Reglamento (CEE) nº 590/86 de la Comisión, de 28 de febrero de 1986, por el que se modifican diversos Reglamentos agrimonetarios con vistas a la adhesión de España y de Portugal.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-80230
Número oficial:
DOUE-L-1986-80230
Publicación:
01/03/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

<(BLK0)LA ORG="CCF">ES</(BLK0)LA>

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1676/85 del Consejo, de 11 de junio de 1985, relativo al valor de la unidad de cuenta y a los tipos de cambio que se deben aplicar en el marco de la política agrícola común (1), y, en particular, su artículo 12,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1677/85 del Consejo, de 11 de junio de 1985, relativo a los montantes compensatorios monetarios en el sector agrícola (2), y, en particular, su artículo 12,

Considerando que la adhesión de España y de Portugal en lo que se refiere al sector agrícola surtirá efecto a partir del 1 de marzo de 1986; que los Reglamentos adoptados antes de la adhesión deben adaptarse para tener en cuenta las modalidades técnicas específicas que el régimen transitorio lleva consigo;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen de los Comités de gestión interesados,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Reglamento (CEE) n° 3152/85 de la Comisión, de 11 de noviembre de 1985, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) n° 1676/85 del Consejo relativo al valor de la unidad de cuenta y a los tipos de cambio que se deben aplicar en el marco de la política agrícola común (3), la disposición de la letra d) del apartado 3 del artículo 2 deberá leerse como sigue:

«d) montantes compensatorios de adhesión con arreglo al apartado 6 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 3153/85 (1).

(1) DO n° L 310 de 21. 11. 1985, p. 4.»

Artículo 2

En el artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 3153/85 se añade el apartado siguiente:

«6. Se entenderá por montantes compensatorios de adhesión, todos los montantes fijados en ECUS en el marco de la adhesión de nuevos Estados miembros, aplicables a los intercambios:

- entre la Comunidad de los Diez y los nuevos Estados miembros,

- entre los nuevos Estados miembros

entre los nuevos Estados miembros y los terceros países.»

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de marzo de 1986.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, de 28 de febrero de 1986

Por la ComisiónFrans ANDRIESSENVicepresidente

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €