Reglamento (CEE) núm. 1614/89 del Consejo, de 29 de mayo de 1989, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 3529/86 relativo a la protección de los Bosques de la Comunidad contra los incendios.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1989-80569
Número oficial:
DOUE-L-1989-80569
Publicación:
15/06/1989
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, sus artículos 43 y 130 S,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que, a pesar de la existencia de medidas de prevención, los incendios forestales consumen cada año, en particular en la parte meridional de la Comunidad, 500 000 hectáreas de bosque; que en consecuencia resulta necesario que tales medidas de prevención, establecidas en el Reglamento (CEE) No 3529/86 (4), vayan acompañadas de medidas adecuadas que permitan aumentar la eficacia de la protección de los bosques contra los incendios;

Considerando que la experimentación de nuevas técnicas y tecnologías y de nuevos materiales y productos puede contribuir a reforzar esta protección;

Considerando que la Decisión 89/367/CEE (5) ha creado un Comité Forestal Permanente y que es conveniente encomendar a dicho Comité las competencias del Comité para la protección de los bosques establecidas en el Reglamento (CEE) No 3529/86;

Considerando que la participación financiera de la Comunidad en las medidas que implica dicha acción debe adaptarse en consecuencia,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modifica el Reglamento (CEE) No 3529/86 del modo siguiente:

1) En el artículo 2:

a) se inserta el apartado siguiente:

«1 bis. La acción constará asimismo de medidas para estimular la realización de proyectos piloto y la experimentación de nuevas técnicas y tecnologías, así como la puesta a punto de materiales y productos que aumenten la

eficacia de las medidas de protección de los bosques contra los incendios.»

b) en el apartado 2, se sustituyen los términos «del apartado 1» por los términos «de los apartados 1 y 1 bis».

2) Se modifica el artículo 4 del modo siguiente:

a) se sustituye la frase introductoria del apartado 1 por el texto siguiente:

«Se consultará al Comité Forestal Permanente creado por la Decisión 89/367/CEE (6) con arreglo al artículo 8 del Reglamento (CEE) No 3528/86:»;

b) se suprimen, en el apartado 2, las palabras «con arreglo al artículo 8 del Reglamento (CEE) No 3528/86»;

c) se añade la mención siguiente a pie de página:

«(7) DO No L 165 de 15. 6. 1989, p. 14.»

3) Se inserta el artículo siguiente:

«Artículo 4 bis

La coordinación y el seguimiento de la acción para la protección de los bosques contra los incendios objeto del presente Reglamento correrán a cargo de la Comisión. Esta podrá en particular recurrir a institutos de investigación y a consejeros científicos o técnicos.»

4) Se sustituye, en el apartado 2 del artículo 5, el importe de 20 millones de ecus por el de 31,5 millones de ecus.

5) Se sustituye, en el artículo 6, el porcentaje del 30 % por el de 50 %.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 1989.

Por el Consejo

El Presidente

C. ROMERO HERRERA

(1) DO No C 312 de 7. 12. 1988, p. 13.

(2) Dictamen emitido el 26 de mayo de 1989 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO No C 139 de 5. 6. 1989, p. 14.

(4) DO No L 326 de 21. 11. 1986, p. 5.

(5) Véase la página 14 del presente Diario Oficial.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida