Reglamento (CEE) nº 2815/84 de la Comisión, de 4 de octubre de 1984, por el que se modifican por tercera vez los Reglamentos (CEE) nº 2268/84 y (CEE) nº 2278/84 relativos a la venta a un precio determinado de mantequilla destinada a ser exportada en forma de mantequilla o de ghee a determinados destinos.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80524
Número oficial:
DOUE-L-1984-80524
Publicación:
05/10/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2815/84 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 804/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , por el que se establece una organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1557/84 (2) y , en particular , el apartado 7 de su artículo 6 ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 2268/84 de la Comisión , de 31 de julio de 1984 , relativo a la venta especial de mantequilla de intervención para la exportación a determinados destinos y por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 1687/76 (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2728/84 (4) , y el Reglamento ( CEE ) n º 2278/84 de la Comisión , de 31 de julio de 1984 , relativo a la venta a un precio determinado de mantequilla destinada a ser exportada en forma de ghee a determinados destinos y por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 1687/76 (5) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2728/84 , prevén que la cantidad mínima que ha de venderse es de 100 toneladas ; que es conveniente reducir dicha cantidad a 50 toneladas para posibilitar la exportación en pequeñas partidas ;

Considerando que el apartado 1 del artículo 6 del Reglamento ( CEE ) n º 2278/84 ha limitado el período de retirada de la mantequilla a cuarenta y cinco días ; que es conveniente aumentar dicho período a seis meses y aclarar a partir de que momento recaen en el comprador de mantequilla los gastos de almacenamiento ; que es conveniente , además , declarar posible la incorporación de un cuarto producto para la transformación de la mantequilla de acuerdo con las modalidades previstas en la letra b ) del Anexo II del Reglamento ( CEE ) n º 2278/84 ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 2268/84 , se sustituyen los términos « 100 toneladas » por « 50 toneladas » .

Artículo 2

Se modifica el Reglamento ( CEE ) 2278/84 del modo siguiente :

1 ) en la letra a ) del apartado 1 del artículo 2 se sustituyen los términos « 100 toneladas » por « 50 toneladas » .

2 ) En la letra b ) del apartado 1 del artículo 2 :

- en la versión danesa , se sustituyen los términos « ab lager » por « ab koelehus » ,

- en la versión alemana , se sustituyen los términos « ab Lager » por « ab Kuehlhaus » ,

- en la versión griega se sustituyen los términos « ! » ,

- en la versión inglesa , se sustituyen los términos « ex warehouse » por « ex refrigerated warehouse » ,

- en la versión francesa , se sustituyen los términos « départ » por « départ entrepôt frigorifique » ,

- en la versión italiana , se sustituyen los términos « partenza magazzino » por « partenza magazino refrigerato » .

3 ) En el artículo 6 se sustituye el apartado 1 por el texto siguiente :

« 1 . El comprador precederá a la retirada de la mantequilla que se le haya vendido en un plazo de seis meses a partir del día de la celebración del contrato de venta . Dicha retirada podrá fraccionarse en cantidades parciales no inferiores a 15 toneladas . »

4 ) En el artículo 6 , se añade el apartado 3 siguiente :

« 3 . En caso de que los pagos contemplados en el artículo 5 se hayan efectuado sin que haya tenido lugar la retirada de la mantequilla en el plazo fijado en el apartado 1 , los gastos de almacenamiento de la mantequilla recaerán en el comprador a partir del primer día siguiente al día de conclusión del plazo . »

5 ) En el artículo 10 :

- en la versión danesa , se sustituye el término « overtagelsen » por « afhentningen » ,

- en la versión francesa , se sustituyen los términos « de la prise en charge » por « de l'enlèvement » ,

- en la versión italiana , se sustituyen los términos « la presa in consegna » por « il ritiro » ,

- en la versión holandesa , se sustituyen los términos « de overname » por « het afhalen » .

6 ) En la letra b ) del Anexo II , se añade el guión siguiente :

« o bien

- 600 g de un compuesto que contenga por lo menos el 90 % de sitosterol , y , en particular , el 80 % de betasitosterol ( C29H50O = D 5-estigmasteno-3-beta-ol ) así como el 9 % como máximo de campesterol ( C28H48O = D 5-ergosteno-3-beta-ol ) y el 1 % de otros esteroles presentes

forma de trazas , entre los cuales figure el estigmasterol ( C29H48O = D 5,22 estigmastadieno-3-beta-ol ) . »

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 4 de octubre de 1984 .

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 13 .

(2) DO n º L 150 de 6 . 6 . 1984 , p. 6 .

(3) DO n º L 208 de 3 . 8 . 1984 , p. 35 .

(4) DO n º L 259 de 28 . 9 . 1984 , p. 35 .

(5) DO n º L 209 de 4 . 8 . 1984 , p. 8 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida