Reglamento (CEE) núm. 2985/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, que modifica por tercera vez el Reglamento (CEE) núm. 3882/91 por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1992 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1992-81655
Número oficial:
DOUE-L-1992-81655
Publicación:
16/10/1992
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Vistoel Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 170/83 del Consejo, de 25 de enero de 1983, por el que se constituye un régimen comunitario de conservación y de gestión de los recursos de la pesca (1) y, en particular, su artículo 11,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CEE) no 170/83, corresponde al Consejo establecer el total autorizado de capturas (TAC) por población o grupo de poblaciones de peces y la parte disponible para la Comunidad, así como las condiciones específicas en las que deben efectuarse dichas capturas; que, con arreglo al artículo 4 de dicho Reglamento, la parte disponible para la Comunidad debe ser repartida entre los Estados miembros;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3882/91 (2) fija, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los TAC de 1992 así como ciertas condiciones en las que aquéllas deben pescarse;

Considerando que la comisión mixta de pesca ruso-noruega ha acordado aumentar el TAC de bacalao ártico en 1992 de 300 000 a 356 000 toneladas; que dicho aumento es tal que permite a la Comunidad aumentar sus posibilidades de pesca en la misma proporción;

Considerando, por tanto, que el Reglamento (CEE) no 3882/91 debe ser modificado en consecuencia,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo del presente Reglamento sustituye a los elementos correspondientes del Anexo del Reglamento (CEE) no 3882/91.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 12 de octubre de 1992. Por el Consejo

El Presidente

W. WALDEGRAVE

(1) DO no L 24 de 27. 1. 1983, p. 1. Reglamento modificado por el Acta de adhesión de España y de Portugal (DO no L 302 de 15. 11. 1985, p. 1). (2) DO no L 367 de 31. 12. 1991, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 2121/92 (DO no L 213 de 29. 7. 1992, p. 5).

PARARTIMA ANEXO / BILAG / ANHANG / / ANNEX / ANNEXE / ALLEGATO / BIJLAGE / ANEXO

Especie / Art / Art / Eidos / Species /

Espèce / Specie / Soort / Espécie Zona / Omraade /

Bereich / Zoni /

Zone / Zone / Zona /

Sector / Zona TAC Estado miembro / Medlemsstat /

Mitgliedstaat / Kratos melos /

Member State / Etat membre / Stato

membro / Lid-Staat / Estado-membro Cuota / Kvote / Quote /

Posostosi / Quota /

Quota / Contingente /

Quota / Quota (1) (2) (3) (4) (5) Bacalao / Torsk / Kabeljau /

Gados / Cod / Cabillaud /

Merluzzo bianco / Kabeljauw /

Bacalhau

(Gadus morhua) II b 12 320 België/Belgique

Danmark

Deutschland

Ellada

España

France

Ireland

Italia

Luxembourg

Nederland

Portugal

United Kingdom 2 350

6 080

1 000

1 280

1 510

100 (3) (17) CEE / EOEF / EWG / EOK / EEC / EEG 12 320 (39)

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

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