Reglamento (CEE) nº 625/87 del Consejo, de 27 de febrero de 1987, por el que se prorroga el Reglamento (CEE) nº 486/85 relativo al régimen aplicable a los productos agrícolas y a determinadas mercancías que resultan de la transformación de productos agrícolas originarios de los Estados de Africa, del Caribe y del Pacífico (Estados ACP) o de los países y Territorios de Ultramar.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1987-80216
Número oficial:
DOUE-L-1987-80216
Publicación:
28/02/1987
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 486/85 del Consejo (1), prorrogado por el Reglamento (CEE) no 692/86 (2), y, en particular, su artículo 26,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que la aplicación del Reglamento (CEE) no 486/85 está limitada al 28 de febrero de 1987,

Considerando que el Tercer Convenio ACP-CEE y la Decisión 86/283/CEE del Consejo, de 30 de junio de 1986, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Económica Europea (3), han entrado ya en vigor; que, por lo tanto es conveniente prorrogar el Reglamento (CEE) no 486/85;

Considerando que en lo que se refiere a España y Portugal, el Reglamento (CEE) no 486/85 está estrechamente relacionado con las disposiciones adoptadas en virtud de los artículos 179, 180, 366 y 367 del Acta de adhesión de 1985 y que figuran en el Reglamento (CEE) no 691/86 del Consejo, de 3 de marzo de 1986, por el que se establece el régimen provisional aplicable a los intercambios de España y de Portugal con los Estados ACP (4), prorrogado por el Reglamento (CEE) no 4114/86 (5); que, por lo tanto, es conveniente prever que el Reglamento (CEE) no 486/85 se aplique al Reino de España y a la República Portuguesa, sin perjuicio y dentro del límite de las disposiciones adoptadas en virtud de los citados artículos del Acta de adhesión de 1985,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 26 del Reglamento (CEE) no 486/85, la fecha de 28 de febrero de 1987 se sustituirá por la de 31 de mayo de 1987.

Artículo 2

El Reglamento (CEE) no 486/85 se aplicará al Reino de España y a la República Portuguesa, sin perjuicio y dentro del límite de las disposiciones adoptadas en aplicación de los artículos 179, 180, 366 y 367 del Acta de adhesión de 1985.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de marzo de 1987.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de febrero de 1987.

Por el Consejo

El Presidente

L. TINDEMANS

(1) DO no L 61 de 1. 3. 1985, p. 4.

(2) DO no L 63 de 5. 3. 1986, p. 93.

(3) DO no L 175 de 1. 7. 1986, p. 1.

(4) DO no L 63 de 5. 3. 1986, p. 3.

(5) DO no L 380 de 31. 12. 1986, p. 15.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €