Reglamento (CEE) nº 2898/91 del Consejo, de 1 de octubre de 1991, por el que se suspenden temporalmente los derechos autónomos del arancel aduanero común sobre tres productos industriales (microelectrónica).

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1991-81408
Número oficial:
DOUE-L-1991-81408
Publicación:
02/10/1991
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 28,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, para los productos contemplados en el presente Reglamento, la producción es actualmente insuficiente o nula en la Comunidad, y que los productores no pueden, en consecuencia, responder a las necesidades de las industrias usuarias de la Comunidad;

Considerando que es del interés de la Comunidad suspender únicamente los derechos autónomos del arancel aduanero común parcialmente, en determinados casos, en particular, en razón de la existencia de una producción comunitaria, y proceder a la suspensión total en otros casos;

Considerando que, habida cuenta de las dificultades que se presentan, para apreciar de manera rigurosa en un futuro próximo la evolución de la situación económica en los sectores interesados, conviene tomar estas medidas de suspensión sólo temporalmente, fijando su período de validez en función de los intereses de la producción comunitaria,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los derechos autónomos del arancel aduanero común relativos a los productos mencionados en el cuadro del Anexo quedan suspendidos en el nivel indicado frente a cada uno de ellos.

Estas suspensiones serán válidas del 1 de octubre al 1 de diciembre de 1991.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de octubre de 1991. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de octubre de 1991. Por el Consejo

El Presidente

H. VAN DEN BROEK

ANEXO

Código de la Nomenclatura combinada Designación de la mercancía Derechos autónomos (%) ex 8542 11 72 Memoria exclusivamente de lectura, programable, que se pueda borrar eléctricamente (E2PROM), con exclusión de Flash E2PROM, con una capacidad de almacenamiento de 1 Mbit, en forma de circuito integrado monolítico, encerrada en una cápsula cuyas dimensiones exteriores no superen 17 52 mm, provista de un máximo de 44 patillas de conexión y de: - una sigla de identificación consistente en, o que comprenda, la combinación alfanumérica siguiente

AT 28C1024

- otras siglas de identificación relacionadas con circuitos que concuerden con la presente descripción 0 ex 8542 11 72 Memoria-Flash exclusivamente de lectura, programable, que se pueda borrar eléctricamente (Flash E2PROM), con una capacidad de almacenamiento de 1 Mbit, en forma de circuito integrado monolítico, encerrada en una cápsula cuyas dimensiones exteriores no superen 17 42 mm, provista de un máximo de 32 patillas de conexión y de: - una sigla de identificación consistente en, o que comprenda, la combinación alfanumérica siguiente:

48 F 010

- otras siglas de identificación relacionadas con circuitos que concuerden con la presente descripción 0 ex 8542 11 72 Memoria-Flash exclusivamente de

lectura, programable, que se pueda borrar eléctricamente (Flash E2PROM), con una capacidad de almacenamiento de 2 Mbits, en forma de circuito integrado monolítico, encerrada en una cápsula cuyas dimensiones exteriores no superen 17 42 mm, provista de un máximo de 32 patillas de conexión o puntos de contacto y de: - una sigla de identificación consistente en, o que comprenda, la combinación alfanumérica siguiente:

28 F 020

- otras siglas de identificación relacionadas con circuitos que concuerden con la presente descripción 0

ANEXO

Código de la Nomenclatura combinada Designación de la mercancía Derechos autónomos (%) ex 8542 11 72 Memoria exclusivamente de lectura, programable, que se pueda borrar eléctricamente (E2PROM), con exclusión de Flash E2PROM, con una capacidad de almacenamiento de 1 Mbit, en forma de circuito integrado monolítico, encerrada en una cápsula cuyas dimensiones exteriores no superen 17 52 mm, provista de un máximo de 44 patillas de conexión y de: - una sigla de identificación consistente en, o que comprenda, la combinación alfanumérica siguiente

AT 28C1024

- otras siglas de identificación relacionadas con circuitos que concuerden con la presente descripción 0 ex 8542 11 72 Memoria-Flash exclusivamente de lectura, programable, que se pueda borrar eléctricamente (Flash E2PROM), con una capacidad de almacenamiento de 1 Mbit, en forma de circuito integrado monolítico, encerrada en una cápsula cuyas dimensiones exteriores no superen 17 42 mm, provista de un máximo de 32 patillas de conexión y de: - una sigla de identificación consistente en, o que comprenda, la combinación alfanumérica siguiente:

48 F 010

- otras siglas de identificación relacionadas con circuitos que concuerden con la presente descripción 0 ex 8542 11 72 Memoria-Flash exclusivamente de lectura, programable, que se pueda borrar eléctricamente (Flash E2PROM), con una capacidad de almacenamiento de 2 Mbits, en forma de circuito integrado monolítico, encerrada en una cápsula cuyas dimensiones exteriores no superen 17 42 mm, provista de un máximo de 32 patillas de conexión o puntos de contacto y de: - una sigla de identificación consistente en, o que comprenda, la combinación alfanumérica siguiente:

28 F 020

- otras siglas de identificación relacionadas con circuitos que concuerden con la presente descripción 0

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

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