Reglamento (CEE) núm. 1534/93 de la Comisión, de 22 de junio de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 3626/82 del Consejo relativo a la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1993-80866
Número oficial:
DOUE-L-1993-80866
Publicación:
23/06/1993
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3626/82 del Consejo, de 3 de diciembre de 1982, relativo a la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1970/72 (2), y, en particular, su artículo 4,

Considerando que se han introducido modificaciones en los Apéndices I y II del Convenio, como resultado de los procedimientos postales comunicados por la Secretaría del CITES, el 15 de septiembre de 1992, a petición de Australia, las cuales entraron en vigor el 16 de abril de 1993; que deberían modificarse ahora los Apéndices I y II del Anexo A del Reglamento (CEE) no 3626/82 a fin de incorporar a ellos las mencionadas modificaciones que fueron aceptadas por los Estados miembros, Partes en el Convenio;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo A del Reglamento (CEE) no 3626/82 se modificará de la siguiente manera:

1. En el apartado 10 de la interpretación de los Apéndices I y II se añadirá el texto siguiente:

« °504 Los cultivos de tejidos y los cultivos de plántulas en frascos no están sujetos a las disposiciones del Convenio. ».

2. El apartado 12 de la interpretación de los Apéndices I y II se sustituirá por el texto siguiente:

« 12. Dado que ninguna de las especies ni taxones superiores de FLORA del Apéndice I lleva una anotación en el sentido de que sus híbridos deban tratarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo III del Convenio, se entiende que se podrá comerciar, mediante un certificado de reproducción artificial, con los híbridos reproducidos artificialmente obtenidos a partir de una o más de estas especies o taxones, y que las semillas y el polen (incluidos los polinios), las flores cortadas, los cultivos de tejidos y los cultivos de plántulas en frascos de dichos híbridos no están sujetos a las disposiciones del Convenio. ».

3. En el Apéndice I se añadirá la anotación °504 a las siguientes especies y taxones superiores:

« Flora

Orchidaceae

Cattleya skinneri

Cattleya trianae

Didiciea cunninghamii

Laelia jongheana

Laelia lobata

Lycaste skinneri var. alba = 392

Paphiopedilum spp.

Peristeria elata

Phragmipedium spp.

Renanthera imschootiana

Vanda coerulea ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de junio de 1993.

Por la Comisión

Yannis PALEOKRASSAS

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 384 de 31. 12. 1982, p. 1.

(2) DO no L 201 de 20. 7. 1992, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €