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Resolución III. Otras disposiciones

Prórroga del convenio entre Turespaña y AENA para desarrollo de conectividad aérea

BOE-A-2026-10865 — 20 de mayo de 2026

Resolución de 14 de mayo de 2026, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con AENA, S.M.E., SA, para la cooperación en materia de desarrollo de la conectividad aérea en España y el intercambio de información y realización de acciones de investigación de la demanda.

📅 20 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO 📄 2 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica la prórroga por cuatro años adicionales (hasta 2030) del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y AENA para el desarrollo de la conectividad aérea en España. El acuerdo permite continuar con las acciones conjuntas de investigación de demanda turística y mejora de las conexiones aéreas. La prórroga mantiene los términos del convenio original suscrito en 2022 y refuerza la cooperación público-privada en el sector turístico y aeroportuario.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Prórroga de un convenio de colaboración para el desarrollo de la conectividad aérea y acciones de investigación de la demanda turística
  • A quién afecta:
    • Instituto de Turismo de España (Turespaña)
    • AENA S.M.E., S.A.
    • Sector turístico y aeroportuario español
    • Indirectamente, aerolíneas y operadores turísticos
  • Ámbito territorial: España (red aeroportuaria nacional)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Prórroga temporal: Extensión del convenio original por 4 años adicionales (hasta el 5 de junio de 2030)
  • Objeto de colaboración:
    • Desarrollo de la conectividad aérea en España
    • Intercambio de información entre ambas entidades
    • Realización de acciones conjuntas de investigación de la demanda turística
  • Partes firmantes:
    • Rosario Sánchez Grau (Presidenta de Turespaña)
    • Maurici Lucena Betriu (Presidente-Consejero Delegado de AENA)
  • Continuidad: Mantiene todos los términos y condiciones del convenio original de 2022

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Perfeccionamiento: La adenda se perfecciona el día de su firma (6 de mayo de 2026)
  • Eficacia: Será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
  • Vigencia: Hasta el 5 de junio de 2030
  • Publicación: Obligatoria en el BOE según el artículo 48.8 de la Ley 40/2015

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el sector turístico:

  • Continuidad en las políticas de promoción de conectividad aérea
  • Mantenimiento de programas de investigación sobre demanda turística
  • Estabilidad en la cooperación institucional para el desarrollo del turismo

Para AENA y aeropuertos:

  • Prolongación de la colaboración con Turespaña en estrategias de conectividad
  • Continuidad en el intercambio de datos y análisis de mercado
  • Apoyo institucional para el desarrollo de nuevas rutas aéreas

Para aerolíneas y operadores:

  • Previsibilidad en las políticas de apoyo a la conectividad aérea
  • Posibles beneficios derivados de las acciones conjuntas de promoción
  • Estabilidad en el marco de colaboración público-privada del sector

La prórroga garantiza la continuidad de una alianza estratégica clave para el fortalecimiento del hub aeroportuario español y la competitividad del destino turístico nacional.

Generado el 20/05/2026 05:49 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.