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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10863 – 20 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo por el que se aprueba la tabla salarial para el año 2026 del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E.

📅 20 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 3 páginas

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Resumen

Actualización salarial 2026 para trabajadores de la Compañía Española de Tabaco

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica la tabla salarial para 2026 del X Convenio colectivo de CETARSA (Compañía Española de Tabaco en Rama). Esta actualización establece los nuevos salarios anuales y mensuales para todas las categorías profesionales de la empresa, así como la cuantía actualizada de complementos salariales como trienios y pluses de asistencia y actividad. El acuerdo fue suscrito por la Comisión Paritaria del convenio el 12 de enero de 2026 y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Actualización de las retribuciones salariales para el año 2026 del personal de CETARSA
  • A quién afecta:
    • Trabajadores de la Compañía Española de Tabaco en Rama, S.A., S.M.E.
    • Empresa CETARSA
    • Representantes sindicales y Comisión Paritaria del convenio
  • Ámbito territorial: Nacional, aplicable a todos los centros de trabajo de CETARSA

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Tabla Salarial 2026

  • Categoría mejor retribuida: Técnico de Compra (39.693,36 € anuales / 2.835,24 € mensuales)
  • Categoría con menor retribución: Operario (17.018,12 € anuales / 1.215,58 € mensuales)
  • Rango salarial: Entre 17.018,12 € y 39.693,36 € anuales

Complementos Salariales Actualizados

  • Trienios: 43,01 € (artículo 38 del convenio)
  • Plus de Asistencia y Puntualidad: 4,59 € (artículo 41)
  • Plus de Actividad: 1,66 € (artículo 42)

Categorías Profesionales Incluidas

La tabla abarca desde puestos operativos (operarios, limpiadores) hasta técnicos especializados y supervisores en áreas de producción, mantenimiento, administración e I+D.

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Efectos retroactivos: Desde el 1 de enero de 2026
  • Fecha de suscripción del acuerdo: 12 de enero de 2026
  • Publicación en BOE: 7 de mayo de 2026
  • Vigencia: Durante todo el año 2026, conforme al artículo 39 del X Convenio Colectivo

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para la Empresa (CETARSA)

  • Debe aplicar las nuevas retribuciones con efectos desde enero 2026
  • Obligación de abonar diferencias salariales desde enero hasta la fecha de aplicación efectiva
  • Actualización de nóminas y sistemas de gestión salarial

Para los Trabajadores

  • Derecho a percibir los nuevos salarios establecidos según su categoría profesional
  • Cobro retroactivo de las diferencias salariales desde enero 2026
  • Actualización automática de complementos salariales (trienios y pluses)

Para el Sector

  • Referencia salarial para el sector tabacalero español
  • Base para futuras negociaciones colectivas en empresas del sector
  • Cumplimiento de la obligación legal de revisión salarial anual prevista en el convenio

Nota importante: Los salarios se presentan en términos brutos anuales y mensuales, siendo aplicables las retenciones fiscales y cotizaciones sociales correspondientes.

Generado el 20/05/2026 05:48 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.