Reglamento (CEE) núm. 2722/92 de la Comisión, de 18 de septiembre de 1992, relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a determinados productos originarios de la República Federativa Checa y Eslovaca beneficiarias de los límites máximos arancelarios previstos por el Reglamento (CEE) núm. 521/92 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1992-81550
Número oficial:
DOUE-L-1992-81550
Publicación:
19/09/1992
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 521/92 del Consejo, de 27 de febrero de 1992, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes y de límites máximos arancelarios comunitarios para determinados productos agrarios e industriales originarios de Hungría, Polonia y la República Federativa Checa y Eslovaca (RFCE) (1) y, en particular, sus artículos 1 y 3,

Considerando que, en virtud del artículo 1 de dicho Reglamento, se ha acordado un beneficio del régimen arancelario a Polonia, Hungría y la República Federativa Checa y Eslovaca, en particular en el marco de los límites máximos arancelarios preferenciales fijados en la columna 5 del Anexo I del Reglamento (CEE) no 521/92; que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del citado Reglamento, una vez que se hayan alcanzado los límites máximos, la Comisión podrá restablecer la percepción de los derechos de aduana aplicables a los terceros países de que se trate, hasta que finalice el año civil;

Considerando que las importaciones en la Comunidad de dichos productos originarios de la República Federativa Checa y Eslovaca han alcanzado el límite en cuestión; que la situación del mercado en la Comunidad demanda el restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables respecto de este país para los productos de que se trata,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda restablecida, desde el 22 de septiembre al 31 de diciembre de 1992, la percepción de los derechos de aduana resultantes del Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Económica Europea y la República Federativa Checa y Eslovaca, a la importación en la Comunidad de los productos mencionados en Anexo originarios de la República Federativa Checa y Eslovaca.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de septiembre de 1992. Por la Comisión

Christiane SCRIVENER

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 56 de 29. 2. 1992, p. 12.

ANEXO

Número

de orden Código NC Designación de la mercancía 21.0101 3102 40 10

3102 40 90 Mezclas de nitrato de amonio con carbonato de calcio o con otras materias inorgánicas sin poder fertilizante 21.0127 3904 10 00

3904 21 00

3904 22 00 Policloruro de vinilo sin mezclar con otras sustancias 21.0001 2523 Cementos hidráulicos

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

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