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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10098 – 9 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, para el desarrollo de estancias formativas.

📅 9 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 9 páginas

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Resumen

Convenio de prácticas formativas entre IES Almina y Paradores de España

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica un convenio entre el Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta y Paradores de Turismo de España para desarrollar estancias formativas de alumnado de Formación Profesional. El acuerdo permite que estudiantes de ciclos básico, medio y superior realicen prácticas en centros de Paradores sin relación laboral. El Ministerio de Educación asume los costes de Seguridad Social del alumnado participante.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece el marco de colaboración para estancias formativas de estudiantes de FP en empresas del sector turístico
  • A quién afecta:
    • Alumnado de Formación Profesional del IES Almina (Ceuta)
    • Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A.
    • Profesorado y tutores duales
    • Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
  • Ámbito territorial: Ciudad Autónoma de Ceuta, con posible extensión a centros de Paradores en territorio nacional

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura formativa

  • Planes de formación individualizados acordados entre centro educativo y empresa
  • Tutorización dual: un tutor del centro educativo y otro de Paradores
  • Sin relación laboral: las prácticas no generan vínculo contractual con la empresa
  • Evaluación conjunta del proceso formativo por ambos tutores

Obligaciones de Paradores

  • Facilitar acceso a instalaciones para supervisión educativa
  • Proporcionar equipos de protección cuando sea necesario
  • Cumplir normativa de prevención de riesgos laborales
  • Informar a representación de trabajadores sobre el programa

Obligaciones del alumnado

  • Cumplir horarios y normas de la empresa
  • Mantener confidencialidad absoluta
  • Firmar compromiso de protección de datos
  • Autorización parental si es menor de edad

Gestión económica

  • Sin coste para Paradores: el convenio no implica obligaciones económicas mutuas
  • Seguridad Social: asumida por el Ministerio de Educación (estimado máximo 150.000€ por Dirección Provincial)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de formalización: 4 de marzo de 2026
  • Vigencia: Hasta el 31 de agosto siguiente a su inscripción en el REOICO
  • Eficacia: Una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
  • Publicación: Obligatoria en el BOE según art. 48.8 de la Ley 40/2015

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para centros educativos de FP

  • Deben establecer Comisiones de Seguimiento con representantes de ambas partes
  • Necesario designar tutores duales cualificados para cada estudiante
  • Obligación de coordinar calendarios académicos con horarios empresariales

Para empresas del sector turístico

  • Modelo replicable para otras empresas que quieran colaborar en FP dual
  • Responsabilidad en prevención de riesgos laborales para estudiantes en prácticas
  • Necesidad de formar a personal como tutores empresariales

Para estudiantes de FP

  • Oportunidades reales de formación en empresa líder del sector turístico
  • Protección social garantizada durante las prácticas
  • Obligaciones estrictas de confidencialidad y profesionalidad

Para el sistema educativo

  • Fortalecimiento del modelo de FP dual en territorios con competencias estatales
  • Precedente para convenios similares con otras empresas públicas
  • Inversión pública en empleabilidad juvenil del sector turístico
Generado el 09/05/2026 05:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.