← Volver al listado del 19 de febrero
Acuerdo III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-3856 – 19 de febrero de 2026 – Análisis jurídico

Acuerdo de 27 de enero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 12 de diciembre de 2025, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sobre turnos de reparto para el año 2026, correspondientes a la Sala de lo Civil y Penal, Salas de lo Contencioso-Administrativo con sede en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, Sala de lo Social con sede en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

📅 19 de febrero de 2026 🏛️ CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 📄 11 páginas
📖 Te quedan 2 consultas gratuitas. Créate una cuenta gratis para seguir consultando sin límites.

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

BOE-A-2026-3856 - Acuerdo sobre turnos de reparto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias para 2026

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Consejo General del Poder Judicial publica el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que establece los criterios de distribución de asuntos judiciales entre magistrados para el año 2026. La disposición regula los turnos de reparto en las Salas de lo Civil y Penal, Contencioso-Administrativo y Social, con sede en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife. Su objetivo es garantizar una distribución equitativa de la carga de trabajo judicial y optimizar el funcionamiento de la justicia en el archipiélago canario.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Turnos de reparto de ponencias y asuntos judiciales entre magistrados
  • Criterios de asignación de casos según materias y urgencia
  • Procedimientos de redistribución en casos de abstención, recusación o ausencias

A quién afecta

  • Magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
  • Abogados y procuradores que litigan en Canarias
  • Justiciables con procedimientos en tramitación
  • Administraciones públicas canarias como partes procesales

Ámbito territorial

  • Comunidad Autónoma de Canarias
  • Sedes judiciales en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Sala de lo Social

Las Palmas de Gran Canaria

  • Plantilla: 6 magistrados titulares organizados en 2 ternas
  • Sistema de reparto: Correlativo e igualitario por orden de entrada
  • Clasificación de asuntos:
    • Preferentes: Despidos, tutela sindical, conflictos colectivos, materia electoral
    • No preferentes: Salarios de tramitación, prestaciones, incapacidades
  • Grupos de trabajo: 7 configuraciones (A-G) con rotación de ponentes

Santa Cruz de Tenerife

  • Reparto por grupos temáticos:
    • Grupo 1º (Urgentes): Tutela derechos fundamentales, conflictos colectivos
    • Grupos 2º-7º: Desde recursos mercantiles hasta recursos de queja
  • Criterios de preferencia: Nulidad previa, perjuicios suplementarios, fijación de criterios

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Santa Cruz de Tenerife

  • Sección Primera: Tributario, Seguridad Social, Dominio Público, Contratos, Extranjería
  • Sección Segunda: Responsabilidad patrimonial, Urbanismo, Personal público, Sanciones
  • Asignación semanal: 5 ponencias (Sección 1ª) y 4 ponencias (Sección 2ª)

Las Palmas de Gran Canaria

  • Sección Primera: 3 magistrados con reparto por terminación numérica (0,1-3,4,6-9)
  • Sección Segunda: 4 magistrados con distribución específica por números finales
  • Aplicación retroactiva: Desde el 27 de octubre de 2025

Sala Civil y Penal

  • 4 turnos especializados:
    1. Asuntos civiles (arbitraje, responsabilidad civil)
    2. Instrucción causas penales
    3. Enjuiciamiento causas penales
    4. Apelaciones y otros asuntos penales
  • Reparto numérico: Por terminación del número de procedimiento

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Entrada en vigor: 1 de enero de 2026
  • Duración: Todo el año 2026
  • Aplicación retroactiva: Sala Contencioso-Administrativo Las Palmas desde 27 de octubre de 2025

Sin plazos de adaptación

  • Aplicación inmediata desde la fecha de entrada en vigor
  • No establece períodos transitorios específicos

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para Abogados y Procuradores

  • Previsibilidad: Conocimiento anticipado de criterios de asignación de magistrados ponentes
  • Estrategia procesal: Posibilidad de prever qué magistrado instruirá según la materia y número de procedimiento
  • Especialización: Identificación de secciones especializadas por materias

Para Justiciables

  • Agilización: Criterios de preferencia para asuntos urgentes (despidos, tutela sindical)
  • Equidad: Distribución equilibrada evita concentración de casos en determinados magistrados
  • Transparencia: Publicidad de los criterios de reparto

Para el Sistema Judicial

  • Eficiencia: Optimización de cargas de trabajo entre magistrados
  • Especialización: Asignación por materias mejora la calidad de las resoluciones
  • Control de pendencias: Mecanismos para evitar acumulación excesiva de asuntos

Consideraciones Especiales

  • Abstenciones/Recusaciones: Procedimientos específicos de reasignación con compensaciones
  • Nuevos ingresos: Protocolos para integración de nuevos magistrados
  • Ausencias: Sistemas de sustitución que mantienen el equilibrio en el reparto
Generado el 19/02/2026 06:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.