Reglamento (CEE) nº 3691/90 de la Comisión, de 19 de diciembre de 1990, por el que se modifica el Reglamento nº 470/67/CEE en lo que respeta a los criterios que deberán utilizarse cuando los organismos de intervención se hagan cargo del arroz cáscara.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-81732
Número oficial:
DOUE-L-1990-81732
Publicación:
20/12/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1418/76 del Consejo, de 21 de junio de 1976, por el que se establece la organización común del mercado del arroz(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1806/89 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 5,

Considerando que el Reglamento nº 470/67/CEE de la Comisión, de 21 de agosto de 1967, relativo a las normas con arreglo a las cuales los organismos de intervención deben hacerse cargo del arroz cáscara, y por el que se fijan los montantes correctores y las bonificaciones y depreciaciones que aplicarán aquéllos (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 3499/88 (4), fija los límites inferiores del rendimiento en molino; que el mismo Reglamento indica en el punto B del Anexo II el rendimiento de base en molino;

Considerando que es conveniente tener en cuenta las nuevas variedades aparecidas en el mercado comunitario y el hecho de que otras variedades incluidas en el Anexo II han cambiado de nombre;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento nº 470/67/CEE queda modificado como sigue :

El Anexo II se sustituye por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 1990.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

ANEXO

ANEXO II

A. Bonificaciones y depreciaciones relativas al rendimiento en molino

Rendimiento del arroz cáscara en.....Bonificación y depreciación

granos enteros de arroz blanco.......por cada punto de rendimiento

Superior al rendimiento de base......Bonificación de 0,80 %

Inferior al rendimiento de base......Depreciación de 0,80 %

Rendimiento global del arroz.........Bonificación y depreciación

cáscara en arroz blanco..............por cada punto de rendimiento

Superior al rendimiento de base......Bonificación de 0,60 %

Inferior al rendimiento de base......Depreciación de 0,60 %

B. Rendimiento de base en molino

(TABLA OMITIDA)

(1) DO nº L 166 de 26. 5. 1976, p. 1.

(2) DO nº L 177 de 24. 6. 1989, p. 1.

(3) DO nº L 204 de 24. 8. 1967, p. 8.

(4) DO nº L 306 de 11. 11. 1988, p. 34.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

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