Convenio para gestión de depuradora en Torre de Miguel Sesmero
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Confederación Hidrográfica del Guadiana publica un convenio firmado el 24 de abril de 2026 entre el Ministerio para la Transición Ecológica, el Consorcio Promedio y la propia Confederación para la gestión de infraestructuras de saneamiento y depuración de aguas en Torre de Miguel Sesmero (Badajoz). El acuerdo permite que Promedio se haga cargo de la explotación y mantenimiento de estas instalaciones declaradas de interés general del Estado. Este convenio forma parte de un plan más amplio que abarca 14 poblaciones extremeñas con una inversión próxima a 140 millones de euros.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Establece el régimen de explotación, conservación y mantenimiento de la infraestructura de saneamiento y depuración de aguas residuales en Torre de Miguel Sesmero
- A quién afecta:
- Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
- Consorcio Promedio (gestor de servicios medioambientales de la Diputación de Badajoz)
- Ciudadanos del municipio que se beneficiarán del servicio de depuración
- Empresas del sector del agua y medio ambiente
- Ámbito territorial: Municipio de Torre de Miguel Sesmero, provincia de Badajoz, cuenca del Guadiana
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Distribución de responsabilidades:
- El Estado (MITERD-CHG): Mantiene la titularidad de las instalaciones, facilita documentación técnica, supervisa el funcionamiento y conserva derechos de inspección
- Promedio: Asume la explotación, mantenimiento preventivo y correctivo, control de vertidos, obtención de licencias y costes de funcionamiento
Aspectos técnicos clave:
- Período inicial de 12 meses de puesta en marcha a cargo de la empresa constructora
- Control de calidad de efluentes según especificaciones del proyecto
- Necesidad de autorización previa para cualquier modificación de las instalaciones
- Responsabilidad del Estado por defectos de construcción durante 10 años
Gobernanza:
- Comisión Mixta de Seguimiento con 6 miembros (2 por cada parte)
- Reuniones mínimas anuales y convocatorias extraordinarias cuando sea necesario
- Presidencia rotatoria anual entre las partes
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: 28 de abril de 2026 (fecha de inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación)
- Duración del convenio: 12 años, prorrogables por otros 12 años con acuerdo unánime
- Plazo de explotación inicial: 12 meses a cargo de la empresa constructora antes del traspaso a Promedio
- Responsabilidad por defectos: 10 años desde la construcción
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero:
- Debe haber delegado previamente en Promedio la competencia municipal de depuración de aguas
- Se beneficia de una gestión profesionalizada sin asumir costes directos de explotación
Para los ciudadanos:
- Mejora significativa en el tratamiento de aguas residuales y protección ambiental
- Cumplimiento de las directivas europeas de saneamiento
- Posible repercusión en las tasas municipales de saneamiento
Para Promedio:
- Asume todos los costes de explotación y mantenimiento
- Debe contratar suministros eléctricos y otros servicios necesarios
- Responsabilidad civil por daños derivados del mal uso de las instalaciones
- Obligación de obtener licencias y permisos necesarios
Para el sector:
- Modelo de colaboración público-privada en gestión de infraestructuras hidráulicas
- Referencia para futuros convenios en las otras 13 poblaciones extremeñas incluidas en el plan