EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 28,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que, para los productos contemplados en el presente Reglamento, la producción es actualmente insuficiente o nula en la Comunidad, y que los productores no pueden, en consecuencia, responder a las necesidades de las industrias usuarias de la Comunidad;
Considerando que es del interés de la Comunidad suspender únicamente los derechos autónomos del arancel aduanero común parcialmente, en determinados casos, en particular, en razón de la existencia de una producción comunitaria, y proceder a la suspensión total en otros casos;
Considerando que, habida cuenta las dificultades que se presentan, para apreciar de manera rigurosa en un futuro próximo la evolución de la situación económica en los sectores interesados, conviene tomar estas medidas de suspensión sólo temporalmente, fijando su período de validez en función de los intereses de la producción comunitaria,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1 Los derechos autónomos del arancel aduanero común relativos a los productos enumerados en los cuadros que figuran en los Anexos I, II y III quedan suspendidos en el nivel indicado frente a cada uno de ellos.
Estas suspensiones serán válidas:
- del 1 de julio al 30 de septiembre de 1989, para los productos mencionados en el cuadro del Anexo I;
- del 1 de julio al 31 de diciembre de 1989, para los productos mencionados en el cuadro del Anexo II;
- del 1 de julio de 1989 al 30 de junio de 1990, para los productos mencionados en el cuadro del Anexo III.
Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1989.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Luxemburgo, el 14 de junio de 1989.
Por el Consejo
El Presidente
P. SOLBES
ANEXO I
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2918 19 90
(3R, 5R)-7-[(1S, 2S, 6R, 8S, 8aR)-8-(2,2-dimetilbutiriloxi) -1, 2, 6, 7, 8, 8a-hexahidro-2, 6-dimetil-l-naftil]-3,5-dihidroxiheptanoato de amonio
ex 2933 29 90
Enoximona (DCI)
ex 3919 90 50
ex 3920 59 00
ex 3921 90 60
Película reflectante de un polímero acrílico modificado con melanina-formaldehido, conteniendo microesferas de vidrio
ANEXO II
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2810 00 00
Trióxido de diboro
ex 2905 39 90
Hexano-1,6-diol
ex 2917 39 90
Anhídrido 4-metilftálico
ex 2918 90 00
5-(2,4-diclordenoxi)-2-nitrobenzoato de metilo
3,5
ex 2922 50 00
Levodopa (DCI)
ex 2922 50 00
Methyldopa (DCI)
ex 2925 19 90
N-Fenylmaleimida
ex 2926 90 90
Isoftalonitrilo
ex 2928 00 00
Acetato de 20-hidroxiiminopregna-5,16-dien-3-ilo
ex 2930 90 90
Tiofanato-metil (ISO)
ex 2931 00 00
Dicloruro de dimetil estaño cristalino, en forma de polvo, para la producción de mercancías incluidas en el Capítulo 70 (a)
ex 2933 39 90
Acido piridina-2,3-dicarboxílico
ex 2933 59 90
ex 3004 90 99
Clorhidrato de buspirona (DCIM)
ex 2933 90 60
Triazolam (DCI)
ex 2934 90 60
Etizolam
ex 2935 00 00
Sulfadimetoxina (DCI) y su sal sódica
ex 2937 22 00
Diacetato de diflorasona (DCIM)
ex 2941 10 00
Piperacilina (DCI)
ex 2941 10 00
ex 3004 10 10
Sal de sodio de la piperacilina (DCIM)
ex 2941 90 00
Kitasamicina (DCI) y su tartrato
ex 2941 90 00
Cefazolina (DCI) y sus sales
ex 2941 90 00
Yosamycina (DCI)
ex 2941 90 00
Propionato de yosamicina (DCIM)
ex 2941 90 00
Midecamicina (DCI) y sus acetatos
ex 3002 10 10
Immunoglobulina antitetánica
ex 3002 10 91
Globulina antihemofílica y globulina (D) anti-RHo, obtenida de la sangre humana
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3002 10 91
Gammaglobulina, en solución, obtenida de la sangre humana
ex 3002 10 91
Gammaglobulina liofilizada obtenida a partir de la sangre humana
ex 3003 40 00
Gránulos con un contenido de teofillina, en peso, superior o igual a 40 %, pero inferior o igual a 50 %
ex 3004 90 99
Fracción proteínica secada y depurada, compuesta principalmente de des-1-alanina-[125-serina] interleukina-2(humana), obtenida a partir de una bacteria Escherichia coli manipulada genética-
mente
ex 3507 90 00
Bromelaína (DCI)
ex 3507 90 00
Mezcla de estreptoquinasa (DCI) y estreptodornasa (DCI)
ex 3815 90 00
Catalizadores en forma de barritas con una longitud no inferior a 3 mm y no superior a 6 mm y un diámetro no superior a 3,8 mm, con un porcentaje en peso de trióxido de dicromo no inferior al 18 % y no superior al 21 %, y un porcentaje en peso de óxido de aluminio no inferior al 78 % y no superior al 81 %
ex 3815 90 00
Catalizadores, en forma de polvo, compuestos por una mezcla de tricloruro de titanio y cloruro de aluminio, que contienen no menos de un 20 % y no más de un 30 % en peso de titanio y no menos de un 55 % y no más de un 72 % en peso de cloro
ex 3823 90 98
Mezcla de diisopropilamida de litio y bis(diisopropilamida) de magnesio disuelta en disolventes organicos
ex 3823 90 98
Aldicarb (ISO) disuelto en diclorometano en una concentración no inferior a 35 % y no superior a 40 % en peso
ex 3901 10 90
Polietileno con un contenido en peso de 0,25 % o más de grupos carbonilos en la cadena, en forma de granulados
ex 3901 20 00
Polietileno, en una de las formas señaladas en la nota 6 b) del Capítulo 39, con una densidad no inferior a 0.958 g/cm3 a 23 °C, y con un contenido en peso inferior o igual a:
- 50 ppm de aluminio,
- 2 ppm de calcio,
- 2 ppm de cromo,
- 2 ppm de hierro,
- 2 ppm de níquel,
- 2 ppm de titanio,
- 8 ppm de vanadio,
utilizado para la fabricación de polietileno clorosulfonado (a)
ex 3901 20 00
Polietileno, en una de las formas señaladas en la nota 6 b) del Capítulo 39, de densidad igual o superior a 0,945 e inferior o igual a 0,985 g/cm3, para la fabricación de cintas entintadas de máquinas de escribir o cintas entintadas similares (a)
ex 3901 90 00
Resina ionómera compuesta por la sal de un copolímero de etileno y de ácido metacrílico
ex 3901 90 00
Resina ionómera compuesta por la sal de un terpolímero de etileno, acrilato de isobutilo y ácido metacrílico
ex 3903 90 00
Copolímero de dibromo estireno, acrilonitrilo, butadieno y estireno, con un
contenido de dibromoestireno superior o igual a 20 %, pero inferior o igual a 35 % en peso
ex 3903 90 00
Copolímero, compuesto en su totalidad por anhídrido maleico y estireno, o compuesto en su totalidad por anhídrido maleico, estireno y un monómero acrílico, conteniendo o no un copolímero en bloque de estireno-butadieno, en una de las formas señaladas en la nota 6 b) del Capítulo 39
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3909 40 00
Productos de policondensación de fenol y formaldehído, en forma de esferas huecas con un diámetro inferior a 150 micrómetros
ex 3919 90 50
Hojas de policloruro de vinilo de espesor inferior a 1 mm, recubiertas por un adhesivo en el que van incluidas esferas huecas de vidrio de un diámetro no superior a 100 micrómetros
ex 3920 42 10
Hojas reflectantes de cloruro de polivinilo, con una de las caras completamente cubierta de impresiones en forma de pirámide regular destinadas a la fabricación de vestidos de seguridad y sus accesorios o carteras o bolsas o continentes similares (a)
ex 3920 62 00
ex 3920 63 00
ex 3920 69 00
Películas reflejantes constituidas de poliéster con impresiones en forma de pirámides destinadas a la fabricación de prendas de seguridad y sus accesorios o de carteras, bolsas o continentes similares (a)
ex 3920 92 00
Película de poli(epsílon-caprolactama) con un punto de reblandecimiento superior o igual a 200° C, con un contenido de cobre superior o igual a 130 mg/Kg, pero inferior o igual a 170 mg/Kg para la fabricación de materiales «composites» (a)
ex 3920 99 50
Película microporosa de politetrafluoroetileno, recubierta por un lado con polímero permeable al vapor de agua, de espesor igual o superior a 30 cm y de un peso igual o inferior a 50 g/m2
ex 5603 00 93
ex 5603 00 95
Telas sin tejer en piezas o simplemente cortadas en forma cuadrada o rectangular, en polietileno, de un peso de 115 g/m2 como máximo y de un grosor inferior a 300 micrómetros, no impregnados
ex 5911 10 00
Fieltros de aguja, de fibras sintéticas sobre una base de fibras sintéticas
tejidas que no contengan poliéster, revestidos o recubiertos por un lado con película de politetrafluoroetileno, destinados a la fabricación de productos de filtración (a)
ex 5911 10 00
Fieltros de aguja, de poliéster sobre base de poliéster tejida, revescidos o recubiertos por un lado con pelicula de politetrafluoroetileno, de un peso inferior o igual a 500 g por m2, destinado a la fabricación de productos de filtrado (a)
ex 6305 90 00
Sacos y talegas para envasar, usados, de tesidos de lana sisa
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
ANEXO III
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 1302 14 00
Extracto de pelitre sin cera
ex 2707 99 11
Aceites ligeros brutos con un contenido en peso:
- no inferior al 10 % de viniltoluenos
- no inferior al 10 % de indeno
- no inferior al 1 % y no superior al 5 % de naftaleno
ex 2710 00 59
Mezcla de hidrocarburos compuesta por un 85 % en peso o más de parafinas lineales, con longitudes de cadena de 8 a 16 átomos de carbono, y de un contenido en peso de alquilbencenos no superior al 13 %, con cadenas lineales de 10 a 12 átomos de carbono
ex 2712 20 00
Parafina sintética con un peso molecular no inferior a 460 y no superior a 1 560
ex 2712 90 90
1-alquenos con cadena de carbono de 18 a 30 átomos de carbono
ex 2804 29 00
Helio
ex 2805 30 10
Aleaciones de cerio y otros metales pertenecientes a las tierras raras, con un contenido no inferior al 47 % en peso de cerio
ex 2811 19 00
Acido sulfamídico
ex 2811 29 90
Dióxido de telurio
ex 2818 30 00
Hidróxido óxido de aluminio en forma de pseudo-boemita
ex 2819 90 00
Dióxido de cromo
ex 2820 90 00
Oxido de manganeso con un contenido no inferior al 77 % en peso de manganeso
ex 2834 10 00
Nitrito de potasio para la fabricación de líquidos de refrigeración y de corte, empleados en la elaboración de metales o carburos metálicos (a)
ex 2835 26 90
Hidroxi-tris(ortofosfato) de pentacalcio, para su utilización en la metalurgia de metales no ferro-
sos (a)
ex 2836 91 00
Carbonatos de litio que no correspondan a las siguientes especificaciones:
- en forma de polvo blanco y
- con un contenido del 98,5 % o más de Li2CO3 y
- un contenido de:
- menos de 2 ppm de arsénico
- menos de 200 ppm de calcio
- menos de 200 ppm de cloruros
- menos de 20 ppm de hierro
- menos de 150 ppm de magnesio
- menos de 20 ppm de metales pesados
- menos de 300 ppm de potasio
- menos de 300 ppm de sodio
- menos de 200 ppm de sulfatos
ex 2840 11 00
ex 2840 20 10
Boratos de sodio, anhidros
ex 2840 19 00
Tetraborato disódico pentahidratado
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2841 80 00
Wolframato de calcio, para fabricación de ferroaleaciones o de 41-oxododecawolframato de decaamonio (paratungstato de amonio) (a)
ex 2841 90 90
Titanato de bario que contenga en peso un máximo de 0,05 % de hierro
ex 2842 90 90
Hidrotalcita (DCI)
ex 2843 90 90
ex 3004 90 99
Carboplatina (DCI)
ex 2845 10 00
Agua pesada (óxido de deuterio) (Euratom)
ex 2845 90 10
Deuterio y compuestos de deuterio; hidrógeno y sus compuestos, enriquecidos en deuterio; mezclas y disoluciones que contengan estos productos (Euratom)
ex 2902 19 10
beta-pineno
ex 2902 90 90
Viniltoluenos
ex 2902 90 90
Triciclo[8.2.2.2%,)]hexadeca-1(12),4,6,10,13,15-hexaeno
ex 2902 90 90
p-cimeno
ex 2903 30 10
Tetrafluoruro de carbono (tetrafluorometano)
ex 2903 30 39
Dibromometano
ex 2903 40 99
Bromoclorometano
ex 2903 59 00
1,6,7,8,9,14,15,16,17,17,18,18-dodecacloropentaciclo[12.2.1.1.(,§.0$,;=.0& ,; ]octadeca-7,15-
dieno, para la fabricación de polietileno, de caucho sintetico o de poliamida (a)
ex 2903 69 00
Mezcla de isómeros de Di-o Tetraclorotriciclo[8.2.2.2%·)]hexadeca-1(12),4,6,10,13,15-hexaeno-
isómeros mezclados
ex 2904 10 00
Prop-2-eno-1-sulfonato de sodio de una pureza no inferior al 93 % en peso, en forma de polvo para la fabricación de fibras acrílicas (a)
ex 2904 20 90
Nitrometano
ex 2904 20 90
1-nitropropano
ex 2904 20 90
2-nitropropano
ex 2904 20 90
Nitroetano
ex 2904 90 10
Cloruro de etanosulfonilo
ex 2904 90 10
Triclorometano sulfonato de 2,2,2,triclorometano
ex 2905 19 10
ter-Butilato de potasio
ex 2905 39 90
Butano-1,3-diol
ex 2905 39 90
2,4,7,9-tetrametildee-5-ina-4,7-diol
ex 2905 50 90
2,2-Bis(bromometil)propanodiol
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2906 11 00
Mentol
ex 2906 19 00
Labd-14-eno-8,13-diol
ex 2907 29 90
4,4m-(2,3-dimetiltetrametileno)dipirocatecol, de pureza no inferior al 98 %
ex 2907 29 90
6,6m,6mm-tri-ter-butil-4,4m,4mm-(1-metilpropano-1-ilo-3-ilideno)tri-m-cresol, contenga o no tolueno de cristalización
ex 2907 29 90
2,5-di(ter-pentil)hidroquinona
ex 2908 10 90
4,4m-(Perfluoroisopropilideno)difenol
ex 2909 30 30
2-bromo-6-metoxinaftaleno
ex 2909 30 30
1,2-Bis(2,4,6-tribromofenoxi)etano destinado a la fabricación de acrilonitrilo-butadieno-estireno
(ABS) (a)
ex 2909 30 90
Mezcla de isómeros de bis(fenoxifenoxi) benceno
ex 2909 49 10
3,3m-oxydi(propilenoglicol)
ex 2909 49 10
2-(2-cloroetoxi)etanol
ex 2909 49 10
2,2,2m,2m-tetrakis(hidroximetil)-3,3m,-oxidipropan-1-ol
ex 2909 49 90
2,2m-[isopropilidenobis(2,6-dibromo-4,1-fenilenoxi)]dietanol
ex 2910 90 00
1,2-Epoxibutano
ex 2910 90 00
1,2-Epoxi-4-(epoxietil)ciclohexano
ex 2910 90 00
2,3-Epoxypropano-1-ol (Glycidol)
ex 2914 19 00
5-metilhexan-2-ona
ex 2914 19 00
3,3-dimetilbutanona
ex 2914 49 00
11-alfa, 17,21-trihidroxi-16-beta-metilpregna-1,4-dieno-3,20-diona
ex 2914 50 00
4-metoxi-4 metilpentan-2-ona
ex 2914 50 00
6m-metoxi-2m-propiononaftona
ex 2914 69 00
1,4-naftoquinona
ex 2914 69 00
Ubidecarenona (DCI) (coenzima Q10)
ex 2914 70 90
1-cloro-3,3-dimetilbutanona
ex 2915 39 90
Acetato de 20-oxopregna-5,16-dien-3-beta-ilo
ex 2915 60 10
Diisobutirato de 1-isopropil-2,2-dimetiltrimetileno
ex 2915 90 90
Ortoacetato de trimetilo
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2916 14 00
Metacrilato de 2,3-epoxipropilo
ex 2916 19 90
Perclorocrotonato de butilo
ex 2916 39 00
3-clorobenzoato de metilo
ex 2917 13 00
Acido azelaico y ácido sebácico
ex 2917 19 90
1,2-Bis(ciclohexiloxicarbonil)etanosulfonato de sodio
ex 2917 20 00
Anhídrido ciclohex-1,2-eno-1,2-dicarboxílico
ex 2917 39 10
Anhídrido tetrabromoftálico
ex 2917 39 90
Acido benceno-1,2,4-tricarboxílico
ex 2917 39 90
1,2 anhídrido del ácido benceno-1,2,4-tricarboxílico
ex 2917 39 90
Tricloruro de benceno-1,2,4-tricarbonilo
ex 2917 39 90
Anhídrido tetracloroftálico
ex 2918 19 90
Acido 2,2-Bis(hidroximetil)propiónico
ex 2918 19 90
Dinoprost (DCI) destinado a la fabricación de productos de la partida 3004 para la medicina
humana (a)
ex 2918 29 90
3-(3,5-di-ter-butil-4-hidroxifenil)propionato de octadecilo
ex 2918 29 90
Tetrakis [3-(3,5-di-ter-butil-4-hidroxifenil)propionato] de pentaeritritol
ex 2918 90 00
Dinoprostona (DCI)
ex 2918 90 00
Alprostadil (DCI)
ex 2918 90 00
Acido 2,6-dimetoxibenzoico
ex 2920 90 10
Sulfato de dietilo
ex 2920 90 90
0,0m-Bis(2,4-di-ter-butilfenil) bis(fosfito) de pentaeritritol
ex 2920 90 90
0,0m-dioctadecil bis(fosfito) de pentaeritritol
ex 2921 19 90
1,1,3,3-tetrametilbutilamina
ex 2921 29 00
Tetrametilendiamina en solución acuosa, que tiene, sobre el producto anhidro:
- una pureza no inferior a 99,9 % en peso
- un contenido en pirrolidina inferior o igual a 0,03 % en peso
- un contenido en aminobutironitrilo inferior o igual a 0,02 % en peso
ex 2921 29 00
N,N,Nm,Nm-tetrabutilhexametilenodiamina
ex 2921 30 90
Ciclohex-1,3-ilenodiamina (1,3-diaminociclohexano)
ex 2921 49 10
alfam, alfam, alfam-trifluoro-2,3-xilidina
ex 2921 49 90
Clorhidrato de selegilina (DCIM)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2921 59 00
m-fenilenobis(metilamina)
ex 2922 19 00
Dinoprostona sal de trometamol (DCIM)
ex 2922 19 00
(+)-4-dimetilamino-3-metil-1,2-difenilbutan-2-ol
ex 2922 19 00
1-desoxi-1-(octilamino)-D-glucitol
ex 2922 19 00
Clorhidrato de tulobuterol (DCIM)
ex 2922 30 00
ex 3004 90 99
Clorhidrato de quetamina (DCIM)
ex 2922 49 90
Acido tranexámico (DCI)
ex 2922 49 90
beta-alanina
ex 2922 50 00
Metipranolol (DCI)
ex 2922 50 00
Nadolol (DCI)
ex 2922 50 00
Clorhidrato de indenolol (DCIM)
ex 2923 90 00
Cloruro de carpronio (DCIM)
ex 2924 10 00
Acido 2-acrilamido-2-metilpropanosulfónico y sus sales de sodio o amonio
ex 2924 29 90
Flutamida (DCI)
ex 2925 11 00
Sacarina y su sal sódica
ex 2925 19 10
3,3m,4,4m,5,5m,6,6m-octabromo-N,Nm-etilenodiftalimida
ex 2926 90 90
(-)-N-(alfa-ciano-4-hidroxi-3-metoxi-alfa-metilfenetil) acetamida
ex 2926 90 90
2-(3-fenoxifenil)propionitrilo
ex 2928 00 00
Carbidopa (DCI)
ex 2928 00 00
Clorhidrato de robenidina (DCIM)
ex 2928 00 00
N,N-dietilhidroxilamina
ex 2928 00 00
3,3m-Bis(3,5-di-ter-butil-4-hidroxifenil)-N,Nm-bipropionamida
ex 2928 00 00
2,4,6-triclorofenilhidrazina
ex 2929 10 00
Mezcla de isómeros de metilenodiciclohexil di-isocianato
ex 2929 10 00
Diisocianato de p-fenileno
ex 2929 10 00
Trans-(Diisocianato de ciclohex-1,4-ileno) para la fabricación de elastómeros poliuretánicos termoplásticos (a)
ex 2929 10 00
Diisocianato de 3,3m-dimetilbifenil-4,4m-diilo
ex 2930 90 10
Cilastatina sódica (DCIM)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2930 90 90
3,3-dimetil-1-metiltiobutanona oxima
ex 2930 90 90
Netobimina (DCI)
ex 2930 90 90
Tiofenol
ex 2930 90 90
Bis[3-(3,5-di-ter-butil-4-hidroxifenil)propionato] de 2,2m-tiodietil
ex 2930 90 90
Probucol (DCI)
ex 2930 90 90
Ethoprophos (ISO)
ex 2931 00 00
Acido 2-cloroetilfosfónico
3,8
ex 2931 00 00
Acido 2-difenilfosfinobenzoico
ex 2932 11 00
Tetrahidrofurano, que no contenga más de un total de 40 mg por litro de tetrahidro-2-metilfurano y tetrahidro-3-metilfurano para la fabricación de alfa-4-hidroxibutil-omega-hidroxipoli(oxitetrametileno) (a)
ex 2932 13 00
Alcohol tetrahidrofurfurílico
ex 2932 19 00
Diacetato de 5-nitrofurfurilideno
ex 2932 19 00
Furano de pureza superior o igual a 99 % en peso
ex 2932 29 90
Glucurolactona (DCI)
ex 2932 29 90
13,14,15,16-tetranorlabdano-12,8 alfa-lactona
ex 2932 29 90
Acido 1-hidroxi-4-[1-(4-hidroxi-3-metoxicarbonil-1-naftil)-3-oxo-1 H, 3 H-benzo[de]isocromen-1-
il]-6-octadeciloxi-2-naftoico
ex 2932 29 90
3m-cloro-6m-ciclohexilaminospiro[isobenzofurano-1(3H), 9m-xanteno]-3-ona
ex 2932 29 90
6m-(N-etil-p-toluidino)-2m-(N-metilanilino)espiro[isobenzofurano-1(3H),9mxanteno]-3-ona
ex 2932 29 90
6m-(N-etil-p-toluidino)-2m-metilespiro[isobenzofurano-1(3H),9mxanteno]-3-ona
ex 2932 29 90
2m-Anilino-6m-(N-etil-p-toluidino)-3m-metilespiro[isobenzofurano-1(3H),9m-xanteno]-3-ona
ex 2932 29 90
Etopósido (DCI)
ex 2932 90 70
Bendiocarb (ISO)
ex 2932 90 70
Clorhidrato de glucosamina (DCIM)
ex 2932 90 70
(25 R)-espirost-5-en-3-beta-ol(diosgenin) y sus ésteres
ex 2933 39 90
Metilsulfato de difemanil (DCI)
ex 2933 39 90
Acido 2-(4-piridil)etanosulfónico
ex 2933 39 90
2,3,5,6-tetracloropiridina
ex 2933 39 90
Flunixin meglumina (DCIM)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2933 39 90
Isonicotinonitrilo
ex 2933 39 90
Acido 3,6-dicloropiridina-2-carboxílico
ex 2933 39 90
3,6-dicloropiridina-2-carboxilato de 2-hidroxietilamonio
ex 2933 39 90
3,5,6-tricloro-2-piridiloxiacetato de 2-butoxietilo
ex 2933 39 90
3,5-Dicloro-2,4,6-trifluoropiridina
ex 2933 39 90
Dicloruro de 4,4m-bis(hidroximinometil)-1,1m-(oxidimetileno) dipiridinio
ex 2933 39 90
(RS)-1-[2-(4-Clorobenzohidriloxi)etilo] piperidina, y sus sales
ex 2933 39 90
Diclorhidrato de carpipramina (DCIM)
ex 2933 39 90
Dimaleato de azatadina (DCIM)
ex 2933 39 90
ex 3004 90 99
Butorphanol (DCI) y sus sales
ex 2933 39 90
3004 90 99
Clorhidrato de encainida (DCIM)
ex 2933 59 90
1,4-diazabiciclo[2,2,2]octano (trietilenodiamina)
ex 2933 59 90
Clorhidrato de amprolio (DCIM)
ex 2933 59 90
Minoxidil (DCI)
ex 2933 59 90
Acido 1-étil-6-fluoro-1,4-dihidro-4-oxo-7-piperazin-1-il-1,8-naftiridina-3-carboxílico, sus sales y sus ésteres
ex 2933 69 90
2,6-di-ter-butil-4-[4,6-bis(octiltio)-1,3,5-triazin-2-il-amino]fenol
ex 2933 69 90
1,3,5-tris(4-ter-butil-3-hidroxi-2,6-dimetilbencil)-1,3,5-triazina-2,4,6(1H,3H,5H)-triona
ex 2933 79 00
Clorhidrato de carteolol (DCIM)
ex 2933 90 60
Alprazolam (DCI)
4,5
ex 2933 90 60
Estazolam (DCI)
ex 2933 90 90
Octrizol (DCI)
ex 2933 90 90
Drometrizol (DCI)
ex 2933 90 90
2,4-di-ter-butil-6-(5-clorobenzotriazol-2-il) fenol
ex 2933 90 90
Bromuro de prifinium (DCI)
ex 2933 90 90
Captopril (DCI)
ex 2933 90 90
Triptófano
ex 2933 90 90
(2S)-1-(3-acetiltio-2-metil-1-oxopropil)-L-Prolina
ex 2934 30 90
10-Benzoil-3,7-bis(dimetilamino)fenotiazina
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2934 90 50
Clorhidrato de diltiazem (DCIM)
ex 2934 90 60
Bromuro de timepidio (DCI)
ex 2934 90 60
Clotiazepam (DCI)
ex 2934 90 60
Tenipósido (DCI)
ex 2934 90 70
Timolol (DCI)
ex 2934 90 70
Ofloxacina (DCI)
ex 2934 90 90
Zotepina (DCI)
ex 2934 90 90
1-etil-1,4-dihidro-4-oxo[1,3]dioxolo[4,5-g]cinolin-3-carbonitrilo
ex 2934 90 90
2-clorodibenzo [bf][1,4]oxazepin-11(10H)-ona
ex 2934 90 90
Acido (6R,7R)-3-acetoximetil-7-[(R)-2-formiloxi-2-fenilacetamido]-8-oxo-5-tia-1-azabiciclo
[4,2.0]oct-2-eno-2-carboxílico, sus sales y sus ésteres
ex 2934 90 90
Diazoxida (DCI)
ex 2934 90 90
Bis(2-hidroxietil) succinato de (9,10-dihidro-10-oxo-9-oxa-10-lambda-5-fosfa-10-fenantril-metilo)
ex 2934 90 90
Fosfato de adenosina (DCI)
ex 2934 90 90
3-(1-etil-1-metilpropil)isoxazol-5-ilamina
ex 2934 90 90
(2,3-dihidro-3-oxobenzo[d]isotiazol-2-yl)-N-5-metilisoxazol-3-ilacetamida-S,S-dioxido
ex 2934 90 90
ex 3004 90 99
Tegafur (DCI)
ex 2935 00 00
Acido-3-[1-(7-hexadecano-1-sulfonamidoindol-3-il)-3-oxo-1H, 3H-benzo-[de] isocromen-1-il]indol-7-carboxílico
ex 2935 00 00
Sulfaguanidina (DCI)
ex 2935 00 00
Sulfatiazol (DCI) y sus sales
ex 2936 24 00
Dexpantenol (DCI)
ex 2936 29 10
Acido fólico (DCI)
ex 2937 10 10
Gonadotropina sérica (DCI)
ex 2937 10 90
Tartrato de protirelina (DCIM)
ex 2937 29 90
17,21-dipropionato de alclometasona (DCIM)
ex 2937 29 90
Metilprednisolona (DCI), sus sales y sus ésteres
ex 2937 29 90
Furoato de mometasona (DCIM)
ex 2937 99 00
Calcitonina (DCI), de tipo salmón, y sus sales
ex 2937 99 00
Calcitonina (DCI), porcina
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2939 30 00
Cafeína y sus sales
4,1
ex 2940 00 90
Ribosa
ex 2940 00 90
Benzoato de sacarosa, con un índice de saponificación no superior a 175
ex 2941 10 00
Epicilina (DCI)
ex 2941 30 00
Minociclina (DCI) y sus sales
ex 2941 90 00
Anfotericina B (DCI)
ex 2941 90 00
Cefixim (DCI)
ex 2941 90 00
Monesina (ICI) y sus sales
ex 2941 90 00
Pirarrubicina (DCI)
ex 2941 90 00
Clindamicina (DCI), sus sales y ésteres
ex 2941 90 00
Diclorhidrato de spectinomicina (DCIM), pentahidratado
ex 2941 90 00
Ni
statina (DCIM)
ex 2941 90 00
Sulfato de kanamicina (DCI)
ex 2941 90 00
Sulfato de sisomicina (DCIM)
ex 2941 90 00
Sulfato de spectinomicina (DCIM)
ex 2941 90 00
Tobramicina (DCI) y sus sales
ex 2941 90 00
Lincomicina (DCI), sus sales y sus ésteres, para la fabricación de productos incluidos en las partidas 3003 y 3004 (a)
ex 2941 90 00
Cefaclor (DCI), sus hidratos, sales y ésteres
ex 2941 90 00
Sulfato de netilmicina (DCIM)
ex 2941 90 00
Sulfato de dibekacina (DCIM)
ex 2941 90 00
Sal de sodio de cefoxitina (DCIM)
ex 2941 90 00
Cefradina (DCI)
ex 2941 90 00
Latamoxef (DCI), sus sales y sus ésteres
ex 2941 90 00
Sulfato de ribostamicina (DCIM)
ex 2941 90 00
Sal de diciclohexilamonio de fumagilina (DCIM)
ex 2941 90 00
Ceftezol (DCI)
ex 2941 90 00
Aztreonam (DCI)
ex 2941 90 00
Imipenem (DCI)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 2941 90 00
Cefotetan (DCI)
ex 2941 90 00
Sal de sodio de ceftizoxima (DCIM)
ex 2941 90 00
Sulfato de neomicina (DCIM)
ex 2941 90 00
Diclorhidrato de Cefotiam (DCIM)
ex 2941 90 00
Hemiclorhidrato de cefmenoxima (DCIM)
ex 2941 90 00
Lasalocid sódico (DCIM)
ex 2941 90 00
ex 3004 20 90
Vancomicina (DCI), sus sales y sus ésteres
ex 2941 90 00
ex 3004 20 90
Amikacina (DCI) y sus sales
ex 2941 90 00
ex 3004 20 90
Mitomicina (DCI)
ex 2941 90 00
ex 3004 20 90
Sulfato de bleomicina (DCIM)
ex 2941 90 00
ex 3004 20 90
Clorhidrato de aclarubicina (DCIM)
ex 3002 10 10
Inmunoplasma antitetánico
ex 3002 10 10
Inmunoplasma antirrábico
ex 3002 10 99
Suero no esterilizado, obtenido a partir de la sangre de un feto de vacuno o de un ternero recién nacido no inmunizado
ex 3002 39 00
Vacuna bacteriana obtenida a partir del aislado R-980 de Mycoplasma gallisepticum, emulsionada en una base oleosa
ex 3003 20 00
ex 3004 20 90
Mezcla de cefradina (DCI) y arginina (DCI)
ex 3003 39 00
Mezcla de estrógenos de origen equino, en forma de polvo
ex 3003 39 90
Gránulos con un contenido en peso de trinitrato de glicerol superior o igual a 0,7 %, pero inferior o igual a 1,2 %
ex 3004 90 19
Colágeno purificado disperso en una solución salina fisiológica tamponada con fosfato, contenga o no lidocaína (DCI)
ex 3005 10 00
Hojas autoadhesivas de plástico, revestidas por una cara de trinitrato de glicerol mezclado con un adhesivo acrílico, que contengan 4 mg/cm2 o más de trinitrato de glicerol, protegidas por una película separable, pero sin acondicionar para la venta al por menor
ex 3201 20 00
Extractos curtientes de mimosa
ex 3201 90 90
Extractos curtientes obtenidos de frutos de gambir y de mirobálano
ex 3201 90 90
Extractos curtientes de eucaliptus
3,2
ex 3207 40 90
Vidrio, en forma de copos, de una longitud no inferior a 0,1 mm y no superior a 3,5 mm, de un espesor no inferior a 2 micrómetros y no superior a 5 micrómetros
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3207 40 90
Vidrio, en forma de polvo o gránulos, con un contenido en dióxido de silicio no inferior al 99 % en peso
ex 3208 90 10
ex 3909 50 00
Poliuretano obtenido de 2,2m-(ter-butilimino) dietanol y de 4,4m-metilen-diciclohexildiisocianato, disuelto en N,N-dimetilacetamida, con un contenido en polímero no inferior al 48 % en peso
ex 3208 90 10
ex 3911 90 90
Copolímero de p-cresol y divinilbenceno, disuelto en N,N-dimetilacetamida, con un contenido en copolímero no inferior al 48 % en peso
ex 3402 11 00
Solución acuosa de contenido no inferior al 30 % y no superior al 50 % en peso de alquil [oxidi(bencenosulfonato)] disódico
ex 3402 90 10
Mezcla de docusato sódico (DCI) y benzoato sódico
ex 3505 10 50
Hidrolizado de O-(2-hidroxietil)amilopectina
ex 3507 90 00
Piruvato: oxígeno oxidoreductasa
ex 3507 90 00
Lipoproteína lipasa
ex 3507 90 00
Serrapeptasa (DCI)
ex 3507 90 00
Proteinasa alcalina de Aspergillus
ex 3701 91 10
Películas planas en forma de discos encerrados en un chasis
5,3
ex 3702 31 90
Película negativa de color, de anchura no inferior a 75 mm y no superior a 105 mm, y de longitud de 100 m o más, destinada a la fabricación de películas de fotografía instantánea (a)
ex 3802 90 00
Montmorillonita activada al ácido, destinada a la fabricación de papel autocopiativo (a)
ex 3805 10 30
Esencia de madera de pino
1,7
ex 3805 10 90
Esencia de pasta celulósica al sulfato
ex 3805 20 00
Aceite de pino
1,7
ex 3805 90 00
Dipenteno en bruto
ex 3805 90 00
Esencia de pasta celulósica al bisulfito; demás esencias terpénicas de la destilación o de otros tratamientos de la madera de coníferas
1,7
ex 3806 90 00
Alcohol hidroabietílico
ex 3809 91 00
ex 3811 21 00
Sales del ácido dinonilnaftaleno sulfónico, disueltas en aceites minerales
ex 3812 20 00
Mezcla de reacción que contenga ftalato de bencilo 3-isobutiriloxi-1-isopropil, 2,2-dimetil-propil, ftalato de bencilo y 3-isobutiriloxi-2,2,4-trimetilpentilo
ex 3812 30 10
Mezclas de x-butil-4,4m-isopropilidendifenol y de x,xm-isopropilidendifenol
ex 3812 30 90
Hexacosahidróxidodicarbonato de tetraluminio y monamagnesio heptanidratado, recubierto con un agente tensioactivo
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3815 11 00
Catalizadores, en forma de gránulos, compuestos por una mezcla de óxidos sobre un soporte de óxido de aluminio y que contienen en peso:
- no menos del 12 % y no más del 20 % de níquel
- no menos del 5 % y no más del 10 % de cobre
- no menos del 0,5 % y no más del 1,5 % de manganeso
el volumen de poros no será inferior a 0,25 cm3/g ni superior a 0,95 cm3/g y la densidad no será inferior a 0,5 ni superior a 1,25
ex 3815 12 00
Catalizadores, en forma de gránulos o de anillos, con un diámetro no inferior a 3 mm y no superior a
10 mm, compuestos por plata sobre un soporte de óxido de aluminio, siendo el contenido en plata no inferior al 8 % y no superior al 20 % en peso
ex 3815 19 00
Catalizadores, en forma de gránulos esféricos de diámetro no inferior a 1,4 mm y no superior a 1,8 mm, compuestos por trifluoruro de boro sobre un sustrato de óxido de aluminio
ex 3815 19 00
Catalizadores compuestos por trióxido de cromo o de dicromo, fijados sobre un soporte de dióxido de silicio con un volumen de poro, determinado por el método de absorción de nitrógeno, no inferior a
2 cm3/g
ex 3815 19 00
Catalizadores que consistan en óxidos de cromo y dióxido de titanio, fijados en un soporte de dióxido de silicio, óxido de aluminio o fosfato de aluminio
ex 3815 19 00
Catalizadores, en forma de granos, de los cuales no menos de un 90 % en peso presentan un tamaño de partícula inferior a 10 micrómetros compuestos por un mezcla de óxidos sobre un soporte de silicato de magnesio y que contienen en peso:
- no menos de un 20 % y no más de un 35 % de cobre
- no menos de un 2 % y no más de un 3 % de bismuto
el catalizador poseerá una densidad aparente no inferior a 0,2 y no superior a 1,0
ex 3815 90 00
Catalizadores que contengan tricoloruro de titanio en forma de suspensión en hexano, conteniendo en peso en material libre de hexana, no menos del 14 % y no más de 17 % de titanio
ex 3815 90 00
Catalizadores, compuestos por acetato de etiltrifenilfosfonio, disueltos en metanol
ex 3815 90 00
Catalizadores, en forma de gránulos, compuestos por óxidos de vanadio y de fósforo mezclados, que contengan no más de un 0,5 % en peso de uno de los siguientes elementos: litio, potasio, sodio, cadmio o zinc, destinados a la fabricación de anhídrido maleico a partir del butano (a)
ex 3815 90 00
Catalizador compuesto de acetato de dialquil-dimetil-amonio con longitud de cadena de 16 y 18 átomos de carbono, en suspensión de disolventes orgánicos, conteniendo por lo menos un 40 % en peso de acetato de dialquil-dimetil-amonio
ex 3815 90 00
Catalizadores que consistan en una mezcla de compuestos de titanio, magnesio y aluminio, que se presenten en forma de suspensión en hexano, con un contenido en peso:
- no inferior a 3 y no superior a 6 % de titanio,
- no inferior a 1,5 y no superior a 3 % de magnesio,
- no inferior a 1,5 y no superior a 3 % de magnesio,
- no inferior a 0,3 y no superior a 0,5 % de aluminio,
destinados a la producción de polietileno de una densidad por lo menos de 0,930 (a)
ex 3815 90 00
Catalizadores en forma de barritas, compuestos de silicato de aluminio ácido (Zeolita), con una (Zeolita), con una relación molecular entre dióxido de silicio y trióxido de dialuminio al menos de 500:1 y que contengan en peso no menos del 0,2 % y no más del 0,8 % de platino
ex 3818 00 10
Plaquitas de silicio impurificadas, obtenidas según la tecnología Czochralski, no pulidas, con un diámetro igual o superior a 70 mm y un contenido en oxígeno no inferior a 5x10 1) átomos
por cm3
ex 3822 00 00
Extracto liofilizado de células hemáticas de la especie Limulus polyphemus («Lisado de amebocitos de limulus»)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3823 90 20
Silicato de aluminio ácido (zeolita artificial del tipo Y) en forma de sodio, con un contenido de sodio, en peso, no superior al 11 %, calculado como óxido de sodio, en forma de barritas redondas
ex 3823 90 91
Diosgenina bruta
ex 3823 90 91
Sulfuro de 4-(6-Fluoro-2-metiliden-3-ilmetil) fenilmetil disuelto en tolueno
ex 3823 90 91
Residuos de fabricación que contengan no menos de un 40 % en peso de 21-acetato de 11-beta, 17,20,21-tetrahidroxi-6-metilpregna-1,4-dieno-3-ona
ex 3823 90 91
Productos intermedios de la fabricación de sales de monensina
ex 3823 90 91
Productos intermedios del proceso de producción de antibióticos, obtenidos por fermentación de Streptomyces tenebrarius, secados o no
ex 3823 90 91
Productos obtenidos por N-etilación de la sisomicina (DCI)
ex 3823 90 91
Productos intermedios del proceso de producción de antibióticos obtenidos por fermentación de Micromonospora purpúrea secados o no
ex 3823 90 91
Acido cólico y ácido 3-alfa, 12-alfa, (dihidroxi-5-beta, colan-24-oico (ácido deoxicólico), en bruto
ex 3823 90 91
Acidos biliares en bruto
ex 3823 90 91
Productos intermedios del proceso de producción de antibióticos obtenidos
por fermentación de Micromonospora inyoensis, secados o no
ex 3823 90 91
Productos intermedios del proceso de producción de antibióticos obtenidos por fermentación de Streptomyces kasugaensis, secados o no
ex 3823 90 91
4-(2-aminoetiltiometil)-1,3-tiazol-2-ilmetil dimetilamina, disuelta en tolueno
ex 3823 90 98
Mezcla de nitrometano y 1,2-epoxibutano
ex 3823 90 98
Preparación en forma de polvo, con un contenido de bis[3,5-bis(1-feniletil)salicilato] de cinc superior igual a 75 % en peso
ex 3823 90 98
Pentaóxido de diantimonio coloidal
ex 3823 90 98
Bauxita calcinada (refractaria)
ex 3823 90 98
Tetrakis (2-cloroetil) bis (fosfato) de etileno
ex 3823 90 98
Gránulos compuestos por una mezcla de trióxido de dialuminio y dióxido de zirconio, que contengan no menos de un 70 % y no más de un 78 % en peso de trióxido de dialuminio y no menos de un 19 % y no más de un 26 % de dióxido de zirconio
5,2
ex 3823 90 98
Gránulos compuestos por una mezcla de trióxido de dialuminio y dióxido de zirconio, que contengan no menos de un 54 % y no más de un 62 % de trióxido de dialuminio y no menos de un 36 % y no más de un 44 % de dióxido de zirconio
5,2
ex 3823 90 98
Bromuro de magnesio 2-oxoperhidroazepin-1-ida, disuelto en épsilon-caprolactama a una concentración no inferior al 20 % y no superior al 25 % y en peso
ex 3823 90 98
Productos de reacción del dihidrógenodifosfato de dibutilo y el 1,2-epoxipropano, destinados a la producción de poliuretano no rígido (a)
ex 3823 90 98
Película compuesta por óxidos de bario, calcio y o titanio o zirconio, mezclados con materiales ligantes
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3823 90 98
Mezcla de aminas obtenidas de ácidos grasos dimerizados, con un peso molecular medio comprendido entre 520 y 550
ex 3823 90 98
Hipoclorito de litio bruto
ex 3823 90 98
Mezcla de 2-(perfluoroalquil)etanotioles, que contengan cadenas de perfluoroalquilos de 6 a 14 átomos de carbono
ex 3823 90 98
Butiletilmagnesio disuelto en disolventes orgánicos a una concentración no inferior al 19 % y no superior al 30 % en peso
ex 3823 90 98
Mezcla de óxidos de bario, bismuto, plomo, titanio en forma de polvo, con un contenido en bario no inferior al 5 %, y un contenido en titanio no inferior al 15 % en peso, destinada a utilizarse como material dieléctrico durante la fabricación de condensadores cerámicos de capas múltiples (a)
ex 3823 90 98
Placas de niobato de litio, no impregnadas
ex 3823 90 98
Oxido de hierro magnetizado con un contenido de hierro bivalente superior al 31 % en peso y de cobalto no superior al 4 % en peso
ex 3823 90 98
Preparación constituida esencialmente por sulfonato alcalino de asfalto, de densidad comprendida entre 1,2 y 1,5 y una solubilidad en agua no inferior al 70 % en peso
ex 3823 90 98
Preparaciones anticorrosión constituidas por sales del ácido sulfónico del dinonilnaftaleno sobre un soporte de cera mineral o disueltas en disolventes orgánicos
ex 3901 20 00
Polietileno conteniendo mica en proporción igual o superior al 35 %, sin exceder del 45 % en peso
ex 3901 90 00
Copolímeros de etileno con ácido acrílico, o con ácido metacrílico, con un contenido en peso de ácido acrílico o ácido metacrílico no inferior al 16 % y no superior al 30 %, en una de las formas señaladas en la nota 6 b) del Capítulo 39
ex 3901 90 00
ex 3902 90 00
Copolímero en bloques del tipo A-B-A de poliestireno, de copolímero etilenobutileno y de poliestireno, que no contengan más de un 35 % en peso de estireno, en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
ex 3902 90 00
Poli(1-etiletileno) (polibuteno-1) en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
ex 3903 90 00
Copolímeros exclusivamente de alcohol alílico con estireno, que posean un índice de acetilo igual o superior a 175
ex 3903 90 00
Poliestireno bromado, que contenga no menos del 58 % y no más del 71 % en peso de bromo, en una de las formas señaladas en la nota 6 b) del Capítulo 39
ex 3904 40 00
Copolímeros de cloruro de vinilo con acetato de vinilo y alcohol vinílico, que contengan en peso no menos del 87 % y no más del 92 % de cloruro de vinilo, no menos del 2 % y no más del 9 % de acetato de vinilo, y no menos del 1 % y no más del 8 % de alcohol vinílico, en una de las formas señaladas en la nota 6 a) y b) del Capítulo 39
ex 3904 50 00
Copolímeros de cloruro de vinilideno con cloruro de vinilo, que contengan no menos de un 79,5 % en peso de cloruro de vinilideno, en una de las formas señaladas en la nota 6 (a) y (b) del Capítulo 39, para la fabricación de fibras, filamentos o láminas (a)
ex 3904 50 00
Copolímeros de cloruro de vinilideno y acrilonitrilo, en forma de gránulos expandibles de un diámetro no inferior a 4 micrómetros y no superior a 20 micrómetros
ex 3904 69 00
Polifluoruro de vinilo en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3904 69 00
Copolímero de etileno con clorotrifluoroetileno, en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
ex 3904 69 00
Terpolímero de etileno con clorotrifluoroetileno y hexafluoro(2-metilpropeno) en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
ex 3904 69 00
Copolímero de tetrafluoroetileno y hexafluoropropeno que contenga no menos del 1 % y no más del 51 % en peso de uno de los siguientes compuestos:
- sulfato de bario
- trióxico de dibismuto
- dioxocarbonato de dibismuto
- wolframio
en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
ex 3905 90 00
Formal polivinílico, en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39, con un peso molecular no inferior a 10 000 y no superior a 40 000, y que contenga, en peso:
- no menos del 9,5 % y no más del 13 % de grupos acetilo, expresados como
acetato de vinilo
- no menos del 5 % y no más del 6,5 % de grupos hidroxi, expresados como alcohol vinílico
ex 3906 90 00
Copolímeros de 2-di-isopropilaminoetilmetacrilato y decilmetacrilato, disueltos en N,N-dimetilacetamida, con un contenido en copolímero no inferior al 55 % en peso
ex 3906 90 00
Copolímero del ácido acrílico y del 2-etilhexilacrilato, que contenga no menos del 10 % y no más del 11 % en peso de 2-etilhexilacrilato
ex 3906 90 00
Poli[N-(3-hidroxiimino-1,1-dimetilbutil)acrilamida]
ex 3906 90 00
Copolímero de acrilonitrilo y acrilato de metilo modificado con polibutadienacrilonitrilo (NBR)
ex 3906 90 00
Productos de polimerización de ácido acrílico con pequeñas cantidades de un monómero poliinsaturado, destinados a la utilización como agente estabilizador en emulsiones o dispersiones con un pH superior a 13 (a)
ex 3906 90 00
Productos de polimerización del ácido acrílico con pequeñas cantidades de un monómero poliinsaturado destinados a utilizarse como espesantes para pastas pigmentarias de estampado de textiles, o para la fabricación de medicamentos incluidos en las partidas 3003 y 3004 (a)
ex 3906 90 00
Terpolímero de etileno, metilacrilato y un monómero que contenga un grupo carboxilo no terminal como sustituyente, mezclado o no con sílice
ex 3906 90 00
Productos de polimerización del ácido acrílico con metacrilato de alquilo y pequeñas cantidades de otros monómeros, utilizados como espesantes en la fabricación de pastas de estampación para tex-
tiles (a)
ex 3907 20 90
Poli[oxi(2,6-dibrom-1,4-fenileno)] destinado a la fabricación de poliamida (a)
ex 3907 20 90
Alfa-4-hidroxibutil-omega-hidroxipoli (oxitetrametileno), con un contenido en halógeno o en metal inferior a 1 mg/kg cada uno de ellos, y con un indice de color no superior a 20 unidades en la escala Hazen
ex 3907 20 90
Poli[oxi-1,4-fenilenoisopropiliden-1,4-fenilenoxi-(2-hidroxitrimetileno)] con un peso molecular medio superior a 26 000, en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3907 20 90
Poli(oxipropileno)con grupos alcoxisililo terminales
ex 3907 20 90
Productos de reacción de poli(oxialquileno)-poliol con un ácido policarboxílico y epsilon-caprolactama
ex 3907 99 00
Poli(oxi-1,4-fenilenocarbonilo), en forma de polvo
ex 3908 90 00
Poli(iminometileno-1,3-fenilenometilenoiminoadipoil) en una de las formas señaladas en la nota 6 (b) del Capítulo 39
ex 3911 90 10
Poli(oxi-1,4-fenilenosulfonil-1,4-fenilenooxi-1,4-fenilenoisopropilideno-1,4-fenileno) en una de las formas señaladas en la nota 6 b) del Capítulo 39
ex 3911 90 90
Copolímero de grupos alternos de etileno y anhídrido maleico, destinado a utilizarse como espesante para pastas pigmentadas destinadas al estampado textil (a)
ex 3911 90 90
Productos de polimerización de un polibutadieno-poliol con dos lactamas unidas por los átomos de nitrógeno mediante el radical acil bivalente de un ácido dicarboxílico
ex 3912 11 00
Triacetato de celulosa sin plastificar en forma de copos, para la fabricación de filamentos de triace-
tato (a)
ex 3912 39 10
Etilcelulosa, no plastificada
ex 3912 39 90
Alquilhidroxietilcelulosa
ex 3912 39 90
Hidroxialquilhidroxietilcelulosa
ex 3912 39 90
Hidroxipropilcelulosa
ex 3912 39 90
Etilhidroxietilcelulosa, insoluble en agua
ex 3914 00 00
Clorhidrato de colestipol (DCIM)
ex 3915 90 93
ex 3915 90 99
Desechos y desperdicios de película fotográfica (incluso película cinematográfica) y de película de
rayos X
ex 3915 90 99
Desechos y desperdicios de película de poliéster revestidas con un compuesto de wolframio o con compuestos de los metales de las tierras raras
ex 3919 90 31
ex 3920 62 00
ex 3921 90 19
Hojas laminadas reflectantes metalizadas, compuestas por una hoja de poliéster y al menos otra película de poliéster u otro material plástico, y revestidas por una cara con un adhesivo, protegidas o no con una película arrancable
ex 3919 90 31
ex 3920 62 00
ex 3921 90 19
Película de tereftalato de polietileno, coloreada en la masa, de espesor no superior a 25 mm, metalizada por una cara
ex 3920 10 11
Hojas de polietileno de un grosor no inferior a 20 y no superior a 40 micrómetros, para la producción de películas fotorresistentes destinadas a la fabricación de semiconductores (a)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 3920 10 11
Tira o banda laminada de plástico, ya sea:
- cuya anchura no sea inferior a 190 mm, y formada por una capa de película de poliamida biaxialmente orientada, revestida por un lado con cloruro de polivinilideno y por el otro una capa de polietileno, o bien,
- cuya anchura no supere los 15 mm, y formada por una capa de película de poliamida biaxialmente orientada y dos capas de película de polietileno
ex 3920 10 19
ex 3920 10 90
ex 3920 99 50
Película de un espesor no superior a 1 mm de un producto de copolimerización de alcohol vinílico con etileno, que no contenga otros productos de polimerización o de copolimerización, con una elongación de rotura (longitudinal o transversal) no inferior al 65 %
ex 3920 10 90
Pasta de papel sintética, en forma de hojas húmedas fabricadas con fibras de polietileno inconexas y finamente ramificadas, unidas o no con fibras de celulosa en cantidad que no exceda el 15 %, que contenga alcohol polivinílico disuelto en agua como agente humectante
ex 3920 10 90
Pasta de papel sintética, en forma de hojas húmedas compuestas por fibrillas no coherentes y finamente ramificadas de una mezcla de polietileno y un copolímero de polietileno, unidas o no a fibras de celulosa en cantidad que no exceda del 15 %, que contengan alcohol polivinílico disuelto en agua como agente humectante
ex 3920 10 90
Copolímero de etileno y propileno, en forma de cinta de una anchura no inferior a 18 mm y no superior a 27 mm, o no inferior a 58 cm y no superior a 90 cm, y de un espesor que no exceda de 1 mm; dicha cinta, tras ser extendida a 23 °C hasta alcanzar dos veces su longitud original, vuelve a ésta en un período de 2 minutos, con una tolerancia máxima de +15 %
ex 3920 20 90
Pasta de papel sintética en forma de hojas húmedas compuestas por fibrillas de polipropileno no coherentes y finamente ramificadas, unidas o no a fibras de celulosa en cantidad no superior al 15 %, que contengan alcohol polivinílico disuelto en agua como agente humectante
ex 3920 20 90
Pasta de papel sintética, en forma de hojas húmedas compuestas por fibrillas inconexas finamente ramificadas de polipropileno modificado con un ácido organico, unidas o no a fibras de celulosa en cantidad no superior al 15 % y que contenga alcohol polivinílico disuelto en agua como agente humectante
ex 3920 59 00
Copolímeros de los ésteres acrílico y metacrílico en forma de película, de un espesor no superior a 150 micras
ex 3920 62 00
Hojas de tereftalato de polietileno de un grosor superior o igual a 100 micrómetros, pero no superior a 150 micrómetros, para la fabricación de placas de impresión de fotopolímeros (a)
ex 3920 62 00
Película de tereftalato de polietileno de un espesor no inferior a 72 micrómetros y no superior a 79 micrómetros, destinada a la fabricación de discos magnéticos flexibles (a)
ex 3920 62 00
ex 3920 63 00
ex 3921 90 19
Hojas de poliéster de espesor no superior a 70 micrómetros recubiertas por una cara de una sustancia que se colorea en presencia de ácido salicílico, a una temperatura no superior a 100 °C
ex 3920 62 00
ex 3920 63 00
ex 3921 90 19
Hojas de poliéster de espesor no superior a 10 micrómetros recubiertas por una cara de ácido salicílico
ex 3920 69 00
Película iridiscente de poliéster y de polimetacrilato de metilo
ex 3920 69 00
Productos de policondensación del ácido tereftálico con una mezcla de ciclohex-1,4-ilenodimetanol y etano-1,2-diol, en forma de película
ex 3920 91 00
Película de polivinilbutiral con una banda gradualmente coloreada
ex 3920 92 00
Película compuesta por poli(epsilon-caprolactama) mezclada con o bien no más del 10 % en peso de polietileno o bien no más del 10 % en peso de un copolímero de etileno y acetato de vinilo
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
Derechos
autónomos
(%)
ex 3920 99 19
ex 3921 90 50
Hojas y láminas de poliimmida, no recubierta, o recubierta exclusivamente de materias plásticas
ex 3920 99 50
Película de poli(l-clorotrifluoroetileno)
ex 3920 99 50
Hojas de polifluoruro de vinilo
ex 3920 99 50
Hojas de un copolímero de etileno y clorotrifluoroetileno, de un espesor no inferior a 12 y no superior a 400 micrómetros
ex 3920 99 50
Película microporosa de politetrafluoroetileno, de una anchura igual o superior a 30 cm y de un peso igual o inferior a 22,4 gr/m2
ex 3920 99 50
Hojas completamente de alcohol polivinílico, de un espesor no superior a 1 mm que no contengan más del 2 % en peso de grupos acetatos no hidrolizados expresados en acetato de vinilo y no menos del 5 % ni más del 15 % en peso de glicerol utilizado como plastificante, no solubles en el agua a una temperatura inferior a 85 °C
ex 3920 99 50
Hoja de alcohol polivinílico recubierta por ambas caras por un copolímero de policloruro de vinilideno, con un espesor total inferior a 1 mm y con una elongación de rotura (longitudinal o transversal) no inferior al 65 %
ex 3920 99 50
Hoja de alcohol polivinílico de orientación biaxial que contenga no menos del 97 % en peso de alcohol polivinílico, no recubierta, de un espesor no superior a 1 mm
ex 3920 99 50
Hojas de una mezcla de polifluoruro de vinilideno y de un polímero acrílico de espesor no inferior a 40 y no superior a 60 micrómetros
ex 3920 99 50
ex 3924 90 60
Membranas intercambiadoras de iones en material plástico fluorado, destinadas a las células electrolíticas cloro-alcalinas (a)
ex 3920 99 50
ex 3921 90 60
Placas compuestas por un copolímero de etileno y clorotrifluoroetileno de espesor no inferior a 1 mm y no superior a 3 mm, incluso revestidas por una cara con un tejido de fibra de vidrio
ex 3926 90 91
Películas u hojas reflectantes compuestas por una cara superior de policloruro de vinilo que presente impresiones regulares en forma de pirámides, selladas al calor en líneas paralelas o en forma de rejilla a una cara dorsal de material plástico o de material tricotado cubierto por un lado con material plástico
ex 4104 10 91
ex 4104 21 00
Cueros y pieles de vaquillas de la India («kips»), enteros o incluso sin la cabeza ni las patas, con un peso neto por unidad mayor de 4,5 kg y no superior a 8 kg, curtidos solamente con sustancias vegetales, aunque se hayan sometido a otras operaciones pero manifiestamente inutilizables todavía para la fabricación de manufacturas de cuero
ex 4105 11 91
ex 4105 11 99
ex 4105 12 10
ex 4105 12 90
ex 4105 19 10
ex 4105 19 90
Pieles depiladas de ovino, preparadas, curtidas o recurtidas, pero sin preparación posterior, incluso divididas, excepto las de las partidas 4108 ó 4109
4106 11 90
4106 12 00
4106 19 00
Pieles depiladas de caprino, preparadas, curtidas o recurtidas, pero sin preparación posterior, incluso divididas, excepto las de las partidas 4108 ó 4109
4107 10 10
4107 29 10
4107 90 10
Pieles de los demás animales, depiladas o desprovistas de pelo, preparadas, o curtidas, excepto las de las partidas 4108 ó 4109
ex 4416 00 90
Barriles y cubas utilizados de roble, ensamblados o no, sus duelas y sus fondos
ex 4418 50 00
Tablas para tejados y muros, de madera de coníferas
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 4421 90 50
Madera preparada para fósforos, fabricada con madera de álamo (Populus tremuloides) para la fabricación de fósforos que no requieran una superficie
específica de frote (denominados fósforos «strike-anywhere») (a)
ex 4501 10 00
Corcho natural en bruto o simplemente preparado
ex 4501 90 00
Desperidicios de corcho; corcho triturado, granulado o pulverizado
ex 4823 90 90
Cintas de papel pegadas una con otra en forma de panal, con una altura máxima de 13 cm, destinadas al uso agrícola (a)
ex 4911 91 91
Serigrafías artísticas, firmadas por el artista y numeradas del 1 al 200
ex 4911 99 90
Microrreproducciones sobre soporte opaco destinadas a bancos de datos y a bibliotecas (a)
ex 5306 10 11
ex 5306 10 31
Hilos de lino crudo (con exclusión de los hilos de estopa) con título de 333,3 dtex o más (no superior al número métrico 30), destinados a la fabricación de hilos retorcidos o cableados, para la industria del calzado y para ligar cables (a)
1,8
ex 5402 39 10
Hilados texturados de polipropileno, impregnados con un hidrófugo a base de silicona
ex 5402 41 10
Hilos de poliamida, no tejidos, sin tensión o con una tensión no superior a 22 vueltas por metro, de filamentos contraídas de 2 componentes, compuestos por polihexametilenopoliamida y una copoliamida, para la fabricación de medias hasta la rodilla incluidas en las subpartidas 6115 20 11 y 6115 93 30, medias de mujer incluidas dentro de las subpartidas 6115 20 19 y 6115 93 91, o pantis incluidos en la subpartida 6115 11 00 (a)
ex 5402 41 30
ex 5402 41 90
Hilos exclusivamente de poliamidas aromáticas obtenidas por policondensación de m-fenilenodiamina con ácido isoftálico
ex 5402 49 99
Hilos de un copolímero de ácido glicólico y ácido láctico, para la fabricación de suturas quirúrgicas (a)
ex 5402 49 99
Hilos de poli(1,4-dioxanona)
ex 5402 49 99
ex 5402 59 90
ex 5402 69 90
Hilos de alcohol polivinílico, hidrosolubles a una temperatura de 50 °C, destinados a la fabricación de fieltros sin trama para máquinas de papel (a)
ex 5402 49 99
ex 5402 59 90
ex 5402 69 90
Hilos de alcohol polivinílico, no tejidos, para la fabricación de manguitos
para cilindros de impre-
sión (a)
ex 5402 49 99
ex 5402 69 90
Hilos de politetrafluoroetileno
ex 5402 49 99
ex 5402 69 90
Hilos compuestos exclusivamente de ácido poliglicólico
ex 5404 10 90
Monofilamentos de poli(1,4-dioxanona)
ex 5404 10 90
Monofilamentos de un copolímero de 1,3-dioxan-2-ona con y de 1,4-dioxan-2,5-diona para la fabricación de suturas quirúrgicas (a)
ex 5404 10 90
Monofilamentos de politetrafluoroetileno
ex 5404 90 90
Láminas de politetrafluoroetileno, con una elongación de rotura que no supere el 25 %
ex 5407 71 00
Tejidos de fibras de alcohol polivinílico para bordados mecánicos
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 5407 71 00
ex 5903 90 99
Tejidos de politetrafluoroetileno recubiertos en una cara de un copolímero de tetrafluoroetileno y de trifluoroetileno con cadenas laterales alkoxiperfluoradas acabadas en grupos ácido carboxílicos o ácido sulfónico en forma de sal de potasio o de sodio, incluso recubiertos por la misma cara de un compuesto metálico inorgánico
ex 5503 10 19
Fibras textiles íntegramente de poliamida aromática obtenidas por policondensación de meta-fenilenediamina y de ácido isoftálico, destinadas a cualquier utilización distinta de la fabricación de los artículos de los Capítulos 60, 61, 62, 63, 64 y 65 o de productos utilizados en la fabricación de dichos artículos (a)
ex 5503 10 19
Fibras textiles cuyo contenido sea igual o superior al 1 % e igual o inferior al 15 % en peso de fibras poli(p-fenilenetereftalamida) y con un contenido de 85 % en peso como mínimo de fibras de poliamida aromática obtenidas mediante policondensación de meta-fenilenediamina y de ácido isoftálico
ex 5503 90 10
ex 5503 90 90
Fibras textiles complejas, acetalizadas, que contengan una matriz de estructura fibrilar, constituidas por policloruro de vinilo y alcohol polivinílico polimerizados por emulsión
ex 5503 90 90
Fibras textiles en politetrafluoroetileno
ex 5503 90 90
Fibras íntegramente constituidas de poli(tio-1,4-fenileno)
ex 5503 90 90
ex 5601 30 00
Fibras de alcohol polivinílico, incluso acetiladas
ex 5504 10 00
Fibras exclusivamente de Modal (ISO)
ex 5603 00 10
ex 5603 00 91
ex 5603 00 93
Telas sin tejer en pieza o cortadas en forma cuadrada o rectangular, de fibras de alcohol polivinílico, de espesor no inferior a 200 micrómetros y no superior a 280 micrómetros, y un peso no inferior a
20 g/m2 y no superior a 50 g/m2
ex 5603 00 10
ex 5603 00 91
ex 5603 00 93
ex 5603 00 95
Telas sin tejer en piezas o simplemente cortadas de forma cuadrada o rectangular, en filamentos continuos de poliéster, unidos a poliacrilatos, modelados, prensados o impresos, que pesen por m2 150 g o menos
ex 5603 00 10
ex 5603 00 93
ex 5603 00 95
ex 5603 00 99
Telas sin tejer en piezas o simplemente cortadas en forma cuadrada o rectangular de poliamida aromático, obtenidos mediante policondensación de metafenilenediamina y ácido isoftálico
ex 5603 00 93
ex 5603 00 95
Telas sin tejer en piezas o simplemente cortadas en forma cuadrada o rectangular, constituidas por una capa de fibras de polipropileno obtenidas mediante la pulverización de polímero fundido, termosellada en cada cara a una capa de fibra de polipropileno obtenida por hiladura directa, de un grosor de 550 micrómetros como máximo y un peso de 80 g/m2 como máximo, ni impregnados in recubiertos
ex 5903 10 90
ex 5903 20 90
ex 5903 90 99
Tejidos o telas de punto, bañados o recubiertos por una cara de una capa de materias plásticas artificiales en la que están incorporadas microesferas
ex 5907 00 00
Tejidos con baño de una materia adhesiva en la que están incorporadas
microesferas de un diámetro de 75 micrómetros como máximo y de un peso por m2 no superior a 550 g
ex 5911 90 90
Hilos o láminas de politetrafluoroetileno, impregnados, incluso aceitados o con grafito
ex 6305 10 10
Sacos y talegas para envasar, usados, de tejidos de yute o de otras fibras textiles de líber de la partida
5303
ex 6815 99 90
Microesferas que contengan más del 90 % en peso de bario y de titanio, expresadas como óxido de bario y dióxido de titanio, con un diámetro inferior a 100 micrómetros y un índice de refracción de 2,1 como mínimo y de 2,4 como máximo
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 6903 20 90
ex 6914 90 90
Hilos constituidos de filamentos cerámicos continuos que contengan 12 % en peso de trióxido de diboro como mínimo, 26 % en peso de dióxido de silicio como máximo y 60 % en peso de trióxido de dialuminio como mínimo
ex 6909 19 00
Soportes para catalizadores consistentes en elementos cerámicos porosos de cordierita o de mullita, de sección más o menos circular oval, cuadrada o rectangular, cuyos lados paralelos tengan un volumen global no superior a 65 000 ml, de dimensión exterior igual o superior a 20 mm e igual o inferior a 1 800 mm, provistos al menos de un canal continuo, por 100 mm2, paralelo al eje principal de simetría, con ambos extremos abiertos o bien uno de ellos cerrado, con una superficie total de la sección de los canales comprendida entre el 10 % y el 90 % de la superficie total de la sección del elemento
ex 6909 19 00
Placas constituidas de una mezcla de trióxido de dialuminio y de carburo de titanio, de dimensiones no superiores a 48x48 mm o de un diámetro no superior a 125 mm, destinadas a la fabricación de cabezas magnéticas (a)
ex 7006 00 90
Discos de vidrio plano al plomo, moldeados y pulidos, con los bordes trabajados:
- de grosor comprendido entre 3,5 mm y 5 mm,
- de diámetro comprendido entre 135 y 140 mm,
- de densidad mínima de 2,88 g/cm3 y
- que aseguren una transmisión de la luz del 87 % por lo menos para longitudes de onda entre 450 y 800 nanómetros, destinados a ser montados sobre aparatos de proyección de vídeo (a)
ex 7011 20 00
Ampollas de vidrio, para tubos de rayos catódicos monocromos, con diagonal de pantalla no inferior a 3,8 cm y no superior a 51 cm y diámetro nominal del cuello de 13, 20, 29 ó 37 mm
ex 7011 20 00
Pantallas enteramente de vidrio, de diagonal no superior a 61 cm, provistas de un reborde, destinadas a la fabricación de tubos de rayos catódicos monocromos (a)
ex 7011 20 00
Conos de vidrio con diagonal no superior a 61 cm, provistos de un reborde acanalado destinados a la fabricación de tubos de rayos catódicos monocromos (a)
ex 7019 10 59
Hilos de 33 tex o de un múltiplo de 33 ± 7,5 % obtenidos a partir de fibras de vidrio continuas hilables de un diámetro comprendido entre 2,5 y 5,1 micrómetros, distintos de los hilos tratados para la fijación de elastómeros
ex 7019 10 59
Hilos obtenidos a partir de fibras de vidrio continuas hilables de un diámetro comprendido entre 12,5 y 13,5 micrómetros, tratados con resima formaldehidoresorcinol, de un título de 340 tex como mínimo y 680 tex como máximo
ex 7019 10 59
Hilos de 22 tex obtenidos a partir de fibras de vidrio continuas hilables de un diámetro comprendido entre 4,7 y 5,5 micrómetros
ex 7019 10 59
Hilos de fibras de vidrio textiles continuas de 33, 34 ó 51 tex ± 7,5 % o uno de sus múltiplos, de un diámetro igual o superior a 5,8 micrómetros e inferior o igual a 7,1 micrómetros
ex 7019 32 00
ex 7019 39 00
Telas sin tejer en fibras de vidrio no textiles de un peso inferior o igual a 120 gr por m2 de un calibre de fibras inferior o igual a 7 micrómetros (sin incluir un baño eventual), desinados a la fabricación de productos de filtrados (a)
ex 7019 90 10
Fibras de vidrio no textiles en las que la mayoría presentan un diámetro inferior a 3,5 micrómetros
ex 7410 11 00
ex 7410 12 00
Planchas y placas de politetrafluoroetileno que contengan óxido de aluminio o dióxido de titanio o armadas de un tejido de fibras de vidrio, recubiertas por las dos caras de una película de cobre
ex 7602 00 19
Los demás desperdicios de aluminio (incluidos los rechazos de fabricación)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.
Código NC
Designación de la mercancía
Derechos
autónomos
(%)
ex 8103 90 10
Hilos de tantalio sin alear de un diámetro de 0,2 mm como mínimo y de 0,5 mm como máximo, destinados a la fabricación de condensadores (a)
ex 8104 90 10
Chapas de magnesio esmeriladas y pulidas, cuyas dimensiones no excedan de 1 500x2 000 mm, revestidas en una cara de resina epoxa insensible a la luz
ex 8108 10 10
Titanio esponjoso
ex 8108 10 90
Desechos y desperdicios de titanio
ex 8111 00 11
Manganeso electrolítico de pureza mínima de 99,7 % en peso, para la industria química (a)
ex 8111 00 11
Manganeso electrolítico de pureza mínima de 99,7 % en peso, para la producción de aleaciones no ferrosas (a)
ex 8401 30 00
Cartuchos para reactores nucleares (barras), constituidos por óxidos mixtos de uranio enriquecido en U 235 y gadolinio, contenidos en una vaina metálica de zircaloy del tipo «Barrera»
ex 8419 89 90
Haces de inmersión formados por un conjunto de tubos de materia plástica reunidos en cada extremo por una estructura en forma de panel encerrada en un empalme
ex 8421 99 00
Elementos de aparatos para la separación o purificación de gases a partir de mezclas gaseosas, constituidos por un haz de fibras huecas y permeables que, en un extremo, atraviesan un elemento de materia plástica; sellados en el otro extremo, estando el conjunto integrado en un contenedor, incluso perforado, con longitud total de 300 mm como mínimo y de 3 700 mm como máximo, con un diámetro de 550 mm como máximo
ex 8421 99 00
Piezas de equipos para la depuración de agua por ósmosis inversa, consistentes en un grupo de fibras huecas de materia plástica artifical de paredes permeables, sumergidas por un extremo en un bloque de materia plástica artificial y que atraviesan un bloque de materia plástica artifical por el otro extremo, incluso presentado el conjunto encerrado en un cilindro
ex 8421 99 00
ex 5911 90 90
Partes de aparatos de filtración o purificación del agua mediante ósmosis inversa, constituidos esencialmente por membranas de materia plástica y reforzadas internamente por telas tejidas o no, en- rrolladas alrededor de un tubo perforado y encerrado en un cilindro de materia plástica, cuyo espesor de pared no sea superior a 4 mm, encerrado o no en un cilindro cuyo espesor de pared no sea inferior a 5 mm
ex 8439 99 00
Rodillos aspirantes de acero aleado, sin perforar, con una longitud de 5 207 mm como mínimo con un diámetro exterior de 754 mm como mínimo destinados a ser utilizados en las máquinas para la fabricación del papel y cartón (a)
(a) Para el control de la utilización para este fin particular se aplicarán las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.