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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-3889 – 19 de febrero de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues, para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.

📅 19 de febrero de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES 📄 8 páginas

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Resumen

RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) ha suscrito un convenio con el Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues para evaluar la actividad investigadora de su personal docente e investigador contratado. Este acuerdo permite que una institución privada acceda al sistema de evaluación de sexenios de investigación equivalente al de las universidades públicas, aunque sin los efectos retributivos del sector público. El convenio establece un coste de 250 euros por cada tramo de investigación evaluado y tiene una vigencia de un año prorrogable.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Establece un sistema de evaluación de la actividad investigadora para personal docente e investigador contratado en centros universitarios privados
  • Regula la colaboración entre ANECA y el Centro de Estudios Garrigues para aplicar criterios de evaluación equivalentes a los del sector público

A quién afecta

  • Personal docente e investigador contratado del Centro de Estudios Garrigues
  • Centros universitarios privados que busquen sistemas de evaluación equiparables al público
  • ANECA como organismo evaluador
  • Universidades privadas interesadas en modelos similares

Ámbito territorial

  • Aplicación nacional, específicamente al Centro de Estudios Garrigues (adscrito a la Universidad Europea de Madrid)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Evaluación y criterios

  • ANECA evaluará mediante la CNEAI con los mismos criterios aplicados al personal funcionario universitario
  • Cada evaluación se califica en una escala de 0 a 10
  • Máximo de 6 tramos de investigación por solicitante
  • Las evaluaciones no generan efectos retributivos públicos

Procedimiento

  • El Centro Garrigues debe realizar convocatoria propia y autorizar previamente las solicitudes
  • Los solicitantes utilizan la plataforma electrónica de ANECA
  • ANECA emite informes técnicos que el centro puede usar para sus decisiones internas
  • Las resoluciones finales son actos de derecho privado del centro

Aspectos económicos

  • Coste: 250 euros por tramo de investigación evaluado
  • Estimación total: entre 250 euros (mínimo) y 150.000 euros (máximo) durante la vigencia
  • Previsión de evaluación de 5 tramos anuales

Protección de datos

  • Cumplimiento del RGPD y normativa nacional
  • ANECA actúa como encargada del tratamiento
  • Obligación de confidencialidad y supresión de datos tras la evaluación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Duración: Un año desde el 1 de enero de 2026 (previa inscripción en REOICO)
  • Prorrogable: Por un año adicional mediante acuerdo mutuo
  • Sustitución: Reemplaza al convenio anterior de 16 de febrero de 2023

Plazos operativos

  • Las solicitudes se procesan tras las del personal funcionario
  • ANECA remite informes en un mes desde la notificación de resoluciones del personal público
  • Preaviso de 20 días para resolver incumplimientos antes de la extinción

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el personal docente e investigador

  • Oportunidad de obtener evaluación de actividad investigadora con criterios públicos
  • Coste económico de 250 euros por tramo evaluado
  • Efectos limitados al ámbito privado del centro (sin repercusiones retributivas públicas)
  • Necesidad de autorización previa del centro para solicitar evaluación

Para centros universitarios privados

  • Modelo replicable para otras instituciones que busquen sistemas de evaluación equiparables
  • Herramienta de calidad para valorar la actividad investigadora de su personal
  • Flexibilidad para establecer efectos propios de las evaluaciones en el ámbito privado

Para el sector universitario

  • Precedente para la extensión de sistemas de evaluación pública al sector privado
  • Diferenciación clara entre efectos públicos y privados de las evaluaciones
  • Posible expansión del modelo a otras universidades privadas y centros de investigación

Consideraciones operativas

  • Las universidades privadas interesadas deben establecer procedimientos internos de convocatoria y autorización
  • Necesidad de presupuestar los costes de evaluación (250 euros por tramo)
  • Planificación temporal considerando que las evaluaciones se procesan después de las del sector público
Generado el 19/02/2026 07:01 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.