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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-4594 – 27 de febrero de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, para la evaluación de proyectos I+D+i relacionados con la aplicación de incentivos fiscales del Impuesto sobre Sociedades.

📅 27 de febrero de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 10 páginas

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Resumen

ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-4594

1. RESUMEN EJECUTIVO

La disposición publica un convenio de colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para evaluar proyectos de I+D+i en el marco de los incentivos fiscales del Impuesto sobre Sociedades. El convenio permite a la AEAT solicitar informes técnicos especializados sobre la calificación de proyectos como actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, reforzando así el control tributario sobre estos incentivos fiscales. Esta colaboración institucional busca aumentar la seguridad jurídica y mejorar la aplicación efectiva de las deducciones fiscales por I+D+i.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Marco de colaboración entre AEAT y Ministerio de Ciencia para evaluar proyectos I+D+i
  • Procedimiento para emisión de informes técnicos motivados sobre cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos
  • Régimen financiero y organizativo de la colaboración interadministrativa

A quién afecta

  • Empresas que aplican deducciones fiscales por actividades de I+D+i
  • Agrupaciones de Interés Económico que estructuran proyectos de I+D+i
  • Administración Tributaria en sus funciones de control e inspección
  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades con proyectos de innovación

Ámbito territorial

  • Nacional: Administración General del Estado

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Procedimiento de evaluación

  • Solicitud: El Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT remite peticiones de informe
  • Plazo: La Secretaría General de Innovación dispone de máximo 3 meses para emitir cada informe
  • Documentación: Memoria técnica del proyecto siguiendo formato del RD 1432/2003 y formulario específico

Tipos de informes resultantes

  • Favorable: Calificación coincide totalmente con la propuesta del contribuyente
  • Favorable parcial: Coincidencia parcial o cambio de calificación
  • Desfavorable: No merece calificación I+D+i o información insuficiente

Régimen de protección de datos

  • Confidencialidad absoluta de la información intercambiada
  • Cumplimiento RGPD y normativa de protección de datos
  • Medidas de seguridad según Esquema Nacional de Seguridad
  • Trazabilidad de accesos y auditorías periódicas

Financiación por módulos

  • Módulo 1: 500€ (sin informe experto externo)
  • Módulo 2: 1.000€ (proyecto hasta 10 millones €)
  • Módulo 3: 1.200€ (proyecto superior a 10 millones €)
  • Presupuesto total: 200.000€ (50.000€ anuales 2026-2029)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
  • Duración: Hasta 31 de diciembre de 2029
  • Prórroga posible: Hasta 4 años adicionales mediante adenda

Plazos operativos

  • Informes: Máximo 3 meses desde recepción documentación completa
  • Transferencias presupuestarias: Dentro de los 2 primeros meses de cada anualidad
  • Conformidad documentos: Máximo 7 días naturales

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las empresas

  • Mayor control tributario sobre deducciones I+D+i aplicadas
  • Necesidad de documentación robusta que justifique la naturaleza innovadora de proyectos
  • Posible revisión de proyectos ya calificados internamente como I+D+i
  • Criterios unificados de evaluación técnica entre informes vinculantes y de control

Para la Administración

  • Herramienta especializada para verificar cumplimiento de requisitos técnicos
  • Refuerzo del control ante el incremento de proyectos I+D+i estructurados mediante AIE
  • Colaboración interadministrativa que aprovecha expertise técnico especializado

Para profesionales del sector

  • Importancia crítica de la documentación técnica en formato RD 1432/2003
  • Necesidad de alineación entre calificación interna y criterios técnicos oficiales
  • Previsión de tiempos adicionales en procedimientos de inspección tributaria

Recomendaciones prácticas

  1. Revisar documentación de proyectos I+D+i para asegurar cumplimiento de requisitos técnicos
  2. Mantener trazabilidad completa de actividades de investigación y desarrollo
  3. Considerar solicitud de informes motivados vinculantes preventivos
  4. Preparar respuesta ante posibles requerimientos de documentación adicional
Generado el 27/02/2026 06:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.