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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-13199 – 17 de junio de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 9 de junio de 2026, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Fundación Mutua Madrileña, para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo.

📅 17 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CULTURA 📄 3 páginas

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Texto de la disposición

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Fundación Mutua Madrileña han suscrito, con fecha de 8 de junio de 2026, una adenda de prórroga del convenio para el mecenazgo del programa de atención del visitante del museo, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda de prórroga del convenio, que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 9 de junio de 2026.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro. ANEXO Adenda de prórroga del Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Fundación Mutua Madrileña para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo En Madrid, a 8 de junio de 2026. REUNIDOS Don Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 240, de 5 de octubre), y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 86, de 6 de abril). Y, de otra parte, don Lorenzo Cooklin Díaz y don Luis Bermúdez Odriozola, ambos Apoderados para intervenir en nombre y representación de la Fundación Mutua Madrileña, con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana, 36-38, planta 10, con NIF G83729434, en virtud de las competencias atribuidas en escritura pública otorgada el día 27 de junio de 2023 ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don José Miguel García Lombardía, con el número 4.116 de su protocolo, y en ejecución del acuerdo de su Patronato en reunión de 15 de diciembre de 2025. Ambas partes comparecientes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto, EXPONEN I. Que el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante, MNCARS) y Fundación Mutua Madrileña (en adelante, Fundación Mutua Madrileña) suscribieron, con fecha de 14 de agosto de 2024, un convenio para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 24 de agosto de 2024. II. Que la cláusula sexta del convenio citado en el párrafo precedente establece en su apartado 6.2 que «El convenio tendrá efectos durante 1 (un) año o hasta la fecha en la que, dentro de este periodo, se hayan cumplido las actuaciones que constituyen su objeto», y en su apartado siguiente 6.3 establece que «En cualquier momento del transcurso del periodo de su eficacia, las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta cuatro años adicionales o su extinción». III. Que el 30 de abril de 2025 las partes firmaron una adenda de prórroga del convenio por un plazo de un año, que se inscribió en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha de 6 de mayo de 2025, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 14 de mayo de 2025 y entró en vigor el 14 de agosto del mismo año. IV. Que, tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de los objetivos, más la experiencia acumulada, se justifica la decisión de ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del convenio suscrito con fecha de 14 de agosto de 2024 para el desarrollo del programa de Atención al Visitante del MNCARS y, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción de la presente adenda, una nueva prórroga del mismo. En virtud de lo expuesto anteriormente, el MNCARS y la Fundación Mutua Madrileña acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS Primera. Objeto de la adenda. La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia del convenio para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo, firmado por las partes el 14 de agosto de 2024 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 24 de agosto de 2024. Segunda. Prórroga del convenio. Según la cláusula sexta del convenio con fecha de 14 de agosto de 2024, una vez inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), tenía un plazo de vigencia de 1 (un) año. No obstante, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, «En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción». En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un nuevo plazo de un año, que será la segunda prórroga del mismo. Tercera. Nueva aportación económica de Fundación Mutua Madrileña. En consecuencia y en relación con la cláusula segunda del citado convenio, a partir de la fecha en la que la presente adenda adquiera eficacia, en los mismos términos previstos en el convenio objeto de prórroga, Fundación Mutua Madrileña realizará una nueva aportación económica a favor del MNCARS por importe de 300.000,00 € (trecientos mil euros) y seguirán vigentes los compromisos de difusión por parte del MNCARS. Cuarta. Efectos. De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez que se inscriba en el REOICO. También será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En consecuencia, a partir de la fecha en la que la presente adenda adquiera eficacia, en los mismos términos previstos en el convenio objeto de prórroga, Fundación Mutua Madrileña realizará una aportación económica a favor del MNCARS por importe de 300.000,00 € (trescientos mil euros). Y conformes las partes con cuanto antecede, firman la presente adenda, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Director, Manuel Segade Lodeiro.–Por Fundación Mutua Madrileña, los Apoderados, Lorenzo Cooklin Díaz y Luis Bermúdez Odriozola.
Texto extraído directamente del BOE. No sustituye la lectura del texto oficial.