Resolución 560/38042/2015, de 17 de abril, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delega en el Director de Asistencia al Personal la competencia para expedir las autorizaciones a que se refiere el artículo 117 del Reglamento de Armas.

Vigente Resolución Estatal
BOE:
BOE-A-2015-5606
Número oficial:
560/38042/2015
Publicación:
21/05/2015
Entrada en vigor:
22/05/2015
Última actualización:
19/12/2025
Departamento:
Ministerio de Defensa

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 21/05/2015»


La Orden Ministerial 81/1993, de 29 de julio («Boletín Oficial de Defensa» número 154), por la que se aprueban las instrucciones para la aplicación del Reglamento de Armas en las Fuerzas Armadas, atribuye en su apartado 1.1 al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, dentro de su ámbito de competencias, la expedición de las autorizaciones a que se refiere el artículo 117 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 55), por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

A fin de conseguir una mayor eficacia y agilidad administrativa, mediante Resolución 101/2001, de 25 de abril («Boletín Oficial de Defensa» número 111), el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra delegó la citada competencia en el Jefe del Mando de Personal.

Sin embargo, atendiendo a la actual estructura orgánica del Mando de Personal, parece oportuno derogar la mencionada resolución, delegando la referida competencia en el Director de Asistencia al Personal.

En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa aprobación del Ministro de Defensa, conforme exige la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

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Primero. Delegación de competencias.

Se delega en el Director de Asistencia al Personal la competencia de expedir las autorizaciones a que se refiere el artículo 117 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 55), por el que se aprueba el Reglamento de Armas, que se otorga al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra en el apartado 1.1 del anexo a la Orden 81/1993, de 29 de julio («Boletín Oficial de Defensa» número 154), por la que se aprueban las Instrucciones para la aplicación del Reglamento de Armas en las Fuerzas Armadas, en el ámbito de su competencia.

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Segundo. Resoluciones administrativas.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la apartado anterior indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma la expresión «Por delegación», con referencia esta resolución.

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Tercero. Avocación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante acuerdo motivado, el General Jefe de Estado Mayor del Ejército podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto de la delegación que se otorga en la presente resolución.

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Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Resolución 101/2001, de 25 de abril («Boletín Oficial de Defensa» número 111), del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra.

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Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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Madrid, 17 de abril de 2015.–El General Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Jaime Domínguez Buj.

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