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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10859 – 20 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo de International Mail Spain, SL.

📅 20 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 7 páginas
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Resumen

Modificación del convenio colectivo de International Mail Spain con medidas LGTBI

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica la modificación parcial del convenio colectivo de International Mail Spain, SL, que actualiza las tablas salariales para 2026, mejora las condiciones de teletrabajo y permisos médicos, y establece un conjunto integral de medidas para garantizar la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral. Esta modificación representa un avance significativo en derechos laborales y diversidad empresarial.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Modificación de seis artículos del convenio colectivo de International Mail Spain, SL e incorporación de nuevas medidas LGTBI
  • A quién afecta:
    • Trabajadores de International Mail Spain, SL en centros de Coslada (Madrid) y Girona
    • Representación sindical (FETICO)
    • Dirección empresarial
  • Ámbito territorial: Estatal (centros de trabajo en Madrid y Girona)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Modificaciones salariales y laborales:

  • Nuevas tablas salariales 2026: Grupo A (39.913,68€), Grupo B (29.626,65€), Grupo C (19.339,62€), Grupo D (18.516,65€)
  • Horas extraordinarias: Incremento del 25% sobre la hora ordinaria si no se compensan con descanso
  • Complemento de teletrabajo: 51,44€ mensuales para trabajadores con más del 30% de jornada en esta modalidad
  • Permisos médicos: Hasta 12 horas retribuidas anuales para consultas médicas
  • Permisos parentales: Actualización conforme a la normativa vigente (19 semanas por progenitor, 32 en monoparentalidad)

Medidas LGTBI (nuevo artículo 40 bis):

  • Principio de no discriminación por orientación sexual, identidad de género o características sexuales
  • Igualdad en acceso al empleo y promoción profesional
  • Formación obligatoria en diversidad LGTBI para toda la plantilla
  • Entornos laborales seguros con tolerancia cero a comportamientos LGTBIfóbicos
  • Régimen disciplinario específico para conductas discriminatorias (falta muy grave)
  • Protocolo de actuación contra acoso y violencia LGTBI

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de entrada en vigor: 7 de mayo de 2026 (fecha de la resolución)
  • Acuerdo firmado: 23 de febrero de 2026
  • Subsanación definitiva: 4 de mayo de 2026
  • Plazos relevantes: Las empresas deben implementar las medidas LGTBI y desarrollar el protocolo de actuación contra el acoso

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para la empresa:

  • Debe aplicar las nuevas tablas salariales y complementos desde 2026
  • Obligación de desarrollar un protocolo específico contra el acoso LGTBI
  • Implementar formación en diversidad para toda la plantilla
  • Adaptar procesos de selección y promoción a criterios no discriminatorios

Para los trabajadores:

  • Incremento salarial según grupo profesional
  • Mejores condiciones para teletrabajo y permisos médicos
  • Mayor protección contra discriminación por orientación sexual e identidad de género
  • Acceso a formación específica en diversidad LGTBI

Para el sector:

  • Establece un precedente en la incorporación integral de medidas LGTBI en convenios colectivos
  • Modelo de referencia para otras empresas del sector postal y logístico
Generado el 20/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.