Reglamento nº 54/65/CEE de la Comisión, de 7 de abril de 1965, relativo a la no fijación del montante suplementario para los huevos polacos.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-X-1965-60012
Número oficial:
DOUE-X-1965-60012
Publicación:
08/04/1965
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

Visto el Reglamento n º 21 por el que se establece gradualmente una organizacion comun de mercados en el sector de los huevos (1) y, en particular, el apartado 4 de su articulo 6,

Visto el Reglamento n º 109 de la Comision relativo a la fijacion del importe suplementario previsto en el articulo 7 del Reglamento n º 20 del Consejo y en el articulo 6 de los Reglamentos n º 21 y 22 del Consejo (2) y, en particular, el parrafo tercero de su articulo 4,

Considerando que, con objeto de evitar en los intercambios de productos regidos por el Reglamento n º 21 perturbaciones debidas a ofertas procedentes de terceros paises efectuadas a precios inferiores a los precios de esclusa, las exacciones reguladoras fijadas en virtud de lo dispuesto en el articulo 4 del Reglamento n º 21, y reducidas, en su caso, con arreglo al articulo 5 de dicho Reglamento deben aumentarse en todos los Estados miembros en un montante suplementario que corresponda a la diferencia entre el precio de oferta franco frontera y el precio de esclusa;

Considerando que, no obstante, las exacciones reguladoras no deben aumentarse en dicho montante suplementario respecto de los terceros paises que estén dispuestos a garantizar, y se encuentren en condiciones de hacerlo, que a la importacion procedente de su territorio no se aplicara un precio inferior al precio de esclusa y que se evitara cualquier desviacion del trafico;

Considerando que, mediante Nota de 28 de noviembre de 1964, el Gobierno de la Republica Popular de Polonia se ha declarado dispuesto a dar dichas garantias; que velara por que los huevos de aves con cascara unicamente sean exportados a la Comunidad por mediacion de la empresa " Animex "; que los problemas relacionados con el cumplimiento de dicha declaracion de garantia se han discutido en detalle con los representantes de la Republica Popular de Polonia; que tras dichas discursiones, se puede considerar que la Republica Popular de Polonia esta en condiciones de cumplir su declaracion de garantia; que, por consiguiente, no procede fijar el montante suplementario respecto de las importaciones de huevos con cascara originarios y procedentes de la Republica Popular de Polonia;

Considerando que el Comité de gestion de la carne de aves de corral y de los huevos no ha emitido dictamen en el plazo concedido por su Presidente,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Articulo 1

Con arreglo a lo dispuesto en el parrafo segundo del apartado 3 del articulo 6 del Reglamento n º 21, las exacciones reguladoras, para las importaciones de huevos de aves de corral con cascara (subpartida del arancel aduanero comun: ex 04.05 A) originarios y procedentes de la Republica Popular de Polonia, no se aumentaran en un montante suplementario.

Articulo 2

El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 7 de abril de 1965.

Por la Comision

El Presidente

Walter HALLSTEIN

_______

(1) DO n º 30 de 20. 4. 1962, p. 953/62.

(2) DO n º 67 de 30. 7. 1962, p. 1939/62.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €