← Volver al listado del 19 de febrero
Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-3881 – 19 de febrero de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Central solar fotovoltaica y de almacenamiento hibridación "Las Azubías" de 45 MW de potencia instalada de tecnología fotovoltaica, y de 5 MW de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación. Fuendejalón (Zaragoza)».

📅 19 de febrero de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 26 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

RESUMEN EJECUTIVO - DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental formula declaración de impacto ambiental favorable condicionada para la central solar fotovoltaica "Las Azubías" de 45 MW en Fuendejalón (Zaragoza), que incluye un sistema de almacenamiento de 5 MW. El proyecto, promovido por Molinos del Moncayo SL, hibridará con el parque eólico existente del mismo nombre. La resolución establece múltiples condiciones ambientales para proteger la avifauna esteparia, los hábitats de interés comunitario y minimizar el impacto paisajístico en una zona de alta sensibilidad ecológica.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Autorización ambiental de una central solar fotovoltaica de 45 MW con sistema de almacenamiento de 5 MW
  • Hibridación con parque eólico existente "Las Azubías"
  • Infraestructura de evacuación mediante línea subterránea de 20 kV hasta subestación "Fuendejalón 220/20 kV"

A quién afecta

  • Promotor: Molinos del Moncayo SL
  • Administraciones: MITECO, Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Fuendejalón
  • Sector energético: empresas de energías renovables
  • Población local: habitantes de Fuendejalón y Pozuelo de Aragón

Ámbito territorial

  • Ubicación: Término municipal de Fuendejalón (Zaragoza)
  • Superficie: 104,22 hectáreas valladas
  • Comarca: Campo de Borja

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Características técnicas del proyecto

  • Potencia fotovoltaica: 45 MW (56,5 MWp pico)
  • Módulos: 103.680 paneles de silicio monocristalino con estructura fija
  • Almacenamiento: 5 contenedores de baterías (5 MW / 10 MWh)
  • Evacuación: Línea subterránea de 1.134 metros

Condiciones ambientales principales

Protección de fauna y avifauna

  • Instalación de sistemas de monitorización y parada en todos los aerogeneradores del parque eólico hibridado
  • Medidas compensatorias obligatorias:
    • Arrendamiento del 25% de superficie equivalente en Farlete
    • Proyecto de investigación en restauración de hábitats esteparios
    • Construcción de primillar para cernícalo primilla
    • Participación en reintroducción del lince ibérico (6 años)

Protección de suelos e hidrología

  • Paneles hincados directamente sin hormigón
  • Altura mínima de módulos: 80 cm sobre el terreno
  • Modificación del recinto para evitar zona de flujo preferente del barranco de las Azubías
  • Garantía de drenaje superficial y no afección a cursos de agua

Vegetación y hábitats

  • Preservación de hábitats de interés comunitario (HIC 1520* y 6220*)
  • Franja vegetal de 8 metros alrededor del vallado perimetral
  • Prospección previa de flora catalogada

Programa de vigilancia ambiental

  • Fase de construcción: Control continuo de medidas preventivas
  • Fase de explotación: Seguimiento durante 5 años mínimo
  • Seguimiento específico: Incidencia sobre aves y quirópteros

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Entrada en vigor

  • Fecha: 2 de febrero de 2026 (fecha de la resolución)
  • Efectos: Inmediatos para el promotor

Plazos relevantes

  • Antes del inicio de obras:
    • Obtención de autorizaciones sectoriales
    • Implementación de sistemas de monitorización en aerogeneradores
    • Prospecciones arqueológicas y de flora/fauna
  • Durante construcción: Cumplimiento del calendario de obras (evitar época de cría)
  • Vigilancia ambiental: Mínimo 5 años en fase de explotación

Vigencia

  • Vida útil del proyecto: 50 años estimados
  • Medidas compensatorias: Duración específica según tipo (ej. lince ibérico: 6 años)

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el promotor (Molinos del Moncayo SL)

  • Puede proceder con el proyecto cumpliendo las condiciones
  • 📋 Debe obtener todas las autorizaciones sectoriales pendientes
  • 💰 Inversión adicional en medidas compensatorias y sistemas de monitorización
  • 📊 Seguimiento obligatorio durante toda la vida útil del proyecto

Para el sector energético

  • 📈 Referencia para futuros proyectos de hibridación eólica-solar
  • ⚠️ Estándar elevado de exigencias ambientales en zonas sensibles
  • 🔄 Modelo de medidas compensatorias para avifauna esteparia

Para administraciones locales

  • 🏛️ Coordinación necesaria con organismos autonómicos y estatales
  • 📍 Control del cumplimiento de condiciones ambientales
  • 💼 Desarrollo económico local con criterios de sostenibilidad

Para la población local

  • Beneficios: Desarrollo de energías renovables y empleo local
  • 🌱 Protección: Medidas específicas para conservación del patrimonio natural
  • 🔊 Garantías: Cumplimiento de normativa de ruidos y calidad acústica

Nota importante: Esta declaración no exime al promotor de obtener el resto de autorizaciones administrativas, sectoriales y ambientales que resulten legalmente exigibles para la ejecución del proyecto.

Generado el 19/02/2026 06:57 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.