Reglamento (CEE) núm. 2957/89 de la Comisión, de 29 de septiembre de 1989, por el que se fijan la producción estimada para la campaña de comercialización de 1989/90 y la producción efectiva para la campaña de comercialización de 1988/89, así como el ajuste del importe de la ayuda correspondiente a las semillas de girasol.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1989-81045
Número oficial:
DOUE-L-1989-81045
Publicación:
30/09/1989
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento no 136/66/CEE del Consejo, de 22 de septiembre de 1966, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1225/89 (2), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 27 bis,

Considerando que el artículo 32 bis del Reglamento (CEE) no 2681/83 de la Comisión, de 21 de septiembre de 1983, sobre modalidades de aplicación del régimen de la ayuda para las semillas oleaginosas (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1966/89 (4), precisa los elementos que deben determinarse en aplicación del sistema de cantidades máximas garantizadas; que es necesario fijar la producción estimada de semillas de girasol para la campaña de comercialización de 1989/90, la producción efectiva de esas semillas para la campaña de comercialización de 1988/89 y el ajuste del importe de la ayuda obtenida en función de los datos disponibles para la campaña de comercialización de 1989/90;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La producción estimada de semillas de girasol de la campaña de comercialización de 1989/90 queda fijada en:

- 992 000 toneladas para España,

- 50 000 toneladas para Portugal, y

- 2 313 000 toneladas para los demás Estados miembros.

Artículo 2

La producción efectiva de semillas de girasol de la campaña de comercialización de 1988/89 queda fijada en:

- 1 150 000 toneladas para España,

- 58 000 toneladas para Portugal,

- 2 824 000 toneladas para los demás Estados miembros.

Artículo 3

El ajuste aplicable al importe de la ayuda correspondiente a las semillas de girasol de la campaña de comercialización de 1989/90 queda fijado en:

- 0 ecus por 100 kilogramos para España,

- 0 ecus por 100 kilogramos para Portugal, y

- - 3,60 ecus por 100 kilogramos para los demás Estados miembros.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de agosto de 1989.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 1989.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no 172 de 30. 9. 1966, p. 3025/66.

(2) DO no L 128 de 11. 5. 1989, p. 15.

(3) DO no L 266 de 28. 9. 1983, p. 1.

(4) DO no L 187 de 1. 7. 1989, p. 130.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida