Emplazamiento judicial en recurso contra Instituciones Penitenciarias
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias publica un emplazamiento judicial para notificar a todas las personas que puedan tener interés en un recurso contencioso-administrativo interpuesto por Luis Ángel Aparicio García. El recurso impugna una resolución desestimatoria de un recurso de reposición previo. Los interesados disponen de nueve días para personarse en el procedimiento judicial.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Cumplimiento del trámite de emplazamiento judicial ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
- A quién afecta:
- Personas físicas o jurídicas que puedan tener interés legítimo en el procedimiento judicial 1210/2026
- Terceros que pudieran verse afectados por la resolución administrativa impugnada
- Ámbito territorial: Comunidad de Madrid (competencia del TSJ de Madrid)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
- Procedimiento judicial: Recurso contencioso-administrativo ordinario 1210/2026 ante la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid
- Demandante: Luis Ángel Aparicio García
- Acto impugnado: Resolución de 8 de noviembre de 2025 que desestimó un recurso de reposición
- Finalidad del emplazamiento: Permitir la personación de terceros interesados en el procedimiento judicial
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Publicación: 20 de mayo de 2026
- Plazo crítico: 9 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución
- Fecha límite: Los interesados deben personarse antes del vencimiento del plazo de nueve días
- No hay régimen transitorio: Es un acto de trámite procesal con efectos inmediatos
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para potenciales interesados:
- Deben evaluar si tienen interés legítimo en el resultado del procedimiento judicial
- Si consideran que la resolución administrativa les afecta, pueden personarse como parte en el proceso
- Necesitan actuar con urgencia dado el breve plazo de nueve días
- Deben dirigirse directamente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, no a Instituciones Penitenciarias
Consecuencias de no actuar:
- Pérdida de la oportunidad de defender sus intereses en el procedimiento
- Imposibilidad posterior de alegar indefensión por falta de conocimiento del proceso