← Volver al listado del 2 de junio
Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de financiación del instrumento de garantías agrarias FEADER 2023-2027 con Madrid

BOE-A-2026-11835 — 2 de junio de 2026

Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E, por el que se establece el acuerdo de financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera Feader 2023-2027.

📅 2 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 📄 36 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se publica el convenio entre el Ministerio de Agricultura, la Comunidad de Madrid y SAECA para establecer un instrumento financiero de garantías destinado a facilitar el acceso al crédito del sector agrario madrileño. El instrumento, dotado con 1 millón de euros de gasto público total (230.000€ FEADER), proporcionará avales para préstamos dirigidos a inversiones productivas, modernización de explotaciones, transformación agroalimentaria y establecimiento de jóvenes agricultores. La gestión centralizada permite optimizar recursos y reducir riesgos para las entidades financieras que concedan los préstamos subyacentes.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece el marco de colaboración para la gestión del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera (IFGC-G) del FEADER 2023-2027
  • A quién afecta:
    • Explotaciones agrarias y forestales de la Comunidad de Madrid
    • Jóvenes agricultores
    • Industrias agroalimentarias
    • Cooperativas agrarias
    • Entidades financieras que concedan préstamos al sector
  • Ámbito territorial: Exclusivamente la Comunidad de Madrid

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura del instrumento

  • Gestión: SAECA actúa como intermediario financiero ejecutor
  • Productos: Garantías para préstamos destinados a financiación rural
  • Intervenciones cubiertas:
    • Inversiones productivas con objetivos climáticos y ambientales
    • Modernización de explotaciones agrarias
    • Transformación y comercialización agroalimentaria
    • Establecimiento de jóvenes agricultores

Dotación financiera

  • Total: 1.000.000€ de gasto público
  • FEADER: 230.000€ (23%)
  • Distribución por intervenciones: Desde 50.000€ (transformación ambiental) hasta 450.000€ (modernización)

Gestión operativa

  • Cuentas fiduciarias: Separadas para desembolsos, subvenciones, reserva y gestión
  • Consejo de Inversión: Órgano de gobierno con representantes de las tres partes
  • Combinación de ayudas: Posibilidad de combinar garantías con bonificaciones de intereses

Obligaciones principales

  • SAECA: Selección de entidades financieras, gestión de garantías, informes operativos
  • Madrid: Aportación de fondos, selección de destinatarios finales
  • MAPA: Supervisión, coordinación y seguimiento del instrumento

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras la inscripción del convenio (firmado el 5 de mayo de 2026)
  • Vigencia: Periodo 2023-2027 del PEPAC
  • Plazos clave:
    • 6 meses: Constitución del Consejo de Inversión
    • Anual: Informes operativos y financieros (antes del 15 de febrero)
    • 8 años post-finalización: Periodo mínimo de reutilización de recursos recuperados

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el sector agrario madrileño

  • Acceso facilitado al crédito: Reducción de garantías exigidas por entidades financieras
  • Sectores beneficiados: Agricultura, ganadería, industria agroalimentaria, jóvenes agricultores
  • Tipos de inversión: Modernización, mejora ambiental, transformación, capital circulante

Para entidades financieras

  • Reducción del riesgo: Las garantías públicas cubren parte del riesgo crediticio
  • Proceso de selección: Deben ser seleccionadas por SAECA según criterios de solvencia y capacidad
  • Obligaciones: Cumplimiento de acuerdos operativos y controles específicos

Para la administración

  • Efecto multiplicador: Los fondos públicos movilizan mayor volumen de inversión privada
  • Control y seguimiento: Sistema de auditorías y controles multinivel
  • Reutilización: Los recursos recuperados se reinvierten en nuevas operaciones

Nota importante: Los interesados deben dirigirse a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de Madrid para conocer los procedimientos específicos de acceso al instrumento.

Generado el 02/06/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.