Reglamento (CEE) nº 3769/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, por el que se modifica, como consecuencia de la adhesión de España y Portugal, el Reglamento (CEE) nº 729/70 en lo que se refiere al marco financiero del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola, sección «Orientación».

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1985-81219
Número oficial:
DOUE-L-1985-81219
Publicación:
31/12/1985
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 3769/85 DEL CONSEJO

por el que se modifica , como consecuencia de la adhesión de España y Portugal , el Reglamento ( CEE ) n º 729/70 en lo que se refiere al marco financiero del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola , sección « Orientación »

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Vista el Acta de adhesión de España y Portugal y , en particular , el apartado 2 de su artículo 396 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que el artículo 6 quater del Reglamento ( CEE ) n º 729/70 del Consejo , de 21 de abril de 1970 , relativo a la financiación de la política agrícola común (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 870/85 (2) , fija el marco financiero quinquenal relativo a los importes totales de las contribuciones financieras que pueden cargarse al Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola ( FEOGA ) , sección « Orientación » , para el período 1985-1989 ; que dicho importe se previó en función de las necesidades de mejora de las estructuras agrícolas de la Comunidad de los Diez ;

Considerando que la ampliación a España y Portugal implica , en el marco de la política estructural , recursos financieros suplementarios , en particular para cumplir los distintos compromisos contraídos en materia de mejora de las estructuras de producción , de transformación y de comercialización de los productos agrícolas en dichos países ;

Considerando que es necesario , por consiguiente , adaptar dicho marco financiero para hacer frente al incremento de las necesidades de las acciones financiadas con cargo al FEOGA , sección « Orientación » ;

Considerando que , en virtud del apartado 3 del artículo 2 del Tratado de

adhesión de España y Portugal , los organismos de las Comunidades pueden adoptar , antes de la adhesión , las medidas contempladas en el artículo 396 del Acta , las cuales entrarán en vigor siempre que se produzca la entrada en vigor del Tratado y en la fecha de la misma ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

En el artículo 6 quater del Reglamento ( CEE ) n º 729/70 , se sustituye la cifra « 5 250 » por « 6 350 » .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1986 siempre que se produzca la entrada en vigor del Tratado de adhesión de España y Portugal .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1985 .

Por el Consejo

El Presidente

R. STEICHEN

(1) DO n º L 94 de 28 . 4 . 1970 , p. 13 .

(2) DO n º L 95 de 2 . 4 . 1985 , p. 1 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida