Reglamento (CEE) núm. 2668/89 de la Comisión, de 30 de agosto de 1989, por el que se modifican los Anexos III y IV bis del Reglamento (CEE) núm. 4136/86 del Consejo, en relación con determinados productos textiles originarios de Pakistán (categoría 4).

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1989-80962
Número oficial:
DOUE-L-1989-80962
Publicación:
02/09/1989
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DELAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 4136/86 del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativo al régimen común aplicable a las importaciones de determinados productos textiles originarios de terceros países (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 718/89 (2), y, en particular, su artículo 17,

Considerando que la Comunidad Económica Europea, para tener en cuenta la

introducción de la nomenclatura combinada, ha negociado con Pakistán un Acta Acordada, por la que se modifican los límites cuantitativos para los productos de la categoría 4 establecidos en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y Pakistán sobre el comercio de productos textiles;

Considerando que el Consejo decidió, el 24 de julio de 1989, que dicha Acta Acordada debe aplicarse provisionalmente hasta su celebración formal;

Considerando que es necesario, en consecuencia, modificar los Anexos III y IV bis del Reglamento (CEE) no 4136/86;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité textil,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Quedan modificados, para Pakistán los Anexos III y IV bis del Reglamento (CEE) no 4136/86 de conformidad con el Anexo adjunto.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1989.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de agosto de 1989.

Por la Comisión

Karel VAN MIERT

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 387 de 31. 12. 1986, p. 42.

(2) DO no L 79 de 22. 3. 1989, p. 6.

ANEXO

1. En el grupo I B del Anexo III (categoría 4 - Pakistán), el cuadro se sustituye por el cuadro siguiente:

1.2.3.4.5.6.7 // // // // // // // // « Categoría // Código NC // Designación de la mercancía // Terceros países // Unidades // Años // Límites cuantitativos anuales // // // // // // // // 4 // 6105 10 00 6105 20 10 6105 20 90 6105 90 10 6109 10 00 6109 90 10 6109 90 30 6110 20 10 6110 30 10 // Camisas y polos o niquis, « T-shirts », prendas de cuello de cisne (que no sean de lana o de pelos finos), camisetas y artículos similares, de punto // Pakistán // 1 000 piezas // 1989 1990 1991 // 14 494 15 173 15 886 » // // // // // // //

2. En el grupo I B del Anexo IV bis (categoría 4 - Pakistán), el cuadro se sustituye por el cuadro siguiente:

1.2.3.4.5.6.7,9 // // // // // // // // « Categoría // Código NC // Designación de la mercancía // Terceros países // Estados miembros // Unidades // Límites cuantitativos del 1 de enero al 31 de diciembre // // 1.2.3.4.5.6.7.8.9 // // // // // // // 1989 // 1990 // 1991 // // // // // // // // // // 4 // 6105 10 00 6105 20 10 6105 20 90 6105 90 10 6109 10 00 6109 90 10 6109 90 30 6110 20 10 6110 30 10 // Camisas y polos o niquis, « T-shirts », prendas de cuello de cisne (que no sean de lana o de pelos finos), camisetas y artículos similares, de punto // Pakistán // D F I BNL UK IRL DK GR ES PT CEE // 1 000 piezas // 3 274 3 015 788 2 059 4 270 49 702

48 224 65 14 494 // 3 384 3 135 945 2 142 4 414 60 720 60 237 76 15 173 // 3 548 3 221 1 097 2 207 4 550 69 737 72 297 88 15 886 » // // // // // // // // //

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida