← Volver al listado del 20 de mayo
Resolución III. Otras disposiciones

Evaluación ambiental de proyecto de abastecimiento de agua en Cabezuela del Valle

BOE-A-2026-10868 — 20 de mayo de 2026

Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Construcción para la mejora del abastecimiento a localidades con altas demandas estacionales y potencial turístico: Cabezuela del Valle (Términos municipales de Cabezuela del Valle y Navaconcejo, Cáceres)».

📅 20 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 10 páginas
📖 Te quedan 2 consultas gratuitas. Créate una cuenta gratis para seguir consultando sin límites.

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental determina que el proyecto de mejora del abastecimiento de agua para Cabezuela del Valle (Cáceres) debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria por sus efectos adversos significativos sobre el medio ambiente. El proyecto incluye la construcción de una balsa de 80.613 m³ y modificará sustancialmente el régimen de extracciones de agua de las gargantas de la Luz y de los Infiernos. La resolución identifica incompatibilidades con la normativa de protección de espacios naturales y especies amenazadas.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Evaluación ambiental simplificada de un proyecto de infraestructura hidráulica para mejorar el abastecimiento de agua potable
  • A quién afecta:
    • Ayuntamiento de Cabezuela del Valle y Navaconcejo (Cáceres)
    • Aguas de las Cuencas de España (ACUAES) como promotor
    • Población local y sector turístico de la zona
    • Espacios naturales protegidos (ZEC Ríos Alagón y Jerte, ZEC Sierra de Gredos y Valle del Jerte)
  • Ámbito territorial: Términos municipales de Cabezuela del Valle y Navaconcejo (Cáceres), en la demarcación hidrográfica del río Tajo

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Infraestructura proyectada: Balsa de almacenamiento de 80.613 m³, estación de bombeo flotante, planta solar fotovoltaica de 60 kWp, conducciones de entrada y salida, y línea eléctrica aérea de 405 m
  • Cambio en el régimen de extracciones: Cese de extracciones en verano (junio-septiembre) pero incremento drástico en otros meses, especialmente noviembre-diciembre en la garganta de la Luz (10 veces superior a las actuales)
  • Problemas identificados:
    • Incompatibilidad con caudales máximos establecidos para la garganta de los Infiernos (5,6 l/s)
    • Posible deterioro de masas de agua y espacios protegidos
    • Afección potencial al desmán ibérico, especie en peligro de extinción
    • Conflicto con el Plan de Gestión de la ZEC Ríos Alagón y Jerte

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de publicación: 7 de mayo de 2026
  • Efectos inmediatos: El proyecto debe someterse obligatoriamente a evaluación de impacto ambiental ordinaria antes de poder ejecutarse
  • Plazos: No se establecen plazos específicos, pero el promotor deberá iniciar el procedimiento ordinario de evaluación ambiental
  • Recursos: El informe no es recurrible independientemente, solo junto con la eventual autorización del proyecto

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el promotor (ACUAES):

  • Debe iniciar un procedimiento de evaluación ambiental ordinaria más complejo y prolongado
  • Necesidad de presentar un estudio de impacto ambiental completo
  • Posible rediseño del proyecto para resolver las incompatibilidades detectadas

Para los ayuntamientos afectados:

  • Retraso en la solución al problema de abastecimiento estacional
  • Necesidad de regularizar las concesiones de agua existentes
  • Búsqueda de alternativas para atender la demanda turística estival

Para el sector turístico local:

  • Incertidumbre sobre la disponibilidad futura de agua en temporada alta
  • Posible impacto en la planificación de actividades turísticas estacionales

Para la conservación ambiental:

  • Protección reforzada de especies amenazadas como el desmán ibérico
  • Mantenimiento de los caudales ecológicos en espacios naturales protegidos
  • Necesidad de compatibilizar desarrollo local con conservación ambiental
Generado el 20/05/2026 05:50 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.