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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de cooperación técnica internacional entre FIAP e INE

BOE-A-2026-10086 — 9 de mayo de 2026

Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio marco entre la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas, F.S.P., y el Instituto Nacional de Estadística, O.A., para coordinar esfuerzos y viabilizar la cooperación conjunta en materias de interés común.

📅 9 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 8 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se publica un convenio marco entre la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas (FIAP) y el Instituto Nacional de Estadística (INE) para establecer un marco de colaboración en proyectos de cooperación técnica internacional. El acuerdo permite coordinar esfuerzos en áreas como formación, asistencia técnica y intercambio de experiencias en materias estadísticas y de desarrollo institucional. El convenio tiene una duración de cuatro años prorrogables y no implica compromisos económicos iniciales.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece un marco general de colaboración entre FIAP e INE para proyectos de cooperación técnica internacional
  • A quién afecta:
    • Administraciones públicas españolas participantes en proyectos internacionales
    • Países beneficiarios de cooperación española en materia estadística
    • Expertos y técnicos de ambas instituciones
  • Ámbito territorial: Nacional con proyección internacional en países donde opera la cooperación española

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Marco de colaboración en desarrollo económico, medioambiente, digitalización, cohesión social, administraciones públicas, seguridad, justicia y migraciones
  • Actividades previstas: formación, asistencia técnica, congresos, seminarios, visitas de estudio, intercambio de experiencias y elaboración de publicaciones
  • Desarrollo mediante convenios específicos que detallarán actuaciones concretas, financiación y compromisos específicos
  • Comisión de Seguimiento paritaria con representantes de ambas instituciones para supervisar la ejecución
  • Régimen de confidencialidad y protección de datos, especialmente del secreto estadístico del INE
  • Titularidad común de resultados con licencia de uso universal para ambas partes
  • Compromiso con derechos humanos y cumplimiento ético en todas las actuaciones

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (plazo de 5 días hábiles desde formalización)
  • Duración: 4 años desde la entrada en vigor
  • Prórroga: Posible por otros 4 años mediante acuerdo expreso
  • Constitución de la Comisión de Seguimiento: Máximo 1 mes desde la entrada en vigor
  • Publicación en BOE: Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la formalización

5. IMPACTO PRÁCTICO

  • Para las instituciones firmantes: Facilita la participación conjunta en proyectos de cooperación internacional y optimiza el uso de recursos públicos especializados
  • Para expertos y técnicos: Nuevas oportunidades de participación en misiones internacionales de asistencia técnica en materia estadística
  • Para países beneficiarios: Acceso a expertise español combinado en estadística oficial y gestión de administraciones públicas
  • Para el sector de cooperación: Fortalece la capacidad española de ofrecer asistencia técnica integral en desarrollo institucional
  • Consideraciones operativas: Los proyectos específicos requerirán convenios adicionales que definan financiación, compromisos concretos y tratamiento de datos personales según normativa de protección de datos
Generado el 09/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.