LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 1079/77 del Consejo, de 17 de mayo de 1977, relativo a una tasa de corresponsabilidad y a determinadas medidas destinadas a ampliar los mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1338/86 (2), y, en particular, su artículo 4,
Considerando que el Reglamento (CEE) no 1152/86 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2385/86 (4), ha establecido acciones de publicidad y de promoción en favor de la mantequilla concentrada destinada al consumo directo para la que el Reglamento (CEE) no 3143/85 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3157/86 (6), autoriza la venta a precio reducido; que el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 1152/86 establece que el organismo competente transmitirá a la Comisión, antes del 1 de octubre de 1986, una copia del contrato firmado por él mismo y por el interesado; que las dificultades encontradas en determinados Estados miembros para la aplicación del Reglamento (CEE) no 3143/85 son tales que es conveniente aplazar dos meses y medio la fecha límite para la transmisión a la Comisión del contrato arriba mencionado;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 1152/86, la fecha de « 1 de octubre de 1986 » se sustituirá por la de « 16 de diciembre de 1986 ».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de diciembre de 1986.
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(1) DO no L 131 de 26. 5. 1977, p. 6.
(2) DO no L 119 de 8. 5. 1986, p. 27.
(3) DO no L 105 de 22. 4. 1986, p. 15.
(4) DO no L 206 de 30. 7. 1986, p. 23.
(5) DO no L 298 de 12. 11. 1985, p. 9.
(6) DO no L 294 de 17. 10. 1986, p. 8.