad y protección de datos

Régimen económico:

  • Cuota anual total: 8.250 € (años completos)
  • Desglose: 6.750 € (gestión presupuestaria) + 1.500 € (inventario)
  • Primer año (2026): 6.188 € (9 meses, desde abril)
  • Último año (2029): 2.062 € (3 meses, hasta marzo)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia del convenio:

  • Inicio: 1 de abril de 2026
  • Duración: 3 años (hasta 31 de marzo de 2029)
  • Prórroga posible: Hasta 3 años adicionales

Plazos de implementación:

  • Instalación de puestos: Máximo 2 meses desde inicio
  • Puesta en funcionamiento SOROLLA2: Máximo 4 meses desde firma
  • Personalización CANOA (si aplicara): Máximo 6 meses
  • Implantación CANOA (si aplicara): Máximo 9 meses

Plazos de pago:

  • Las cuotas se abonan en el primer trimestre del año siguiente
  • Mediante transferencia al Tesoro Público con modelo 069

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para la Universidad Internacional Menéndez Pelayo:

  • Modernización tecnológica: Acceso a sistemas avanzados de gestión económica sin inversión en desarrollo propio
  • Coste económico: Compromiso de pago de 24.750 € durante los 3 años de vigencia
  • Obligaciones operativas: Debe formar personal, mantener equipos y cumplir protocolos de seguridad
  • Mejora en gestión: Herramientas profesionales para seguimiento presupuestario e inventario

Para otras entidades del sector público:

  • Modelo replicable: Establece precedente para adhesiones similares de otros organismos
  • Estandarización: Contribuye a la homogeneización de sistemas de gestión en el sector público

Aspectos de protección de datos:

  • La IGAE actúa como "Encargada del Tratamiento" bajo el RGPD
  • La Universidad mantiene la condición de "Responsable del Tratamiento"
  • Obligaciones específicas de confidencialidad y notificación de incidencias

Consideraciones técnicas:

  • Requisitos mínimos: PC con navegador e Internet (bajo impacto tecnológico)
  • Disponibilidad: Sistema "llave en mano" con soporte técnico incluido
  • Seguridad: Clasificación de nivel básico según Esquema Nacional de Seguridad
Generado el 27/02/2026 06:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.