Reglamento (CEE) nº 3607/84 de la Comisión, de 19 de diciembre de 1984, por el que se prorroga el período de aplicación de los Reglamentos (CEE) nº 3750/83, (CEE) nº 3751/83 y (CEE) nº 3752/83 de la Comisión por los que se establecen excepciones para los países de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN), para los países del Mercado Común Centroamericano (MCCA) y para los países firmantes del Acuerdo de Cartagena (Grupo Andino), al Reglamento (CEE) nº 3749/83.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80698
Número oficial:
DOUE-L-1984-80698
Publicación:
21/12/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,

Considerando que , para la aplicacion de las disposiciones relativas a las preferencias arancelarias concedidas por la Comunidad a determinados productos originarios de paises en vias de desarrollo se han definido reglas de origen , tanto en lo referente a las condiciones en que esos productos

adquieren el caracter de productos originarios como a la justificacion de dicho caracter y a las modalidades de su control , por el Reglamento ( CEE ) n 3749/83 de la Comision (1) , en lo sucesivo denominado " Reglamento de base " ,

Considerando que , al haberse prorrogado el periodo de aplicacion del Reglamento de base extendiéndolo al ano 1985 , es necesario prorrogar el periodo de aplicacion de los Reglamentos ( CEE ) n 3750/83 (2) , ( CEE ) n 3751/83 (3) y ( CEE ) n 3752/83 (4) de la Comision ;

Considerando que Brunei Darussalam se ha unido a la Asociacion de Naciones del Sudeste de Asia ( ASEAN ) ;

Considerando que las medidas del presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de origen ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

Las disposiciones de los Reglamentos ( CEE ) n 3750/83 , ( CEE ) n 3751/83 y ( CEE ) n 3752/83 permaneceran en vigor a efectos de la aplicacion de las preferencias arancelarias concedidas por la Comunidad Economica Europea a determinados productos de paises en vias de desarrollo .

Articulo 2

El sistema de acumulacion regional establecido por el Reglamento ( CEE ) n 3750/83 se extendera a Brunei Darussalam .

Articulo 3

El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento sera aplicable a partir del 1 de enero de 1985 .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 19 de diciembre de 1984 .

Por la Comision

Karl-Heinz NARJES

Miembro de la Comision

(1) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 1 .

(2) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 57 .

(3) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 60 .

(4) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 63 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €