Reglamento (CEE) nº 4119/88 de la Comisión, de 23 de diciembre de 1988, por el que se modifica y prorroga el Reglamento (CEE) nº 2819/79 por el que se someten a un régimen de vigilancia comunitaria las importaciones de determinados productos textiles originarios de determinados terceros países.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1988-81535
Número oficial:
DOUE-L-1988-81535
Publicación:
29/12/1988
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

Visto el Reglamento ( CEE ) no 288/82 del Consejo, de 5 de febrero de 1982, relativo al régimen comun aplicable a las importaciones ( 1 ), modificado por el Reglamento ( CEE ) no 1243/86 ( 2 ), y, en particular, su articulo

10,

Previa consulta en el seno del Comité consultivo constituido en virtud de lo dispuesto en el articulo 5 del Reglamento anteriormente mencionado,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) no 2819/79 de la Comision ( 3 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 3109/88 ( 4 ), somete a un régimen de vigilancia comunitaria las importaciones de determinados paises mediterraneos signatarios de acuerdos por los que se establece un regimen preferencial con la Comunidad a saber, Egipto, Turquia y Malta;

Considerando que subsistem aun los motivos que justificaron el establecimiento de dicho régimen de vigilancia y que conviene mantenerlo vigente;

Considerando que este régimen de vigilancia no prejuzga la aplicacion de medidas de salvaguardia que protejan a los productos contemplados en el presente Reglamento;

Considerando que es conveniente hacer extensible este régimen a determinados productos textiles originarios de Turquia ( categorias 21, 24, 28, 70, 74 y 75 ) debido a la evolucion de los flujos de intercambio;

Considerando que este régimen de vigilancia no prejuzga la aplicacion de las medidas de transicion adoptadas en virtud del Acta de adhesion de Espana y de Portugal respecto de determinados terceros paises,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

Las categorias 21, 24, 28, 70, 74 y 75 recogidas en el Anexo han sido anadidas al Anexo del Reglamento ( CEE ) no 2819/79 .

Articulo 2

Las disposiciones del Reglamento ( CEE ) no 2819/79 se entienden sin perjuicio de la aplicacion de las medidas de transicion adoptadas en virtud del Acta de adhesion de Espana y de Portugal respecto de determinados terceros paises .

Articulo 3

Se prorroga el Reglamento ( CEE ) no 2819/79 hasta el 31 de diciembre de 1989 .

Articulo 4

El presente Reglamento entrara en vigor el 1 de enero de 1989 y sera aplicable hasta el 31 de diciembre de 1989 .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 1988 .

Por la Comision

Willy DE CLERCQ

Miembro de la Comision

( 1 ) DO no L 35 de 9 . 2 . 1982, p . 1 .

( 2 ) DO no L 113 de 30 . 4 . 1986, p . 1 .

( 3 ) DO no L 320 de 15 . 12 . 1979, p . 9 .

( 4 ) DO no L 277 de 8 . 10 . 1988, p . 38 .

ANEXO

1.2.3.4.5Categoria

Codigo NC

Designacion de la mercancia

Unidades

Terceros paises

( 1 )

( 2 )

( 3 )

( 4 )

( 5 )

21

ex 6201 12 10 ex 6201 12 90 ex 6201 13 10 ex 6201 13 90 6201 91 00 6201 92 00 6201 93 00

" Parkas "; " anoraks " y analogos, distintos de los punto, lana, algodon o fibras sintéticas o artificiales

1 000 piezas

Turquia //

ex 6202 12 10 ex 6202 12 90 ex 6202 13 10 ex 6202 13 90 6202 91 00 6202 92 00 6202 93 00 // // // // // // // //

24

6107 21 00 6107 22 00 6107 29 00 6107 91 00 6107 92 00 ex 6107 99 00

Camisones, pijamas, albornoces, batas y articulos analogos de punto para hombres o ninos

1 000 piezas

Turquia //

6108 31 10 6108 31 90 6108 32 11 6108 32 19 6108 32 90 6108 39 00 6108 91 00 6108 92 00 6108 99 10

Camisones, pijamas, " mananitas ", albornoces, batas y articulos analogos, de punto, para mujeres o ninas // // // // // // //

28

6103 41 10 6103 41 90 6103 42 10 6103 42 90 6103 43 10 6103 43 90 6103 49 10 6103 49 91

Pantalones, pantalones de peto, pantalones cortos ( que non sean de bano ), de punto, lana, algodon o fibras sintéticas o artificiales

1 000 piezas

Turquia //

6104 61 10 6104 61 90 6104 62 10 6104 62 90 6104 63 10 6104 63 90 6104 69 10 6104 69 91 // // // // // // // //

70

6115 11 00 6115 20 19 6115 93 91

Medias-pantalon y " panties ", de fibras sintéticas, que contengan hilos simples menos de 67 decitex ( 6,7 tex ) Medias de senora de fibras sintéticas

4 000 pares

Turquia // // // // //

( 1 )

( 2 )

( 3 )

( 4 )

( 5 )

74

6104 11 00 6104 12 00 6104 13 00 ex 6104 19 00 6104 21 00 6104 22 00 6104 23 00 ex 6104 29 00

Trajes-sastre y conjuntos, de punto, para mujeres o ninas, de lana, de algodon o de fibras sintéticas o artificiales, con excepcion de las prendas de esqui

1 000 piezas

Turquia // // // // //

75

6103 11 00 6103 12 00 6103 19 00 6103 21 00 6103 22 00 6103 23 00 6103 29 00

Trajes completos y conjuntos de punto para hombres y ninos, de lana, de algodon o de fibras sintéticas o artificiales, con excepcion de las prendas de esqui

1 000 piezas

Turquia // // // // //

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

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