Convenio de prácticas formativas entre IES Almina y Paradores de España
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica un convenio entre el Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta y Paradores de Turismo de España para desarrollar estancias formativas de alumnado de Formación Profesional. El acuerdo permite que estudiantes de ciclos básico, medio y superior realicen prácticas en centros de Paradores sin relación laboral. El Ministerio de Educación asume los costes de Seguridad Social del alumnado participante.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Establece el marco de colaboración para estancias formativas de estudiantes de FP en empresas del sector turístico
- A quién afecta:
- Alumnado de Formación Profesional del IES Almina (Ceuta)
- Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A.
- Profesorado y tutores duales
- Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
- Ámbito territorial: Ciudad Autónoma de Ceuta, con posible extensión a centros de Paradores en territorio nacional
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Estructura formativa
- Planes de formación individualizados acordados entre centro educativo y empresa
- Tutorización dual: un tutor del centro educativo y otro de Paradores
- Sin relación laboral: las prácticas no generan vínculo contractual con la empresa
- Evaluación conjunta del proceso formativo por ambos tutores
Obligaciones de Paradores
- Facilitar acceso a instalaciones para supervisión educativa
- Proporcionar equipos de protección cuando sea necesario
- Cumplir normativa de prevención de riesgos laborales
- Informar a representación de trabajadores sobre el programa
Obligaciones del alumnado
- Cumplir horarios y normas de la empresa
- Mantener confidencialidad absoluta
- Firmar compromiso de protección de datos
- Autorización parental si es menor de edad
Gestión económica
- Sin coste para Paradores: el convenio no implica obligaciones económicas mutuas
- Seguridad Social: asumida por el Ministerio de Educación (estimado máximo 150.000€ por Dirección Provincial)
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Fecha de formalización: 4 de marzo de 2026
- Vigencia: Hasta el 31 de agosto siguiente a su inscripción en el REOICO
- Eficacia: Una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
- Publicación: Obligatoria en el BOE según art. 48.8 de la Ley 40/2015
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para centros educativos de FP
- Deben establecer Comisiones de Seguimiento con representantes de ambas partes
- Necesario designar tutores duales cualificados para cada estudiante
- Obligación de coordinar calendarios académicos con horarios empresariales
Para empresas del sector turístico
- Modelo replicable para otras empresas que quieran colaborar en FP dual
- Responsabilidad en prevención de riesgos laborales para estudiantes en prácticas
- Necesidad de formar a personal como tutores empresariales
Para estudiantes de FP
- Oportunidades reales de formación en empresa líder del sector turístico
- Protección social garantizada durante las prácticas
- Obligaciones estrictas de confidencialidad y profesionalidad
Para el sistema educativo
- Fortalecimiento del modelo de FP dual en territorios con competencias estatales
- Precedente para convenios similares con otras empresas públicas
- Inversión pública en empleabilidad juvenil del sector turístico