Reglamento (CEE) nº 3817/86 de la Comisión, de 15 de diciembre de 1986, por el que se modifican el Reglamento (CEE) nº 1183/86 y el Reglamento (CEE) nº 1185/86 relativos al sector de las materias grasas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-81778
Número oficial:
DOUE-L-1986-81778
Publicación:
16/12/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,

Visto el Reglamento (CEE) no 475/86 del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por el que se determinan las normas generales del régimen de control de los precios y de las cantidades despachadas al consumo en España de determinados productos del sector de las materias grasas (1), y, en particular, su artículo 16,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1183/86 (2) cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3329/86 (3), establece en el apartado 4 de su artículo 14 que la cotización no se percibirá en el momento de la importación de determinados aceites hasta un límite de 34 000 toneladas; que la revisión del balance provisional indica que la importación de dichos aceites en España alcanzará al 31 de diciembre de 1986 la cantidad de 37 500 toneladas; que, por consiguiente, conviene modificar la cantidad de esos aceites que se beneficiará de la exoneración de la cotización;

Considerando que el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 1183/86 dispone la fijación de las cantidades de aceites y de grasas que se despacharán al consumo en España así como de los límites del volumen anual de las importaciones de dichos productos; que esas cantidades han sido fijadas por el Reglamento (CEE) no 1185/86 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3331/86 (5);

Considerando, no obstante, que, por lo que se refiere al aceite de soja destinado a la alimentación así como a los aceites de palma, palmito y

copra, la evolución de las necesidades del mercado justifica la modificación de dichas cantidades;

Considerando que durante la campaña 1985/86 la producción española de girasol fue inferior a la estimada, permitiendo así la desparición del excedente de producción que se había previsto inicialmente, que, por consiguiente, debe fijarse en cero la cantidad de semillas de girasol que, recolectada en España y dedicada a la producción de aceite destinado a la exportación podrá beneficiarse de la ayuda compensatoria contemplada en el artículo 14 del Reglamento (CEE) no 475/86;

Considerando que las disposiciones establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del sector de las materias grasas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el segundo guión del apartado 4 del artículo 14 del Reglamento (CEE) no 1183/86, se sustituye la cifra « 34 000 » por la de « 37 500 ».

Artículo 2

Se modifica el Reglamento (CEE) no 1185/86 de la forma siguiente:

1. En el apartado 1 del artículo 1 se sustituye en la letra b), la cifra de « 70 000 » por la de « 75 000 », y, en la letra c), la cifra de « 42 000 » por la de « 45 500 ».

2. En la letra c) del apartado 1 del artículo 2, se sustituye la cifra de « 34 000 » por la de « 37 500 ».

3. En el artículo 3, se sustituye la cifra de « 83 000 » por la de « 0 ».

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 53 de 1. 3. 1986, p. 47.

(2) DO no L 107 de 24. 4. 1986, p. 17.

(3) DO no L 306 de 1.11. 1986, p. 33.

(4) DO no L 107 de 24. 4. 1986, p. 28.

(5) DO no L 306 de 1. 11. 1986, p. 35.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/339 de la Comisión, de 16 de febrero de 2026, por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2022/30.

Reglamento 29/04/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida