Reglamento (CEE) nº 2889/90 de la Comisión, de 5 de octubre de 1990, por el que se adoptan las medidas definitivas relativas a la expedición de los certificados "MCI" en el sector de la leche y de los productos lácteos.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-81294
Número oficial:
DOUE-L-1990-81294
Publicación:
06/10/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y, en particular, el apartado 3 de su artículo 85,

Visto el Reglamento (CEE) no 569/86 del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por el que se establecen las reglas generales de aplicación del mecanismo complementario aplicable a los intercambios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3296/88 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 7,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 606/86 de la Comisión, de 28 de febrero de 1986, por el que se determinan las modalidades de aplicación del mecanismo complementario a los intercambios de productos lácteos importados en España y procedentes de la Comundiad de los Diez (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1637/90 (4), fija el límite máximo indicativo para la importación en España de determinados productos del sector de la leche y de los productos lácteos en 1990;

Considerando que las solicitudes de certificados « MCI » presentadas durante la semana del 2 al 7 de julio de 1990 para las categorías de quesos 5 y 6, durante la semana del 30 de julio al 3 de agosto de 1990 para la categoría de quesos 3 y durante la semana del 3 al 8 de septiembre de 1990 para la categoría 2 se refieren a cantidades superiores a la fracción del límite máximo indicativo aplicable en el tercer trimestre de 1990;

Considerando que, en consecuencia, la Comisión ha adoptado medidas cautelares adecuadas, mediante un procedimiento de urgencia en virtud de los Reglamentos (CEE) nos 2016/90 (5), 2352/90 (6) y 2639/90 (7); que es necesario adoptar medidas definitivas; que, dada la aplicación del mercado en España, actualmente, no procede incrementar el límite máximo indicativo;

Considerando que, con arreglo a las medidas definitivas contempladas en el apartado 3 del artículo 85 del Acta de adhesión, es conveniente, a fin de evitar perturbaciones en el mercado español, prorrogar la suspensión de la expedición de los certificados « MCI » establecida en el punto 2 del artículo 1 de los Reglamentos (CEE) nos 2016/90, 2352/90 y 2639/90 hasta el final del tercer trimestre de 1990 y estipular la fecha en la que se puedan presentar las nuevas solicitudes;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Queda suspendida, hasta el 30 de septiembre de 1990 inclusive, la expedición de certificados « MCI » para los productos del sector de la leche y de los productos lácteos, contemplados en los Reglamentos (CEE) nos 2016/90, 2352/90 y 2639/90.

2. Las solicitudes de certificados « MCI » presentadas a partir del 24 de septiembre de 1990 podrán ser tomadas en consideración en relación con la fracción del límite máximo indicativo aplicable al cuarto trimestre de 1990.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de octubre de 1990.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 55 de 1. 3. 1986, p. 106.

(2) DO no L 293 de 27. 10. 1988, p. 7.

(3) DO no L 58 de 1. 3. 1986, p. 28.

(4) DO no L 153 de 19. 6. 1990, p. 24.

(5) DO no L 181 de 14. 7. 1990, p. 19.

(6) DO no L 215 de 10. 8. 1990, p. 14.

(7) DO no L 251 de 14. 9. 1990, p. 11.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/339 de la Comisión, de 16 de febrero de 2026, por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2022/30.

Reglamento 29/04/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida