Reglamento (CEE) núm. 573/89 del Consejo, de 2 de marzo de 1989, que modifica el Reglamento (CEE) núm. 1357/80 por el que se establece un régimen de prima para el mantenimiento del censo de vacas que amamanten a sus crías, y deroga el Reglamento (CEE) núm. 1199/82

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1989-80163
Número oficial:
DOUE-L-1989-80163
Publicación:
07/03/1989
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que el 2 de abril de 1989 finaliza la aplicación de los importes de prima establecidos en el Reglamento (CEE) no 1357/80 (4), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 4132/88 (5), y en el Reglamento (CEE) no 1199/82 del Consejo, de 18 de mayo de 1982, relativo a la concesión de una prima complementaria para el mantenimiento del censo de vacas que amamanten a sus crías en Grecia, Irlanda e Irlanda del Norte (6), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 4132/88;

Considerando que es preciso fijar el importe de la prima contemplada en el Reglamento (CEE) no 1357/80 para el período que se inicia el 3 de abril de 1989;

Considerando que la situación económica específica que llevó a la introducción de la prima complementaria en Grecia, Irlanda e Irlanda del Norte no ha experimentado cambio alguno; que, por consiguiente, resulta oportuno mantener la concesión de dicha prima; que es preciso establecer el nivel de participación financiera de la Comunidad a partir del 3 de abril de 1989; que, no obstante, a fin de simplificar el procedimiento, es conveniente agrupar las disposiciones existentes al respecto en el Reglamento (CEE) no 1357/80; que, por tanto, es necesario derogar el Reglamento (CEE) no 1199/82;

Considerando que deben estar incluidos en el régimen de primas todos los productores que se dediquen a la cría de vacas nodrizas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) no 1357/80 queda modificado del siguiente modo:

1. El párrafo primero del apartado 1 del artículo 3 se sustituye por el texto siguiente:

« El importe de la prima se fija en 40 ecus por vaca nodriza que se encuentre en poder del productor el día de la presentación de la solicitud ».

2. El apartado 2 del artículo 3 se completa con el párrafo siguiente:

« En caso de que Grecia, Irlanda y el Reino Unido en lo que se refiere a Irlanda del Norte, hagan uso de la autorización a que hace referencia el párrafo primero, la Sección de Garantía del FEOGA financiará los 20 primeros ecus por vaca concedidos a los productores. ».

3. La letra a) del apartado 1 del artículo 5 se sustituye por el texto siguiente:

« a) El empresario agrícola individual, persona física o jurídica, cuya explotación se encuentre en el territorio de la Comunidad, que se dedique a la cría de animales de la especie bovina; ».

Artículo 2

Queda derogado el Reglamento (CEE) no 1199/82.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a las solicitudes presentadas a partir del 15 de junio de 1989.

(1) DO no C 300 de 25. 11. 1988, p. 14.

(2) Dictamen emitido el 17 de febrero de 1989 (no publicado aún en el Diario

Oficial).

(3) Dictamen emitido el 15 de diciembre de 1988 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(4) DO no L 140 de 5. 6. 1980, p. 1.

(5) DO no L 362 de 30. 12. 1988, p. 4.

(6) DO no L 140 de 20. 5. 1982, p. 30.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida