Antecedentes de hecho
Con fecha 19 de marzo de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de tramitación de procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Módulo de almacenamiento Mulhacén solar, que hibrida la planta fotovoltaica Mulhacén Solar, y su infraestructura de evacuación, ubicada en la provincia de Toledo», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), como órgano sustantivo, y promovido por Mulhacen Solar, SL.
El proyecto tiene por objeto la instalación de un módulo de almacenamiento con baterías de ion-litio para su hibridación con la planta solar fotovoltaica (PSFV) existente Mulhacén Solar en los términos municipales de Esquivias y Numancia de la Sagra, ubicados en la provincia de Toledo, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. La infraestructura de evacuación consistirá en una red subterránea de media tensión a 30 kV que asociará los distintos bloques de potencia mediante dos circuitos soterrados.
Como consecuencia del resultado de los informes recibidos tras la consulta realizada con fecha 7 de abril de 2025, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y del análisis técnico realizado, con fecha 26 de junio de 2025, se trasladan al promotor los impactos significativos y se solicita un nuevo análisis de alternativas para la ubicación del parque de baterías, así como el soterramiento de la línea eléctrica.
Con fecha 13 de octubre de 2025, el promotor aporta un nuevo documento ambiental, en el que realiza un nuevo estudio de alternativas y modifica la ubicación del parque de baterías, así como la configuración de la línea eléctrica.
Para poder someter la nueva configuración del proyecto al correspondiente trámite de consultas a las administraciones públicas y personas interesadas, con fecha 17 de octubre de 2025 esta unidad emite resolución de terminación del procedimiento e inicia de oficio un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto «Módulo de almacenamiento Mulhacén solar, que hibrida la planta fotovoltaica Mulhacén Solar, y su infraestructura de evacuación, ubicada en la provincia de Toledo».
Con fecha 22 de octubre de 2025, se realiza el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con la nueva configuración del proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La siguiente tabla recoge los organismos y entidades consultados y si han remitido informe en relación con el documento ambiental:
Relación de consultados
Respuestas recibidas
Administración estatal
Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Sí
Instituto Geológico y Minero de España (IGME).
Sí
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Sí
Subdelegación del Gobierno en Toledo.
No
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
No
Administración autonómica
Agencia del Agua de Castilla-La Mancha. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
No
Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Toledo. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
No
Diputación provincial de Toledo.
No
Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
No
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Viceconsejería de Medio Ambiente. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de Fomento. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Protección Ciudadana. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sí
Viceconsejería de Cultura. Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sí
Administración local
Ayuntamiento de Esquivas.
Sí
Ayuntamiento de Numancia de la Sagra.
No
Entidades públicas y privadas
Ecologistas en Acción de Toledo.
No
SEO/BIRDLIFE.
No
WWF/ADENA.
No
Como consecuencia del resultado de las consultas y del análisis técnico realizado, con fecha 6 de abril de 2026, se trasladan al promotor los impactos significativos detectados en relación con la hidrología, el patrimonio cultural y la fauna, que pueden ser evitados mediante la adopción de determinadas modificaciones al proyecto.
Con fecha 20 de abril de 2026, el promotor acepta expresa e íntegramente las modificaciones propuestas, las cuales pasan a integrar la versión final del proyecto sobre la que versa el presente procedimiento.
Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
A. Características del proyecto.
El proyecto tiene por objeto la instalación de un módulo de almacenamiento con baterías de ion-litio para su hibridación con la PSFV existente Mulhacén Solar en los términos municipales de Esquivias y Numancia de la Sagra, ubicados en la provincia de Toledo, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Los equipos de almacenamiento estarán alojados en 10 contenedores modulares, los cuales alcanzan una altura de 2,94 m. El parque de baterías tendrá una potencia instalada de 21,56 MW y hasta 2 horas de capacidad de almacenamiento, ocupando una superficie final de 1.379,27 m 2 en el interior de la PSFV existente Cilindro Solar, colindante con la PSFV Mulhacén Solar.
La infraestructura de evacuación consistirá en una red subterránea de media tensión a 30 kV que asociará los distintos bloques de potencia mediante dos circuitos soterrados. Esta canalización discurrirá desde el centro de seccionamiento del módulo de baterías hasta conectarse directamente a la subestación SET Numancia 4 220/30 kV existente.
En relación con el estudio de alternativas, el promotor define las siguientes:
– Alternativa 0 o de no actuación: Descartada por el promotor al no permitir la consecución del objetivo del proyecto.
– Alternativa 1: Ubicada en el interior de la PSFV Mulhacén Solar y con una infraestructura de evacuación consistente en una línea aérea de media tensión de 630 m de longitud hasta la SET Numancia 4. Se proyecta en una zona de pendientes entre el 15 % y el 20 %, a una distancia de 1,8 km a un nido de águila imperial ibérica (Aquila adalberti), con un elevado impacto paisajístico y ocupación temporal y permanente del terreno. Esta alternativa se planteó en el proyecto original.
– Alternativa 2: Ubicada en el interior de la PSFV Cilindro Solar y con una infraestructura de evacuación soterrada de 51,86 m de longitud hasta la SET Numancia 4. Se proyecta en una zona de pendientes entorno al 5 %, a una distancia de 2,3 km a un nido de águila imperial ibérica.
El promotor selecciona la alternativa 2 porque genera un menor impacto sobre la geomorfología y la fauna, en especial sobre la avifauna. Además, en comparación con la alternativa 1, esta opción elimina los riesgos de colisión y electrocución asociados a la línea aérea de evacuación, requiere una menor ocupación del terreno y presenta un impacto paisajístico inferior.
B. Ubicación del proyecto.
El proyecto se ubica en los términos municipales de Esquivas y Numancia de la Sagra en la provincia de Toledo, en Castilla-La Mancha.
Las actuaciones proyectadas se localizan en la parte norte de la submeseta sur o cuenca del Tajo, enmarcadas dentro de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
La vegetación actual de la zona de estudio está dominada casi en su totalidad por aprovechamientos agrícolas. Ni el parque de baterías ni el trazado soterrado de la infraestructura eléctrica ocupan superficies cartografiadas como hábitat de interés comunitario.
En relación con la fauna, existen numerosas especies de aves en el ámbito de estudio, algunas de ellas relevantes por su grado de protección, como el águila imperial ibérica, el milano real o el sisón común.
El espacio natural protegido más cercano se encuentra a 16 km de las infraestructuras proyectadas.
C. Características del potencial impacto.
A la vista del documento ambiental, de las contestaciones a las consultas recibidas y de la documentación adicional remitida por el promotor, se resumen a continuación los principales impactos potenciales y su tratamiento.
C.1 Atmósfera, cambio climático, población y salud.
En el área de estudio no se encuentran poblaciones cercanas. La más próxima corresponde al polígono industrial «La Cárdena – Regüelos», situado a 1,7 km al noreste del parque de baterías. Asimismo, la edificación de uso sensible a menor distancia es un polideportivo de categoría cultural ubicado en el municipio de Esquivias, a 2,3 km de las instalaciones proyectadas.
De acuerdo con el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, el proyecto se enmarca en un área acústica de tipo g), correspondiente a «espacios naturales que requieren de especial protección contra la contaminación acústica». Esta catalogación ampara aquellas zonas que albergan hábitats o especies de cría que precisan protección, así como las «zonas tranquilas en campo abierto» que se pretenden mantener silenciosas por motivos de preservación del medio. Bajo esta figura, el objetivo de calidad acústica (OCA) se establece en 5 dB por debajo de los valores estándar.
Durante la fase de obras, se producirá una alteración de la calidad del aire por la emisión de polvo y partículas en suspensión generados por el trasiego de maquinaria, el desbroce de la vegetación, la excavación de zanjas para la línea soterrada y los movimientos de tierra para las soleras de hormigón. Además, se generará un incremento del ruido derivado del tráfico de vehículos y la operación de maquinaria, cuyos niveles se estiman entre 70 y 90 dB a 1 m de distancia del foco emisor (disminuyendo hasta los 26,5 dB a 100 m de este). Para mitigar estos efectos, el promotor plantea medidas como la limitación de la velocidad de circulación a 30 km/h en toda la zona de actuación, el riego periódico de las plataformas de trabajo, cubrir con lonas los vehículos de transporte de materiales y controlar las emisiones sonoras para cumplir con los límites del mencionado real decreto.
Durante la fase de explotación, el funcionamiento del módulo de almacenamiento emitirá un ruido constante, aunque sus niveles de inmisión se mantendrán por debajo de los valores máximos legales fijados por la normativa (65 dBA en periodo diurno y 55 dBA en nocturno). Por otra parte, el soterramiento de la línea de evacuación evita la posibilidad de generar ruido electromagnético de baja frecuencia (zumbido de 100 Hz) asociado al «efecto corona». Para garantizar el cumplimiento de los límites de inmisión establecidos en el Real Decreto 1367/2007, el promotor desarrollará un estudio acústico preoperacional y de funcionamiento que evalúe el efecto sinérgico y acumulativo del ruido junto a las plantas fotovoltaicas y subestaciones adyacentes. Adicionalmente, este órgano ambiental considera necesario realizar un seguimiento de los niveles de ruido asociados al proyecto, por lo que se recoge una prescripción al final de la presente resolución.
En relación con la potencial generación de campos electromagnéticos, el soterramiento íntegro de la línea de media tensión a 30 kV aminora significativamente esta posible afección. En cualquier caso, el promotor señala que la instalación proyectada garantiza el cumplimiento de la legalidad vigente, ajustándose a los niveles de referencia y restricciones básicas estipulados en la Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz).
El documento ambiental recoge un análisis exhaustivo sobre la resiliencia y vulnerabilidad del proyecto frente a los escenarios derivados del cambio climático, estructurado según las orientaciones técnicas de la Comisión Europea sobre la defensa contra el cambio climático de las infraestructuras para el periodo 2021-2027. El promotor concluye que el proyecto presenta una sensibilidad baja frente a las proyecciones climáticas futuras, no agravando el entorno ni viéndose comprometido estructural o ambientalmente por eventos climáticos extremos.
El Servicio de Salud Pública de Toledo informa que, teniendo en cuenta las competencias y el ámbito de actuación, no se encuentran aspectos en materia sanitaria relevantes.
La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO informa que, con anterioridad a la puesta en marcha del proyecto, se debe asegurar la resiliencia de la infraestructura frente al cambio climático adoptando las medidas de adaptación necesarias tras la realización del oportuno análisis de riesgos.
C.2 Suelo, geología y geomorfología.
Las actuaciones proyectadas se localizan en la parte norte de la submeseta sur o cuenca del Tajo. La orografía es homogénea, con pendientes suaves que presentan una media del 2,3 %. En relación con las condiciones geotécnicas, el proyecto se ubica sobre el Área II4, «Formas de relieve alomadas». En condiciones secas, este terreno posee una alta capacidad de carga y asientos inexistentes o de baja magnitud; sin embargo, el contacto con el agua disuelve los yesos, lo que puede provocar la aparición de oquedades y hundimientos bruscos, así como la formación de aguas selenitosas, las cuales resultan altamente peligrosas para algunos materiales empleados en la construcción.
Se estima un volumen de movimientos de tierra de 943,62 m 3 para el parque de baterías, el cual contará con viales interiores de una anchura mínima de 3,5 m. El acceso a las instalaciones se realizará aprovechando un camino existente. Por su parte, el campamento de obra y la zona de acopios ocuparán una superficie útil aproximada de 200 m 2 , englobada dentro de una ocupación temporal total del recinto estimada en 1.500 m 2 . Los suelos procedentes del desmonte que se clasifiquen como inadecuados serán depositados en vertederos autorizados.
Durante la fase de obras, se producirá la compactación, erosión y degradación del suelo debido al tránsito de maquinaria, así como la modificación del relieve a causa de los movimientos de tierra, el acondicionamiento de las plataformas, la apertura de zanjas para la línea eléctrica y la excavación de cimentaciones. Además, existe el riesgo de que se produzcan derrames y vertidos accidentales. Para mitigar estos impactos, el promotor señala que, antes del inicio de los trabajos, llevará a cabo una campaña geotécnica de detalle mediante ensayos in situ. Esto permitirá caracterizar con exactitud la capacidad portante del estrato y diseñar las cimentaciones de los equipos para que resulten plenamente funcionales y seguras frente a posibles hundimientos o inestabilidades. Asimismo, realizará labores de descompactación en las zonas libres de ocupación, elaborará un plan de gestión de residuos y establecerá medidas preventivas frente a derrames de hidrocarburos, lo que incluye la disposición de balsas de lavado de hormigón y de bandejas metálicas estancas bajo los grupos electrógenos.
Durante la fase de explotación, se producirá la ocupación permanente del suelo por parte de las estructuras proyectadas. Además, la plataforma de hormigón que sustentará el parque de baterías podría alterar las características químicas del terreno, disminuyendo la calidad del sustrato. A esto se suma el riesgo de vertidos accidentales derivados de un eventual fallo en el aislamiento de los contenedores de las baterías. El promotor propone la instalación de bandejas metálicas estancas bajo los transformadores y efectuar un seguimiento y control de la estabilidad de los taludes generados durante la obra, a fin de evitar procesos erosivos y gravitacionales.
C.3 Hidrología.
La zona de estudio se enmarca en la Confederación Hidrográfica del Tajo. El parque de baterías se encuentra a 1,2 km al oeste del arroyo de Guatén y a 1,4 km al norte del arroyo de San Bernabé. Además, a 710 m al sur existe una masa de agua superficial sin identificar. En cuanto a la hidrología subterránea, las instalaciones se asientan íntegramente sobre la masa de agua 031.015 «Talavera».
Durante la fase de obras, es posible que se produzca una alteración de la orografía y de la red de drenaje a causa de los movimientos de tierra, las campas de trabajo y los acopios, lo que podría generar nuevas escorrentías superficiales o zonas de encharcamiento. Por otro lado, aunque no se prevé que el riesgo potencial de derrames alcance a los cauces superficiales de la zona debido a su lejanía, este sí podría afectar a la masa de agua subterránea «Talavera». Para mitigarlo, antes del inicio de los trabajos, el promotor impermeabilizará las áreas destinadas a acopios, maquinaria y residuos, balizará las zonas de afección y dispondrá tanto balsas de decantación como elementos de protección en los cauces frente al arrastre de partículas.
Durante la fase de explotación, la calidad de las aguas podría verse alterada por fugas accidentales o vertidos de aceite procedentes de los transformadores o de los componentes de las baterías. No obstante, la probabilidad de contaminación del terreno disminuye gracias a la colocación de una solera de hormigón entre los contenedores y el suelo. Para garantizar una mayor contención, el promotor construirá un foso de recogida bajo los transformadores de la subestación, el cual estará impermeabilizado y dimensionado para albergar todo el fluido del equipo en caso de derrame. Asimismo, evitará el uso de sustancias químicas no biodegradables en la limpieza de los elementos estructurales y revisará periódicamente la red de recogida de aceites y aguas pluviales para certificar su correcto mantenimiento.
La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que las instalaciones se ubican sobre la masa de agua subterránea «Talavera» y en el área de captación de zonas protegidas como la zona sensible «Embalse de Castrejón» y la zona vulnerable «Madrid-Talavera-Tiétar». Aunque no afectan directamente a la zona de policía de cauces, el organismo advierte del riesgo de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas debido a escorrentías, arrastre de sólidos por movimientos de tierras, vertidos de aguas residuales y posibles derrames de aceites o residuos peligrosos.
Las medidas más importantes propuestas por la Confederación Hidrológica del Tajo se centran en la protección del dominio público hidráulico frente a vertidos y escorrentías. Para ello, se prohíbe cualquier vertido sin autorización y se requiere que la red de saneamiento sea estanca y preferiblemente separativa, recomendando el uso de sistemas de drenaje sostenible o tanques de tormenta para evitar la llegada de contaminantes al medio. Además, las áreas de maquinaria deben alejarse de las aguas superficiales y contar con drenaje hacia una balsa de sedimentación vallada, exigiendo que las labores con riesgo de contaminación (lavado, repostaje) y el acopio de materiales se realicen sobre superficies impermeabilizadas. Asimismo, es obligatoria la construcción de fosos bajo los transformadores diseñados para retener el volumen total ante posibles derrames de aceite.
Por otro lado, el organismo indica que es necesario llevar a cabo una gestión adecuada de los residuos, tanto sólidos como líquidos, pudiendo habilitarse habilitar un «punto verde» en la instalación, sobre suelo impermeable, en el que almacenar los residuos antes de su recogida por parte de un gestor autorizado. Finalmente, para proteger la masa de agua subterránea y evitar accidentes, señala que cualquier captación de agua, pozo o sondeo debe permanecer obligatoriamente tapado, vallado y correctamente señalizado.
Durante la presente tramitación, todas estas medidas han sido expresamente aceptadas por el promotor, además de encontrarse algunas recogidas en el documento ambiental.
C.4 Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario.
La vegetación potencial de la zona de estudio se corresponde con la serie mesomediterránea manchega y aragonesa basófila de la encina (Quercus rotundifolia), aunque la cubierta vegetal actual está dominada casi en su totalidad por aprovechamientos agrícolas. El uso prioritario del suelo consiste en cultivos herbáceos extensivos de secano con alternancia de barbechos, intercalados con algunas parcelas de olivar y lindes con presencia de almendros silvestres. Cabe destacar que no existen citas de especies de flora vascular amenazada en la zona.
En lo relativo a los hábitats de interés comunitario (HIC), el inventario ambiental constata que ni el parque de baterías ni el trazado soterrado de la infraestructura eléctrica ocupan superficies cartografiadas como HIC. El hábitat prioritario más próximo es el HIC 1520*, «Vegetación gipsícola ibérica», situado a unos 568 m al suroeste de la instalación, motivo por el cual el promotor descarta cualquier afección directa o indirecta sobre este.
Durante la fase de obras, las labores de desbroce y el emplazamiento de las zonas de acopio e instalaciones auxiliares provocarán la alteración y destrucción de la cubierta vegetal. Para minimizar este impacto, el promotor llevará a cabo una prospección botánica previa sobre el terreno con el fin de descartar la afección a especies de flora amenazada. Además, protegerá la vegetación natural que no sea objeto de desbroce mediante un balizamiento perimetral con malla plástica de un metro de altura y aplicará la normativa vigente en materia de prevención de incendios forestales (Plan INFOCAM). Una vez finalizados los trabajos, se procederá a la revegetación y restauración de las superficies de ocupación temporal.
Durante la fase de explotación, se producirá una pérdida permanente de la cubierta vegetal en aquellas áreas ocupadas por los elementos del proyecto. En cuanto al control de la vegetación espontánea que pudiera aparecer en el recinto, el promotor ejecutará las labores de mantenimiento exclusivamente mediante métodos mecánicos o manuales, descartando en todo caso el empleo de herbicidas, fertilizantes o productos fitosanitarios.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha muestra su conformidad al proyecto al no situarse sobre vegetación natural.
C.5 Fauna.
A partir de la información bibliográfica recogida por el promotor, en la que se incluye el estudio de avifauna realizado para el proyecto «Plantas solares fotovoltaicas «Iznájar Solar» de 100 MWp, «Mulhacén Solar» de 100 MWp, «Carucedo Solar» de 100 MWp, «Cerredo Solar» de 100 MWp, «Urbión Solar» de 100 MWp y «Cilindro Solar» de 100 MWp y de su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Toledo y Madrid» para el periodo 2020-2021, datos del Museo Nacional de Ciencias y un «Diagnóstico de la conectividad ecológica de las poblaciones de avutarda común y sisón común», así como de las prospecciones realizadas por el promotor entre diciembre de 2021 y diciembre de 2022, así como en marzo y abril de 2023; se destacan las siguientes especies de avifauna avistadas en la zona de estudio, relevantes por su grado de protección:
Especie
CEEA
CREACLM
Águila calzada ( Hieraaetus pennatus ).
LESPRE
IE
Águila imperial ibérica ( Aquila adalberti ).
PE
PE
Águila perdicera ( Aquila fasciata ).
LESRPE
PE
Aguilucho cenizo ( Circus pygargus ).
VU
VU
Aguilucho lagunero occidental ( Circus aeruginosus ).
LESRPE
VU
Aguilucho pálido ( Circus cynaeus ).
LESRPE
VU
Avutarda ( Otis tarda ).
LESRPE
VU
Buitre leonado ( Gyps fulvus ).
LESRPE
IE
Buitre negro ( Aegypius monachus ).
VU
VU
Cernícalo primilla ( Falco naumanni ).
LESRPE
VU
Culebrera europea ( Circaetus gallicus ).
LESRPE
VU
Ganga ibérica ( Pterocles orientalis ).
VU
VU
Milano negro ( Milvus migrans ).
LESRPE
IE
Milano real ( Milvus milvus ).
PE
VU
Sisón común ( Tetrax tetrax ).
PE
VU
* CEEA: Catálogo Español de Especies Amenazadas.
** CREACLM: Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.
*** LESRPE: Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.
Dentro del ámbito de 1 km del parque de baterías no se ha detectado nidificación de ninguna de las especies de la tabla, ni existen áreas de interés faunístico. No obstante, cabe destacar que se ha identificado un nido de águila imperial ibérica a 2,32 km de distancia.
En la zona de estudio también se han inventariado mamíferos como la rata de agua ( Arvicola sapidus ) y el conejo silvestre ( Oryctolargus cuniculus ) y reptiles como la culebra de escalera ( Rhinechis scalaris ), el galápago leproso ( Mauremys leprosa ) o el lagarto ocelado ( Lacerta lepida ) entre otros, todos ellos categorizados como «interés especial» en el CREACLM e incluidas en el LESRPE.
Durante la fase de obras, el uso de maquinaria producirá molestias a la fauna y un incremento del riesgo de mortalidad por atropello, con especial incidencia en reptiles, anfibios y micromamíferos. Para mitigarlo, el promotor limitará la velocidad de circulación a 30 km/h en toda la zona de actuación, minimizará el tiempo que las zanjas permanezcan abiertas, dotándolas además de rampas de escape, restringirá las operaciones al periodo diurno y notificará al organismo competente la aparición de nidificaciones o refugios para establecer los correspondientes radios de protección. De forma prioritaria, se fijará un calendario de trabajos que evite los desbroces y movimientos de tierra durante la época de cría, preferiblemente entre el 1 de marzo y el 31 de agosto.
Durante la fase de explotación, la presencia de la línea eléctrica de evacuación de 30 kV no supondrá un riesgo de colisión o electrocución para las aves, puesto que su diseño es íntegramente soterrado. Por otra parte, no se prevén impactos asociados a la ocupación del parque de baterías, al ubicarse este dentro de la PSFV existente Cilindro Solar. Asimismo, el promotor notificará el posible hallazgo de ejemplares heridos o cadáveres y evitará el uso de herbicidas, insecticidas y otros productos químicos que puedan alterar los sistemas vitales de la fauna silvestre.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa que el principal impacto detectado en la zona de afección del proyecto es la presencia acreditada de una pareja reproductora de águila imperial ibérica, una especie catalogada como «en peligro de extinción». El organismo da su conformidad al proyecto al confirmar que se ubica fuera de un radio de exclusión preventivo de 1.500 m al nido detectado, en una zona sin vegetación natural y que la línea de evacuación se ha proyectado íntegramente en soterrado, lo cual hace el proyecto ambientalmente compatible. Finalmente, exige extremar la vigilancia sobre las actuaciones en el territorio para que estas no condicionen la supervivencia del águila imperial, estableciendo rigurosas medidas preventivas y correctoras.
El promotor acepta expresa e íntegramente las medidas señaladas por dicha Dirección General, recogiendo algunas de ellas el documento ambiental.
El documento ambiental recoge una serie de medidas preventivas y correctoras que el promotor afirma que garantizarán la compatibilidad del proyecto con la supervivencia de la población del águila imperial, así como de otras especies de relevancia que pudieran encontrarse en el entorno del proyecto. Entre otras actuaciones, destacan:
– Establecimiento de un calendario de obras, adaptado a la fenología de las especies catalogadas y más sensibles de la zona de estudio. Se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.
– Prospección faunística previa al inicio de las obras, con el fin de determinar la existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de detectarse se avisará al Agente Medioambiental de la zona o al órgano ambiental autonómico competente que darán las indicaciones oportunas.
– Aislamiento de sistemas conductores que eviten accidentes por electrocución de fauna.
– Control de los niveles de ruido.
– Dada la ubicación del proyecto de baterías en el interior del vallado perimetral de la PSFV Cilindro Solar, resultarán de aplicación complementaria directa, las medidas de conservación ya contempladas para las PSFVs Mulhacén Solar y Cilindro Solar.
C.6 Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.
El promotor señala que el proyecto no genera ninguna ocupación ni afección territorial sobre áreas catalogadas como espacios naturales protegidos (ENP). Los espacios más cercanos son el ENP Salobral de Ocaña, situado a 16 km al sureste, y el monte de utilidad pública (MUP) Cerro Tres Cabezas, a 3 km al noreste.
En relación con la Red Natura 2000, la zona de especial protección para las aves (ZEPA) más cercana es «Carrizales y Sotos del Jarama y Tajo», a 9,6 km al este, mientras que la zona de especial conservación (ZEC) más próxima corresponde a los «Yesares del valle del Tajo», a 4,55 km al sureste.
C.7 Patrimonio cultural y vías pecuarias.
El inventario arqueológico y patrimonial de la zona de implantación de las infraestructuras procede de la prospección arqueológica superficial intensiva realizada para la PSFV Cilindro Solar.
Los elementos patrimoniales inventariados más cercanos a las actuaciones proyectadas corresponden a un yacimiento prehistórico, cuatro trincheras de la Guerra Civil y un pozo-chozo. Dado que todos ellos se encuentran alejados de la zona de obras, el promotor señala que no se producirán ocupaciones ni afecciones directas sobre estos.
Para garantizar la salvaguarda del patrimonio durante la ejecución del proyecto, el promotor realizará un balizamiento previo de los elementos del patrimonio cultural susceptibles de verse afectados y un control arqueológico directo y permanente durante toda la fase de obras. En caso de producirse algún hallazgo, se paralizarán las obras y se comunicará a la Consejería competente, que podrá establecer las medidas que considere oportunas para la salvaguarda del patrimonio cultural.
Por último, las vías pecuarias más próximas al ámbito de actuación son la Vereda de Magán, situada a 2,6 km al oeste; el Cordel de las Carreras, ubicado a 3 km al noroeste; y el Cordel de Merinas, localizado a 2,8 km al sureste. Como medida preventiva, el promotor señala que las obras no supondrán en ningún caso un obstáculo para el uso normal de las vías pecuarias del entorno.
La Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo informa favorablemente la ejecución del proyecto en cuanto a la afección al patrimonio cultural y establece una serie de disposiciones. Todas las medidas han sido expresamente aceptadas por el promotor, algunas de ellas ya recogidas en el documento ambiental.
C.8 Paisaje.
La zona de estudio se encuentra dentro de la unidad de paisaje «Cerros de la Sagra». En cuanto a la cubierta vegetal, existe un claro predominio del aprovechamiento agrícola, especialmente de cultivos herbáceos extensivos de secano con alternancia de barbechos. De forma dispersa, también aparecen manchas de olivar y almendros silvestres, estos últimos ubicados en los taludes entre parcelas o a modo de deslindes.
El estudio de calidad paisajística asigna a la zona de implantación un valor «bajo» y una intervisibilidad «media-baja» en la mayor parte de la superficie de ocupación desde las principales carreteras o sendas. El parque de baterías se sitúa dentro del recinto de la PSFV Cilindro Solar. Su visibilidad ante potenciales observadores desde la línea ferroviaria de alta velocidad quedará atenuada gracias a la pantalla vegetal de ocultación dispuesta en el vallado perimetral de dicha instalación. En consecuencia, el promotor concluye que las estructuras proyectadas no supondrán una alteración significativa del entorno más allá de la ya generada por la implantación de la mencionada PSFV.
Durante la fase de obras, la presencia de maquinaria alterará el paisaje de forma transitoria. Sin embargo, el promotor considera que este impacto no resulta significativo dada la reducida superficie afectada y el carácter temporal de las actuaciones.
Durante la fase de explotación, la presencia de los elementos del proyecto conllevará una alteración permanente a nivel de percepción visual, lo que supone un impacto evaluado inicialmente como «moderado». El potencial impacto visual se verá mitigado por la pantalla vegetal y por la propia presencia de los módulos solares ubicados en la zona intermedia entre el parque de baterías y el vallado de la PSFV Cilindro Solar, los cuales atenuarán el impacto paisajístico de las nuevas instalaciones. Además, el promotor integrará las construcciones mediante parámetros estéticos afines a la arquitectura rural tradicional, evitando colores llamativos y materiales reflectantes.
C.9 Impactos sinérgicos y acumulativos.
El promotor ha realizado un estudio de los impactos sinérgicos y acumulativos que se podrían producir por la ejecución del proyecto, teniendo en cuenta las líneas de alta tensión existentes en la zona, las PSFV existentes Mulhacén Solar y Cilindro Solar, así como la SET Numancia 4 220/30 kV.
– Geología: El promotor no espera que los elementos del proyecto agraven significativamente los efectos ya previstos por las otras infraestructuras, ya que su área de ocupación ya fue considerada dentro del vallado de la PSFV Cilindro Solar. Valora el impacto sinérgico como «moderado» durante las obras y «compatible-moderado» durante la explotación.
– Hidrología: La distancia a los cauces y la aplicación de medidas preventivas ante posibles vertidos reducen la posibilidad de agravar los efectos hidrológicos ya esperados por las otras instalaciones. Valora el impacto sinérgico como «compatible» durante las obras y la explotación.
– Vegetación: Se producirá un aumento de la pérdida de vegetación por las estructuras de ocupación permanente, que el promotor valora como «moderado» durante las obras y «compatible» durante la explotación.
– Fauna: No se espera un efecto sinérgico sobre la fauna del entorno, ya que el parque de baterías se implanta en un terreno ya alterado y la línea de evacuación se proyecta soterrada.
– Paisaje: el promotor valora el efecto sinérgico sobre el paisaje, derivado de la acumulación visual de proyectos como «compatible» durante las obras y «compatible-moderado» durante la explotación.
C.10 Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes.
El promotor ha realizado un estudio de la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves o catástrofes, considerando el riesgo de incendios forestales, riesgo sísmico, riesgo de inundaciones, riesgo de fenómenos meteorológicos extremos, riesgo de erosión y movimientos en masa, así como el riesgo por accidentes graves.
– Incendios forestales: Según el mapa de zonificación de riesgos del Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha (INFOCAM) el proyecto se ubica en una zona de media peligrosidad y baja vulnerabilidad. El promotor considera el riesgo como «medio» por existir una probabilidad media de ocurrencia.
– Actividad sísmica: Según el mapa de peligrosidad sísmica de España en valores de intensidad, la aceleración de la zona es menor que 0,04 g, por lo que la probabilidad de riesgo sísmico es baja.
– Inundaciones: Según el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI) y la distancia a cauces, el área más cercana con peligro de inundación se sitúa a 1,8 km, coincidente con el arroyo Guatén. El promotor considera un riesgo «medio» por ser la vulnerabilidad del proyecto media.
– Fenómenos meteorológicos extremos: El promotor ha estudiado la vulnerabilidad del proyecto frente a rachas de viento y nevadas. El riesgo ante ambos fenómenos meteorológicos es bajo.
– Erosión y movimientos en masa: Según el Inventario Nacional de Suelos y la cartografía disponible, la erosión en la zona se corresponde con un nivel medio de 25-50 t/ha*año. En cuanto a los movimientos en masa, se clasifican en un nivel bajo-moderado. El promotor afirma que es poco probable que la degradación del suelo produzca daños en las infraestructuras. El promotor considera un riesgo «medio».
– Riesgo nuclear: La central nuclear más cercana se encuentra a más de 120 km, se determina que el peligro por accidente nuclear es muy bajo.
– Riesgo químico, emisiones y residuos peligrosos: No se esperan efectos ambientales derivados de este riesgo, ya que el diseño de los contenedores y las medidas de detección de fugas y sistema de vigilancia in situ minimizan el riesgo.
– Gasoductos y oleoductos: El gasoducto más cercano se encuentra a 200 m. El promotor considera un riesgo «bajo».
– Riesgo por transporte de mercancías peligrosas: Según el Portal de Mapas de Castilla-La Mancha, en las inmediaciones del ámbito de estudio se encuentra la autovía AP-41 a 4,3 km, la carretera CM-41 a 4,4 km y la línea ferroviaria Madrid-Puertollano a 5,5 km. El promotor indica que la distancia a estas infraestructuras sería suficiente para no producirse efectos inmediatos como daños físicos directos en el parque de baterías, por lo que considera un riesgo «bajo».
El Servicio de Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha identifica riesgos significativos en materia de protección civil, concretamente el riesgo de inundaciones en el río Tajo a su paso por Borox y en el arroyo Guatén en Yeles y Numancia de la Sagra. También, identifica posibles riesgos radiológicos en el municipio de Borox. Finalmente, señala que no se aprecian riesgos destacables por sismicidad, incendios forestales, meteorología adversa ni transporte de mercancías peligrosas. Como medidas preventivas señala la necesidad de respetar y cumplir los planes de protección civil de Castilla-La Mancha (como el PRICAM para inundaciones o el RADIOCAM para riesgo radiológico), elaborar un plan de autoprotección de acuerdo con la Norma Básica de Autoprotección y activar los correspondientes planes de emergencia municipales y regionales, cuando sea necesario.
El promotor contempla la elaboración de un plan de autoprotección frente a incendios y un protocolo de actuación ante derrames.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (con base en el análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y/o catástrofes naturales, la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previa autorización del proyecto.
C.11 Programa de vigilancia ambiental.
El documento ambiental incluye el seguimiento de los diferentes factores evaluados, con el objetivo de controlar la correcta ejecución y eficacia de las medidas previstas en el proyecto, comprobar la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas, detectar los impactos no previstos y prever las medidas adecuadas para reducirlos.
A continuación, se destacan algunas de las actuaciones de seguimiento más relevantes:
– Inspección visual de las instalaciones auxiliares y el parque de maquinaria para prevenir y detectar posibles derrames accidentales de hidrocarburos o aceites.
– Inspección visual del estado de los cauces del entorno y de las obras de drenaje proyectadas.
– Vigilancia de los márgenes de los cauces, que no sean empleados en ningún caso como zonas de acopio de materiales ni como áreas de lavado de maquinaria.
– Prospección de la zona de obras por parte de personal especializado, de manera previa al inicio de los trabajos, para descartar la presencia de flora amenazada y localizar posibles nidos o madrigueras.
– Seguimiento del calendario de obras, evitando desbroces y movimientos de tierra durante el periodo reproductor de la fauna, especialmente del 1 de marzo al 31 de agosto.
– Control y supervisión arqueológica directa y permanente, por un arqueólogo autorizado, de la totalidad de los movimientos de tierra generados por la obra.
– Controles acústicos trimestrales, durante la fase de explotación, en las inmediaciones del parque de baterías para certificar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica.
– Evaluación trimestral del terreno para detectar la posible aparición de procesos erosivos o escorrentías hídricas no controladas.
– Verificación de la estanqueidad y el correcto estado de conservación de los fosos impermeabilizados diseñados para la recogida del aceite dieléctrico situados bajo los transformadores.
– Monitorización de la efectividad de la restauración vegetal, con especial intensidad durante los tres primeros años de funcionamiento, garantizando el aporte hídrico necesario para el arraigo de las plantaciones, exigiendo la reposición de ejemplares si el porcentaje de marras supera el 20 % y asegurando visualmente que las áreas sembradas alcancen y mantengan una cobertura herbácea mínima del 90 %.
D. Prescripciones adicionales:
Del análisis técnico realizado por el órgano ambiental, se desprende que es necesario añadir al proyecto las siguientes prescripciones adicionales que el promotor deberá cumplir e integrar en el proyecto, junto con las demás medidas preventivas y correctoras contempladas en el documento ambiental y demás documentación complementaria generada. Ello no le exime de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales, que resulten legalmente exigibles, ni del cumplimiento de la legislación ambiental vigente.
1. En caso de que de los estudios acústicos preoperacionales y de funcionamiento se desprendan valores que se encuentran por encima de la legislación vigente, se deberán establecer medidas correctoras que permitan cumplir los umbrales establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Fundamentos de Derecho
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece en el apartado segundo del artículo 7 los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la citada norma.
El procedimiento se regula en los artículos 45 y siguientes de la ley de evaluación ambiental y, así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III de la citada norma.
El proyecto «Módulo de almacenamiento Mulhacén solar, que hibrida la planta fotovoltaica Mulhacén Solar, y su infraestructura de evacuación, ubicada en la provincia de Toledo» se encuentra encuadrado en el apartado n) «Almacenamiento energético stand-alone a través de baterías electroquímicas o con cualquier tecnología de carácter hibridado con instalaciones de energía eléctrica» del grupo 4 «Industria energética» del anexo II de la ley de evaluación ambiental.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental,
Esta Dirección General resuelve de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Módulo de almacenamiento Mulhacén solar, que hibrida la planta fotovoltaica Mulhacén Solar, y su infraestructura de evacuación, ubicada en la provincia de Toledo», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5 del artículo 47 de la ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 3 de junio de 2026.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.