Reglamento (CEE) nº 2735/86 de la Comisión de 3 de septiembre de 1986 por el que se modifica por séptima vez el Reglamento (CEE) nº 1517/77 por el que se establece la lista de los grupos de variedades de lúpulo cultivadas en la Comunidad.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-81312
Número oficial:
DOUE-L-1986-81312
Publicación:
04/09/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADESEUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1696/71 del Consejo, de 26 de julio de 1971, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del lúpulo (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3800/85 (2), y, en particular, el apartado 8 de su artículo 12,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1517/77 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 540/85 (4), repartió las variedades de lúpulo entre los grupos « lúpulo aromático », « lúpulo amargo » y « los demás », según los usos comerciales en vigor en el mercado comunitario y mundial en función del empleo final en la fabricación de cerveza, de acuerdo con unas características comunes que hacen referencia, en particular, al predominio del contenido en sustancias amargas o de carácter aromático;

Considerando que, como consecuencia de la adhesión de España, es preciso añadir tres variedades a la lista que figura en el Anexo del Reglamento (CEE) no 1517/77;

Considerando que los exámenes efectuados en las variedades « H-3 leones » y « H-7 leones », así como su utilización en las fábricas de cerveza han hecho aparecer el predominio del carácter amargo de dichas variedades; que es conveniente por consiguiente incluir dichas variedades en el grupo II « lúpulo amargo »; que los mismos exámenes y utilizaciones han puesto en evidencia el predominio del carácter aromático de la variedad « fino Alsacia »; que es conveniente, por lo tanto, incluir dicha variedad en el grupo I « lúpulo aromático »;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamente se ajustan al dictamen del Comité de gestión del lúpulo,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo del Reglamento (CEE) no 1517/77 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir de la cosecha del año civil 1986.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de septiembre de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 175 de 4. 8. 1971, p. 1.

(2) DO no L 367 de 31. 12. 1985, p. 32.

(3) DO no L 169 de 7. 7. 1977, p. 13.

(4) DO no L 62 de 1. 3. 1985, p. 55.

ANEXO

1.2.3 // A. // B. // C. // Grupo I: lúpulo aromático // Grupo II: lúpulo amargo // Grupo III: los demás // // // // Bramling Cross Challenger Fino Alsacia Fuggles Goldings Hallertauer Hersbruecker Spaet Hueller Perle Progress Saaz Saxon Spalter Star Strisselspalt Sunshine Tardif de Bourgogne Tettnanger Tutsham WGV // Brewers Gold Bullion H-3 Leones H-7 Leones Keyworth's Midseason Northdown Northern Brewer Target Yeoman // Kent Omega Orion Record Triploid Viking Zenith

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €