Reglamento (CEE) nº 3915/90 del Consejo, de 21 de diciembre de 1990, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3164/76 relativo al acceso al mercado de los transportes internacionales de mercancías por carretera.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-81901
Número oficial:
DOUE-L-1990-81901
Publicación:
31/12/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 75,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo(1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social(2),

Considerando que la ampliación de la Comunidad como consecuencia de la unificación alemana se traduce en una extensión del mercado de los transportes de mercancías por carretera;

Considerando que conviene, por lo tanto, fijar, a partir del 1 de enero de 1991, el suplemento de autorizaciones comunitarias y su reparto entre los Estados miembros; que este reparto debería permitir a los transportistas establecidos en el antiguo territorio de la República Democrática Alemana acceder al mercado comunitario en las mismas condiciones que los demás transportistas;

Considerando que conviene modificar, por consiguiente, el Reglamento (CEE) N° 3164/76(3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) N° 1053/90(4),

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

El Reglamento (CEE) N° 3164/76 queda modificado de la manera siguiente :

En el apartado 1 del artículo 3 se añade el párrafo siguiente :

«El suplemento de autorizaciones comunitarias atribuido en 1991 y 1992 a cada uno de los Estados miembros con motivo de la ampliación de la Comunidad como consecuencia de la unificación alemana queda fijado como sigue:

----------------------------------------------------------------------------

|1991 |1992

----------------------------------------------------------------------------

Bélgica |47 |66

Dinamarca |46 |64

Alemania |470 |658

Grecia |21 |29

España |49 |69

Francia |64 |90

Irlanda |22 |30

Italia |64 |90

Luxemburgo |22 |31

Países Bajos |67 |94

Portugal |28 |39

Reino Unido |40 |56.»

----------------------------------------------------------------------------

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1991.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1990.

Por el ConsejoEl PresidenteA. RUBERTI

(1)Dictamen emitido el 14 de diciembre de 1990 (no publicado aún en el

Diario Oficial).

(2)Dictamen emitido el 18 de diciembre de 1990 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3)DO N° L 357 de 29. 12. 1976, p. 1.

(4)DO N° L 108 de 28. 4. 1990, p. 5.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €